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* Las islas están localizadas en la [[plataforma continental|plataforma epicontinental]] sudamericana conocida como [[Mar Argentino]]. Este hecho se traduciría, de acuerdo con la Convención sobre plataformas continentales de las Naciones Unidas de 1958, en derechos de soberanía.
* Las islas están localizadas en la [[plataforma continental|plataforma epicontinental]] sudamericana conocida como [[Mar Argentino]]. Este hecho se traduciría, de acuerdo con la Convención sobre plataformas continentales de las Naciones Unidas de 1958, en derechos de soberanía.
* Desde 1982 la República Argentina renombró a la capital de las Islas como puerto argentino.


=== Argumentos británicos ===
=== Argumentos británicos ===

Revisión del 22:32 10 may 2009

Cronología de la posesión de las Islas Malvinas
1764 - 1767 Ciudadanos franceses
1765 - 1774 Reino de Gran Bretaña, sólo en Port Egmont
1767 - 1811 Reino de España
1811 - 1820 Deshabitadas
1820 - 1833 Confederación Argentina
1833 - 1982 Reino Unido
Abril - junio de 1982 República Argentina
1982 - presente Reino Unido

Las Islas Malvinas son un archipiélago ubicado en el Mar Argentino, sobre el Océano Atlántico Sur, a una distancia mínima de la Patagonia de 480 km. En la actualidad las islas constituyen un territorio británico de ultramar, siendo reclamadas por la República Argentina desde que fueron invadidas por el Reino Unido en 1833. Este largo diferendo por la soberanía territorial devino en 1982 en la llamada Guerra de las Malvinas, en la que constituyeron el principal teatro de operaciones.

La controversia sobre el descubrimiento de las islas

El Reino Unido sostuvo, y formalmente aún sostiene, que el primer europeo en avistar las islas fue el capitán John Davis, al mando del navío Desire después de que desertara de la expedición corsaria de Thomas Cavendish, el 14 de agosto de 1592. Sin embargo no describió ni fijó siquiera vagamente las coordenadas del presunto hallazgo, sólo ubicó a las islas en relación a la costa y al Estrecho de Magallanes. Su posicionamiento es erróneo y conduce a océano abierto. La relación del viaje fue publicada por uno de los tripulantes del Desire, John Jane, en 1600, año en que Sebald de Weert (el primer descubridor no cuestionado) había ya regresado a Holanda; por esto y por ser una descripción muy parecida a la que muestra el Islario de Alonso de Santa Cruz, la opinión generalizada es que se trata de un fraude. Por haber sido un desertor de una expedición corsaria, actuaba fuera de la ley y sus acciones no pueden ser consideradas actos del Reino Unido.[1]

Existen una treintena de mapas confeccionados previamente a esa fecha, en donde es posible ver islas que pueden ser las Malvinas; entre ellos (con el nombre de las islas cuando lo poseen):

  1. 1513 Carta náutica de Piri Reis
  2. 1519 Mapa manuscrito de Jorge Reinel
  3. 1523 Costa oriental de América del Sur de Juan Sebastián Elcano (Islas de los Patos y de Sansón)
  4. 1527 Carta que contiene "todo lo que del mundo se ha descubierto hasta ahora" de Diego de Ribeiro (S. Antón a 49°S)
  5. 1529 Carta universal de Diego de Ribeiro (S. Antón a 49°S)
  6. 1534 Mapa anónimo. En Pedro Mártir de Anglería, Opus Epistolarum.
  7. 1541 Islario, mapa XV de Alonso de Santa Cruz (Sansón 51°S)
  8. 1543-1545 Atlas, segundo mapa de Juan Bautista Agnese (Illas de los Palos o de San Son 51°S)
  9. 1544 Mapamundi de Sebastián Gaboto (Islas de San Sone)
  10. 1562 Mapa de Bartolomé Olives (Sansón)
  11. 1562 Americae sive qvarta e orbis partis nova etexactissima descriptio de Diego Gutiérrez. Publicado en Amberes después de su muerte (1554)
  12. 1571 Mapa de Fernão Vaz Dourado
  13. 1572 Mapa de Joan Martínez (Illa de Palo)
  14. 1578 Hemisferio occidental de Joan Martínez (Illa de Palo)
  15. 1590 Costa de la región magallánica y Tierra del Fuego de Sebastián López (Illa Cam Com)

Aunque no hay certeza plena sobre qué expedición avistó por primera vez las Malvinas y su identificación en algunos mapas es dudosa, hay suficiente evidencia para afirmar que ya habían sido avistadas antes de 1592.[2]

La expediciones a las que se ha atribuido su descubrimiento son las siguientes:

Fragmento del mapa de Piri Reis, donde figuran unas islas en aproximada consonancia con las Malvinas
  • La abundante cartografía inmediatamente posterior a 1520 sugiere que las Malvinas fueron avistadas por miembros de la expedición de Magallanes al servicio del rey de España:
Mapamundi de Diego Ribero (1529), en el que se incluye a las Islas de San Antón. Biblioteca Apostólica Vaticana, Ciudad del Vaticano

La versión más difundida afirma que el descubridor del archipiélago fue Esteban Gómez, piloto de la nave San Antón o San Antonio, cuyo nombre dio origen al de las islas. Tras sublevarse contra Magallanes el 1° de noviembre de 1520, Gómez regresó a España por la ruta de Guinea. [2] Otra versión afín atribuye el descubrimiento al barco Victoria, que fue enviado por Magallanes a rastrear al San Antón en aguas del Atlántico.[5]

  • La expedición española de Fray García Jofre de Loaysa partió desde La Coruña hacia las Molucas el 24 de julio de 1525. El capitán Pedro de Vera con la nave Anunciada desertó de la expedición a la altura del río Santa Cruz, con el propósito de navegar hacia las Molucas por el Cabo de Buena Esperanza, pero no volvió a saberse nada de esta nave. Por la ruta que debió tomar, algunos historiadores han creído que pudo avistar las islas Malvinas.[6]
  • La nave San Pedro, al mando de Rodrigo Martínez, de la expedición española de Simón de Alcazaba y Sotomayor avistó unas islas a principios de 1535, que pueden ser las Malvinas.[7]
  • Francisco Alonso Camargo, que comandaba la expedición que había sido armada por su hermano el obispo católico de Plasencia, Gutierre de Vargas y Carvajal, hizo toma de posesión del archipiélago para España el 4 de febrero de 1540, luego invernó en las islas para finalmente partir de regreso a España en diciembre. La cartografía del estrecho que figura en el mapa XV del atlas Islario de Alonso de Santa Cruz, publicado poco después del retorno de Camargo (1541), incorpora esas dos pequeñas islas, ubicadas aproximadamente a unas sesenta leguas al este y en línea paralela al estrecho.[8][9]

Posteriormente a John Davis, el Reino Unido afirma que el corsario inglés Richard Hawkins, al mando de la Dainty, descubrió las Malvinas a principios de febrero de 1594, bautizándolas como "Hawkins' Maiden Land" (Tierra de las doncellas de Hawkins). Su relato "Observaciones" se publicó 22 años después de su viaje y varios estudiosos lo desestimaron rotundamente, entre los que merece citarse a los historiadores ingleses Burney y Chambers. Este último interpreta que el corsario confundió las costas de la Patagonia continental septentrional, tomándolas por las de grandes islas; en efecto, Hawkins describe erróneamente al archipiélago como "una llanura de buen aspecto" de "clima templado" y afirma falsamente que estaba "habitado" y "surcado por grandes ríos". Sitúa a las islas a 60 leguas de la costa y aproximadamente a los 48° S, mucho más al norte de la ubicación real. Los mapas ingleses posteriores a este viaje y al de John Davis no registran el descubrimiento,[3] y las inexactitudes de la descripción demuestran que Hawkins no vio las Malvinas y, en consecuencia, que este antecedente es muy improbable.[10][11][12]

El primer avistaje de las Malvinas que no tiene objeciones y que fue fehacientemente acreditado en la cartografía inmediatamente posterior, fue realizado por el capitán holandés Sebald de Weert, quien avistara las Islas Sebaldes (parte del archipiélago de las Malvinas), razón por la que los mapas neerlandeses mantuvieron hasta fines del siglo XIX la denominación islas Sebald o Sebaldinas para las Malvinas. El 24 de enero de 1600 avistó tres islas sobre latitud 50° 40' S y a 60 leguas holandesas de la costa (equivalentes a 70 leguas españolas). De Weert no intentó desembarcar pues su nave había perdido todos sus botes en la borrasca.[13][14]​ Llegaron a Holanda el 14 de julio de 1600 y a partir de entonces las islas se encuentran en los mapas náuticos de ese país.

El principio del uti possidettis iure y la herencia de España

El uti possidetis iure (del latín, "como poseías de acuerdo al derecho, poseerás") es un principio de derecho internacional que se aplicó en los estados americanos que se independizaron de España y de Portugal. Los nuevos países conservaron todo el territorio poseído por las colonias antes de la guerra de independencia. Al parecer derivó de la expresión latina "uti possidetis, ita possideatis", es decir, "como tu poseías, continuarás poseyendo".

El 9 de julio de 1859, cuando aún la Argentina estaba dividida en dos partes (la Confederación Argentina y el Estado de Buenos Aires), la reina Isabel II de España reconoció "como Nación libre, soberana e independiente a la República o Confederación Argentina, compuesta de todas las Provincias mencionadas en su Constitución Federal vigente, y demás territorios que legítimamente le pertenecen o en adelante le pertenecieren" y fijó como fecha en la cual se había producido la cesión de todos los derechos y obligaciones de la Corona el 25 de mayo de 1810. El reconocimiento quedó consignado en el tratado que, con esa fecha, firmaron los ministros plenipotenciarios de España, Saturnino Calderón Collantes; y de la Confederación Argentina, el embajador en Francia, Juan Bautista Alberdi. El tratado fue ratificado por el Congreso argentino en 1864, cuando el país ya estaba unificado. De esta forma, España cedió a Argentina todos los derechos que poseía en el Virreinato del Río de la Plata (incluyendo las Islas Malvinas) en los territorios que no reconoció a otras repúblicas americanas derivadas de este virreinato.[15]

Las Malvinas en la actualidad

Los habitantes de las Islas Malvinas son en la actualidad ciudadanos británicos de pleno derecho, dentro de la ley "British Nationality (Falkland Islands) Act 1983". Después de la guerra de 1982, el Reino Unido ha incrementado su presencia militar en la zona. Se construyó una base aérea, RAF Mount Pleasant, para que pudieran aterrizar cazabombarderos y como aeropuerto para comunicar las islas con otros lugares en menos tiempo. En las Georgias del Sur se ha construido una pequeña base. Dignatarios británicos visitan las islas regularmente para mostrar el apoyo británico a las islas. También se han autorizado vuelos desde el continente (Chile) por LAN Chile.

La cuestión de las aguas jurisdiccionales

La República Argentina basándose en el derecho internacional del mar vigente, reclama soberanía sobre los mares adyacentes a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y las rocas Cormorán, Negra y Clerke[16][17][18]

Argentina ejerció su soberanía en la zona económica exclusiva en torno a Malvinas a partir de las 12 millas náuticas y hasta las 200 hasta el año 1982 sin que el Reino Unido, que no reclamaba esas aguas, objetara los actos administrativos, como la interdicción de buques extranjeros que pescaban ilegalmente en la zona.[19]​ Un acto de este tipo se produjo sobre el buque inglés Shackleton el 4 de febrero de 1976, cuando el destructor de la Armada Argentina Almirante Storni efectuó disparos a su proa debido a que realizaba investigaciones sin autorización argentina a 80 millas de las islas Malvinas. El buque fue luego escoltado por el destructor y un avión hasta Puerto Argentino/Stanley[20]

El 7 de abril de 1982, el Reino Unido estableció una Zona de Exclusión Militar de 200 millas de radio, con centro en un punto del estrecho de San Carlos a los 51°40′0″S 59°30′0″O / -51.66667, -59.50000. Finalizadas las hostilidades, el 23 de julio de 1982 estableció la Zona de Protección de las Malvinas centrada en el mismo punto del estrecho de San Carlos, pero con un radio de 150 millas. Estos actos de carácter militar impidieron que Argentina continuara ejerciendo el control de la pesca en esa zona a partir de entonces. Dado que el Reino Unido no reclamaba jurisdicción sobre esas aguas, sino que impedía la entrada de buques y aeronaves argentinas en ellas, muchos buques de otros países pescaron allí libremente.[21]

El 29 de octubre de 1986, Gran Bretaña reclama por primera vez una zona de pesca alrededor de Malvinas, la Falkland Islands Interim Conservation and Management Zone (Zona Interina de Conservación y Administración de las Islas Malvinas),[22]​ que conservó los mismos límites que la Zona de Protección de las Malvinas, con la excepción de que el círculo estaba truncado en un sector del límite sudoeste en donde se solapa con la ZEE continental argentina. Reservándose el derecho a ejercer su soberanía partir de las líneas de base costeras y hasta las 200 millas marinas, incluyendo el lecho y subsuelo de la plataforma submarina. A partir de entonces, Gran Bretaña concedió licencias a buques de diferentes banderas para pescar en la zona.[23]

En 1993 proclamó también una zona marítima de 200 millas marinas alrededor de las islas Georgias del Sur y Sandwich del Sur[24][25]

En 1990, la Argentina y Gran Bretaña efectuaron una declaración conjunta sobre pesquerías indicando que "nada será interpretado como un cambio de las posiciones de soberanía ni constituirá fundamento acerca de soberanía o jurisdicción".[26]

El 22 de agosto de 1994, el Reino Unido creó la Falkland Islands Outer Conservation Zone (Zona de Conservación Externa de las Islas Malvinas) extendiendo unilateralmente su jurisdicción hasta las 200 millas de las líneas de base costeras excepto en las zonas solapadas con la ZEE continental argentina donde definió unilateralmente los límites.[27][28]

Esta nueva ampliación de la jurisdicción británica sobre aguas bajo control argentino motivó la reacción de este último gobierno, que manifestó que "continuará ejerciendo el control y la administración de la pesca, no reconocerá la validez de las licencias de pesca británicas y adoptará las medidas correspondientes" y así lo hizo el 25 de setiembre de 1995 cuando la corbeta Granville de la Armada Argentina expulsó a ocho pesqueros españoles de las aguas al norte de las Islas Malvinas.[29]​ En la zona ampliada se captura la mayor parte del calamar illex que se pesca en torno a Malvinas.[30]

Entre el 15 y el 16 de marzo de 2004, el rompehielos Almirante Irízar de la Armada Argentina permaneció dentro de la Falkland Islands Outer Conservation Zone para efectuar tareas vinculadas con la seguridad de la navegación y la identificación de embarcaciones pesqueras, este hecho generó una protesta formal británica y una dura respuesta del gobierno argentino[31]

Una nueva cuestión está a la vista, debido a que Argentina debe enviar a la Comisión de Límites de las Plataformas Continentales sus estudios y límites pretendidos en su plataforma continental, mientras la administración británica de las Islas intenta demostrar que la de las Malvinas se extiende hasta las Georgias del Sur.[32]

La cuestión de la nacionalidad de los isleños y su autodeterminación

La Constitución de la Nación Argentina establece que las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes "son parte integrante del territorio nacional". La Ley Nacional argentina N° 346 establece en su artículo 1: "Son Argentinos: 1.- Todos los argentinos nacidos o que nazcan en el territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres, (...)" (principio de ius soli).[33]​ Por la Ley N° 23.059: "Se declaran inválidas y sin ningún efecto jurídico las pérdidas o cancelaciones de la nacionalidad argentina (...)", (principio de nacionalidad perenne) por lo tanto para el gobierno argentino las personas nacidas en las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur son argentinas. A pesar de que esos territorios sean considerados por Argentina como "ocupados ilegalmente por el Reino Unido", la ley reconoce que los nacidos allí, aunque sean ciudadanos de otro país no pierden su ciudadanía natural argentina.

Por el "British Overseas Territories Act" de 2002, cualquier persona que sea ciudadano de un territorio de ultramar británico, es un ciudadano británico. Por lo que por el sólo hecho de haber nacido en las islas, se es ciudadano británico.[34]​ Previamente, la "British Nationality Act" de 1981 establecía que los hijos de "ciudadanos de territorios dependientes británicos" no nacían británicos. Eran, igual que sus padres, "ciudadanos de territorios dependientes británicos": una categoría especial, que no les daba derecho a vivir y trabajar en Gran Bretaña. La "British Nationality (Falkland Islands) Act" de 1983 otorgó ciudadanía británica a los habitantes de las Malvinas.

Para Argentina, los nativos de las islas son ciudadanos argentinos de pleno derecho que habitan una parte indivisible del territorio nacional que se encuentra ocupada ilegalmente por una potencia invasora, por lo tanto no puede aplicárseles el principio de autodeterminación, sino que corresponde aplicar el principio de integridad territorial del estado. El párrafo sexto de la resolución 1.514 (XV) de la Asamblea de la ONU, sancionada el 14 de diciembre de 1960, establece que "todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente [...] la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas". Luego, en la resolución 2.353 (XXII), del 8 de enero de 1968, la Asamblea ratificó que "toda situación colonial que destruye total o parcialmente [...] la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas".

Para el Reino Unido, los nativos de las islas son ciudadanos británicos e inscribió a las islas en la ONU como "territorio no autogobernado" cuyo futuro depende del "deseo" de los isleños, otorgándoles el derecho de autodeterminación. En consecuencia, la ONU considera al Reino Unido como el "poder administrador" de las islas, obligado a someter regularmente los informes a que se refiere el artículo 73 (e) de la carta de la ONU. Se trata de informes relativos a las condiciones económicas, sociales y educacionales de la colonia, que deben ser presentados al secretario general. De acuerdo con el artículo 1º de la carta de la ONU, todo pueblo tiene el derecho de determinar libremente, sin interferencias externas, su estatus político, así como perseguir su desarrollo económico, social y cultural. Luego de la Segunda Guerra Mundial, se aceptó que los pueblos con identidad cultural y conciencia nacional eran acreedores al derecho de soberanía. Ese criterio se tradujo en un principio de derecho internacional: "la voluntad soberana de un pueblo colonizado extingue cualquier derecho que la metrópoli haya podido ganar mediante la colonización". Se trataba, en general de pueblos preexistentes, que habían sido sometidos por un poder extraño, lo cual no ocurre en las Malvinas, donde no hay una disputa sobre el estatus político, entre la población colonial y la metrópoli. La República Argentina niega que corresponda a esa población, artificialmente conformada, decidir a cuál de los dos países pertenece el territorio, considerando que los isleños no constituyen un pueblo, son súbditos británicos y, como tales, no pueden ser los árbitros de un conflicto en el cual el Reino Unido es parte.[35]

La Asamblea General de la ONU declaró en 1965 (resolución 2.065 XX) la existencia de una "disputa sobre la soberanía", entre ambos países. El Reino Unido y la República Argentina fueron instados a resolver la disputa a través de negociaciones, teniendo en cuenta los "intereses" (no los "deseos") de los isleños. La ONU negó, de esa forma, que los isleños constituyeran un pueblo. No sólo porque no los consideró parte de la disputa sino porque desestimó que su voluntad fuera decisiva. De acuerdo con la resolución 1.514 (XV), de 1960, la Asamblea General de la ONU la autodeterminación es la libre expresión de "la voluntad y el deseo" de los habitantes de un territorio sin autogobierno. Está claro que no se reconoce derecho a la autodeterminación cuando se hace referencia a los "intereses" de los habitantes de las islas Malvinas y se recomienda que sean "tenidos en cuenta" por los dos países que se disputan la soberanía.[36]

Colaboración angloargentina para Malvinas

SAREX99

En 1999 por primera vez la Armada Argentina y la Real Marina Británica hicieron un ejercicio naval juntos en aguas internacionales.

SAREX 99 fue el primer ejercicio que ambas armadas realizaron desde el fin del conflicto armado en 1982. El ejercicio en el que participaban helicópteros SeaKing y C130 Hércules, desde la base aérea RAF Mount Pleasant; fragatas del Tipo 23 ó Duke Class HMS Somerset, HMS Dubmarton Castle además de los buques argentinos ARA Libertad, ARA Parker y la patrullera ARA Gurruchaga.

Dieciocho meses antes de este operativo, un pesquero tuvo un accidente a unas 200 mn al este de Malvinas, pero no había un procedimiento común entre ambos países en ese aspecto. Luego de este incidente, ambos gobiernos crearon un procedimiento para salvar vidas en las aguas alrededor de Malvinas.

El ejercicio duró 4 días, los primeros 2 días fueron dedicados a temas de comunicación. En el tercero la fragata británica Somerset detecta un mensaje de ayuda de un buque accidentado llamado Libertad (simulado por la patrullera Gurruchaga), que también lo detecta el centro de coordinación de rescate de Ushuaia y el centro de coordinación de rescate de las Malvinas, para coordinar el trabajo de la fragata Somerset. Tras 90 min, un avión P3 Orion de reconocimiento marítimo de la Fuerza Aérea Argentina junto con un C130 Hércules de la Royal Air Force estaban ya sobre la escena, mientras que la corbeta ARA Parker se preparaba en la zona para asistir al buque, la fragata Somerset y la corbeta Parker pasaron juntos entre el buque Libertad (Gurruchaga), mientras un SeaKing sobrevolaba la zona.

Los buques HMS Somerset, HMS Dumbarton Castle y ARA Parker que coincidirían en la misma zona, se saludaron según la tradición marinera, con un saludo de respeto y saludos amistosos entre ambas tripulaciones.

El comandante del buque ARA Parker llevó a cabo la coordinación entre los buques, entonces el SeaKing puedo recoger a los 2 "heridos" y trasladarlos a Malvinas. Al día siguiente el ejercicio se repitió para que la ARA Parker coordinara la escena.

Este ejercicio simple, de forma efectiva, mostró que las fuerzas británicas en Malvinas y las Argentinas dejaran a un lado sus reivindicaciones para proteger vidas en el Atlántico Sur.

Dudas de funcionarios británicos sobre su derecho a las islas

  • Duque de Wellington, primer ministro en 1834: "he revisado todos los papeles relativos a las Malvinas. De ninguna manera encuentro claro que alguna vez hayamos sido titulares de la soberanía de dichas islas".
  • Sidney Spicer, titular del Departamento América del Foreign Office en 1910: "...la actitud del gobierno argentino no es enteramente injustificada y nuestra acción ha sido algo despótica".
  • R. Campbell, secretario asistente del Foreign Office en 1911: "quién tenía el mejor derecho al tiempo que nosotros anexamos las islas. Yo pienso que el gobierno de Buenos Aires [...] Nosotros no podemos hacer fácilmente un buen reclamo y astutamente hemos hecho todo lo posible para evitar discutir el tema en la Argentina".
  • Sir Malcolm A. Robertson, embajador británico en Buenos Aires en 1928: "las reclamaciones argentinas a las islas Malvinas en ninguna forma son sin fundamentos", e insistía en otro documento que "el caso inglés no es lo suficientemente fuerte como para afrontar una controversia pública".
  • George Fitzmaurice, consejero legal de la cancillería inglesa en 1936: "Nuestro caso posee cierta fragilidad" y aconsejaba lo que finalmente se hizo: "Sentarse fuerte sobre las islas, evitando discutir, en una política para dejar caer el caso".
  • John Troutbeck, alto funcionario del Ministerio de Asuntos Exteriores británico en 1936: "...nuestra toma de posesión de las islas Malvinas en 1833 fue tan arbitraria [...] que no es por tanto fácil de explicar nuestra posición sin mostrarnos a nosotros mismos como bandidos internacionales".

[37][38]

Argumentos de las partes

Argumentos argentinos

  • Argentina tras su independencia, heredó los derechos del imperio español en virtud de la doctrina del uti possidetis iuris.
  • España basó sus derechos sobre las islas en las bulas Inter Coetera y en el Tratado de Tordesillas y nunca renunció a su posesión —por lo que no podrían ser consideradas res nullius— inclusive cuando existieron asentamientos británicos.
  • El Reino Unido ocupó las islas por la fuerza en 1833, expulsando a su población y no permitiendo su retorno, vulnerando así la integridad territorial argentina (los primeros seres humanos nacidos en el archipiélago fueron argentinos al ser este un territorio en el cual Argentina ejercía soberanía).
  • No cabría la posibilidad de la aplicación del derecho de autodeterminación, pues su ejercicio por parte de los habitantes de las islas causaría el "quebrantamiento de la unidad nacional y la integridad territorial" de la Argentina. De esta forma sólo habría dos partes en la disputa de soberanía, la República Argentina y el Reino Unido.[4]
  • Gran Bretaña abandonó su asentamiento en 1765 y renunció a su soberanía firmando un tratado. Mientras Argentina siempre ha reclamado su soberanía y nunca ha renunciado a ella (nunca ha hecho de relictio y menos aún ha cedido por tratado alguno su soberanía sobre las islas).
  • La invasión de 1833 fue ilegal ante el Derecho de Gentes.
  • Las islas están localizadas en la plataforma epicontinental sudamericana conocida como Mar Argentino. Este hecho se traduciría, de acuerdo con la Convención sobre plataformas continentales de las Naciones Unidas de 1958, en derechos de soberanía.

Argumentos británicos

  • Las bulas Inter Caetera no fueron reconocidas por el Reino Unido por no ser un país católico romano y el Tratado de Tordesillas, derivado de ellas, al ser celebrado sólo entre España y Portugal.
  • La firma del tratado para no colonizar territorios en Sudamérica, no incluía territorios sin control efectivo.
  • El principio del uti possidetis, según los británicos, "no es válido en derecho internacional".
  • El derecho a la autodeterminación de sus ciudadanos es prioritario sobre cualquier reclamación argentina.
  • El Reino Unido afirma que la población argentina de 1833 "no era indígena" y que la única población original de esas islas es la actual británica que habita desde el siglo XIX
  • Los actuales malvineros son la quinta generación nacida allí.

Posición internacional

Países que apoyan la causa argentina

La totalidad de los países latinoamericanos apoya el reclamo argentino. El Grupo de Río, que incluye al Caricom, ha respaldado sistemáticamente a la Argentina en la disputa de soberanía por las Islas Malvinas.[39]​ También España y Portugal, miembros de la Unión Europea, han apoyado a Argentina en foros internacionales. Recíprocamente, Argentina siempre ha apoyado los reclamos españoles sobre Gibraltar. La República Popular China suscribe al reclamo argentino y utiliza toponimia hispana en sus mapas, a la vez que la Argentina no reconoce a la República de China (Taiwán).

Países que apoyan la causa británica

La Mancomunidad Británica de Naciones apoya la posición británica sobre las Malvinas y sus territorios de ultramar.

Otros

Otros estados tienen una actitud neutral o indiferente ante la situación. Estados Unidos es oficialmente neutral respecto a la soberanía de las Islas Malvinas, aunque apoyó material y tácticamente al Reino Unido durante la Guerra de Malvinas tras fracasar esfuerzos diplomáticos. Chile bajo la dictadura de Augusto Pinochet, apoyó logísticamente al Reino Unido durante la guerra.

Durante el conflicto bélico, la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y los países alineados con ella tuvieron una actitud pasiva, al sentirse ajenos a un enfrentamiento entre dos países capitalistas y con gobiernos anticomunistas; no obstante, Cuba apoyó a la Argentina en esa ocasión.

La Unión Europea, en su borrador de constitución, incluía a las Malvinas junto al resto de las dependencias de países de la Unión, como uno de los territorios a los que se aplicarían las disposiciones relativas a los "países y territorios de ultramar". Esa disposición se mantiene en el Tratado europeo de Lisboa.

Referencias

  1. El Correo en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
  2. Document
  3. El Correo en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
  4. La expedición de Américo Vespucio al Río de La Plata ¿Mito o realidad?
  5. Document
  6. https://www.um.es/facdere/publicaciones/anales/anales21/jose-maria-ortu%F1o.pdf
  7. Museo del Fin del Mundo - Biblioteca Virtual - en torno a la Tierra del Fuego
  8. Destefani, Laurio H. op. cit.. pp 42-45
  9. Goebel, Julius. op. cit.. pp 17-28
  10. Destefani, Laurio H. op. cit.. p 49
  11. Goebel, Julius. op. cit.. pp 35-41
  12. Hidalgo Nieto, Manuel. op. cit.. pp 103-104
  13. Goebel, Julius. op. cit.. pp 44-45
  14. Groussac, Paul. op. cit.. p 91
  15. Document
  16. Ley 17.094
  17. Ley 23.968
  18. http://www.un.org/Depts/los/LEGISLATIONANDTREATIES/PDFFILES/ARG_1991_23968.pdf
  19. URQUIZA DENIS (Argentina)www.urquizadenis.com.ar - Zonas de Exclusión
  20. Islas Malvinas: Cuestiones Bilaterales - Monografias.com
  21. URQUIZA DENIS (Argentina)www.urquizadenis.com.ar - Zonas de Exclusión
  22. http://www.un.org/Depts/los/LEGISLATIONANDTREATIES/PDFFILES/GBR_1986_Declaration.pdf
  23. Falkland Islands Fisheries Conservation Zones
  24. [1]
  25. URQUIZA DENIS (Argentina)www.urquizadenis.com.ar - Zonas de Exclusión
  26. URQUIZA DENIS (Argentina)www.urquizadenis.com.ar - Zonas de Exclusión
  27. http://www.un.org/Depts/los/LEGISLATIONANDTREATIES/PDFFILES/GBR_1994_ExtensionProclamation.pdf
  28. http://www.un.org/Depts/los/LEGISLATIONANDTREATIES/PDFFILES/GBR_1994_Proclamation1.pdf
  29. Malvinas
  30. URQUIZA DENIS (Argentina)www.urquizadenis.com.ar - Zonas de Exclusión
  31. Dura respuesta de la Cancillería a Londres por el episodio del Irízar | LANACION.com
  32. URQUIZA DENIS (Argentina)www.urquizadenis.com.ar - Zonas de Exclusión
  33. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Ley Nº 346
  34. British Overseas Territories Act 2002 (c. 8)
  35. Document
  36. Document
  37. Armando Alonso Piñeiro, "Historia de la guerra de Malvinas", Buenos Aires, 1992, pp. 12-14
  38. Historia jurídica de las Islas Malvinas
  39. Agradece Argentina apoyo por Malvinas del Grupo de Río — Prensa Latina, 03/03/2007

Véase también

Enlaces externos

Favorables al punto de vista argentino

Favorables al punto de vista británico

  • Sobre las Falkland, artículo de Richard Davies, miembro del Consejo Legislativo de las islas Malvinas, publicado en el diario español El País el 23 de julio de 2007 (traducción de María Luisa Rodríguez Tapia)
  • Islas Malvinas UK