Diferencia entre revisiones de «Ley Constitutiva de las Cortes»

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Leyes Fundamentales del Reino
(1938–1977)

Ley Constitutiva de las Cortes
Entrada en vigor: 17 de julio de 1942
Reforma:
Derogación: 29 de diciembre de 1978 (Constitución de 1978, disposición derogatoria, punto 1)
Otras: Fuero del Trabajo
Fuero de los Españoles
Ley del Referéndum Nacional
Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado
Ley de Principios del Movimiento Nacional
Ley Orgánica del Estado
Ley para la Reforma Política

La Ley Constitutiva de las Cortes o simplemente Ley de Cortes de 17 de julio de 1942 fue promulgada durante la primera etapa del régimen franquista, a fin de dar una apariencia de parlamentarismo a la dictadura.

Establecía la formación de una asamblea unicameral de elección indirecta con teórica iniciativa legal, aunque ésta residía en la figura de Franco desde el momento de la promulgación de la Ley de agosto de 1939, que le atribuía la capacidad de dictar normas sin ningún tipo de condicionante.

Junto con las otras siete leyes fundamentales del régimen (Fuero del Trabajo —1938—, Fuero de los Españoles —1945—, Ley del Referéndum Nacional —1945—, Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado —1946—, Ley de Principios del Movimiento Nacional —1958—, Ley Orgánica del Estado —1967— y Ley para la Reforma Política —1977—) se consiguió que el proceso de institucionalización del régimen franquista llegará a su fin.

Según la Ley de las Cortes, éstas eran el órgano de participación del pueblo español en las tareas del Estado. Su función era elaborar y preparar las Leyes, sin perjuicio de la sanción que correspondía al jefe del Estado, Francisco Franco. Eran procuradores en Cortes:

  • Los ministros.
  • Los Consejeros Nacionales de FET y de las JONS.
  • Los presidentes de altos organismos.
  • La Organización sindical.
  • Los representantes de la familia, elegidos por los cabezas de familia, desde la promulgación de la Ley Orgánica del Estado de 1967.
  • Los rectores de universidades.
  • Los presidentes de determinadas instituciones culturales.
  • Los presidentes de asociaciones y colegios profesionales.
  • Los que fueran designados por el jefe del Estado.

Véase también

Enlaces externos

Texto completo de la Ley Constitutiva de las Cortes