Diferencia entre revisiones de «Uti possidetis iuris»

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El '''''Uti Possidetis Juris''''' (del [[latín]], "como [poseías] de acuerdo al derecho, poseerás") es un principio de [[derecho]] en virtud del cual los beligerantes conservan provisionalmente<ref>Cuestion de límites entre Bolivia i el Brasil
El '''''uti possidetis iure''''' (del [[latín]], "como [poseías] de acuerdo al derecho, poseerás") es un principio de [[derecho]] en virtud del cual los beligerantes conservan provisionalmente<ref>Cuestion de límites entre Bolivia i el Brasil
[http://books.google.es/books?id=seMMAAAAYAAJ&pg=PA120&dq=uti+possidetis+iure+derecho+internacional&as_brr=3&ei=Mw1VSpKoF5WKzQT0srmdBw]</ref> el territorio poseído al final de un conflicto, interinamente, hasta que se disponga otra cosa por un [[tratado internacional|tratado]] entre las partes. Al parecer derivó de la expresión latina "''uti possidetis, ita possideatis''", es decir, "como tu poseías, continuarás poseyendo".
[http://books.google.es/books?id=seMMAAAAYAAJ&pg=PA120&dq=uti+possidetis+iure+derecho+internacional&as_brr=3&ei=Mw1VSpKoF5WKzQT0srmdBw]</ref> el territorio poseído al final de un conflicto, interinamente, hasta que se disponga otra cosa por un [[tratado internacional|tratado]] entre las partes. Al parecer derivó de la expresión latina "''uti possidetis, ita possideatis''", es decir, "como tu poseías, continuarás poseyendo".



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El uti possidetis iure (del latín, "como [poseías] de acuerdo al derecho, poseerás") es un principio de derecho en virtud del cual los beligerantes conservan provisionalmente[1]​ el territorio poseído al final de un conflicto, interinamente, hasta que se disponga otra cosa por un tratado entre las partes. Al parecer derivó de la expresión latina "uti possidetis, ita possideatis", es decir, "como tu poseías, continuarás poseyendo".

Este principio proviene del derecho romano, que autorizaba a la parte beligerante reclamar el territorio que había adquirido tras una guerra. A partir de ello, el término ha sido utilizado históricamente para legitimar conquistas territoriales, por ejemplo, la anexión de la Alsacia-Lorena por parte del imperio alemán en 1871. Este principio fue aplicado en el siglo XVIII entre España y Reino Unido al finalizar la Guerra de la Oreja de Jenkins (1739-1748).

Aplicación contemporánea para la delimitación de fronteras

Más recientemente, el principio ha sido utilizado para establecer las fronteras de nuevos estados surgidos tras un proceso de independencia (descolonización), con el objeto de asegurar que las fronteras mantuvieran los límites de los viejos territorios coloniales de los cuales emergieron.

Simón Bolívar al finalizar las Guerras de independencia hispanoamericana fue el primero en proponer durante el siglo XIX que los países hispanoamericanos emancipados conservasen las antiguas fronteras de las colonias del imperio español en América. Es decir, que los nuevos estados surgidos tendrían como fronteras las que le corresponderían de las colonias españolas en el año 1810, provisionalmente hasta la existencia de un tratado, alegando el año 1810 como el último año de la monarquía española para la posesión legítima de sus dominios americanos. Así al pasar a la vida independiente, se fijaron para los nuevos países unas fronteras como punto de partida en base a los antiguos territorios coloniales que en 1810 formaban parte integrante de un virreinato, capitanía general o audiencia.[2]

Este principio ha sido alegado por diversos países hispanoamericanos. Por ejemplo fue aplicado en 1881 en el tratado de limites chileno-argentino para decidir la frontera entre esos paises.

Véase también

Referencias

  1. Cuestion de límites entre Bolivia i el Brasil [1]
  2. The politics of South American boundaries [2]