Diferencia entre revisiones de «Senado de México»

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===Requisitos para la elegibilidad===
===Requisitos para la elegibilidad===
Según la [[Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos|Constitución de 1917]]. Los Senadores son los representantes de la nación, para ser Senador, por cualquier de los dos principios de elección, son necesarios los siguientes requisitos:
Según la [[Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos|Constitución de 1917]], los Senadores son los representantes de la nación, para ser Senador, por cualquier de los dos principios de elección, son necesarios los siguientes requisitos:
*Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en ejercicio de sus derechos.
*Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en ejercicio de sus derechos.
*Tener veinticinco años cumplidos el día de la elección.
*Tener veinticinco años cumplidos el día de la elección.

Revisión del 05:14 16 oct 2009

Senado de México

El Senado de la República es la cámara alta del Congreso de la Unión. Se compone de representantes de la Nación, electos en su totalidad cada seis años. Es establecido por los artículos 56 a 58 de la Constitución, y existe en México desde 1824, aunque fue suprimido en 1857, para ser restaurado nuevamente en 1874

La cámara de senadores está integrada por 128 senadores. Cada uno de los 31 estados y el Distrito Federal elige 2 senadores, más uno que se le otorga a la primera minoría. Los 32 senadores restantes son elegidos de acuerdo al principio de representación proporcional.

Senadores

Requisitos para la elegibilidad

Según la Constitución de 1917, los Senadores son los representantes de la nación, para ser Senador, por cualquier de los dos principios de elección, son necesarios los siguientes requisitos:

  • Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en ejercicio de sus derechos.
  • Tener veinticinco años cumplidos el día de la elección.
  • Ser originario del estado en que se haga la elección, o vecino de él con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de la elección, o en el caso de los candidatos por representación proporcional de alguno de los estados que conforme la circunscripción, con los mismos detalles.
  • No estar de servicio activo en el ejército o tener mando de policía o gendarmería rural cuando menos noventa días antes de la elección.
  • No ser Secretario o subsecretario de estado, o Ministro de la Suprema Corte de Justicia a menos que se separe definitivamente del cargo un año antes de la elección en el caso de los primeros o de dos en el de los ministros.
  • No ser ministro de algún culto religioso.

Proceso de elección

Los senadores son electos para un periodo de seis años, correspondiente a dos legislaturas y no pueden ser reelectos para el periodo inmediato, aunque si de manera alternada.

Son electos mediante sufragio popular directo y secreto en cada estado de la república, cada partido político registra una fórmula de candidatos compuesta por dos propietarios y sus correspondientes suplentes, al número 1 de la fórmula se le denomina Primera Fórmula, y al 2, Segunda Fórmula; la fórmula de candidatos que obtiene el mayor número de votos es electa completa, convirtiéndose en los dos primeros senadores de la entidad; la tercera senaduría es otorgada al candidato de Primera Fórmula del partido político que obtuvo el segundo lugar de votos o primera minoría.

Son electos además 32 senadores mas por representación proporcional, para esta elección cada partido político registra una lista de 32 candidatos, y estos son asignados de acuerdo a representación proporcional según el número de votos obtenidos por cada partido político en la elección nacional.

Órganos de gobierno

Entrada al Senado en el Distrito Federal junto a la Plaza Manuel Tolsá

Para su gobierno interior cuenta con dos instancias principales, que son:

  • Mesa Directiva: Conformada por un Presidente, tres Vicepresidentes y cuatro Secretarios, electos para cada periodo de sesiones ordinario de la Cámara, su Presidente lo es a su vez de la Cámara de Senadores y es el máximo responsable y representante de la Cámara.
Para el segundo periodo de la LX Legislatura la integración de la mesa directiva es la siguiente:

Legislaturas

Tribuna del Senado de la República

El periodo que un Senador ejerce su cargo para el que fue electo es de 6 años y es dividido en dos Legislaturas y tiene un número ordinal apartir de 1857, cuando se instaló la I Legislatura.

Cada legislatura se instala el 1 de septiembre del año de su elección y termina su periodo el 31 de agosto después de haber transcurrido 3 años.

Desde el 1 de septiembre de 2006 se encuentra instalada la LX Legislatura, que culminó su periodo el 31 de agosto de 2009.

Legislatura Periodo Legislatura Periodo Legislatura Periodo Legislatura Periodo
XXXI Legislatura 1924 - 1926 XLI Legislatura 1949 - 1952 LI Legislatura 1979 - 1982 LXI Legislatura 2009 - 2012
XXXII Legislatura 1926 - 1928 XLII Legislatura 1952 - 1955 LII Legislatura 1982 - 1985
XXXIII Legislatura 1928 - 1930 XLIII Legislatura 1955 - 1958 LIII Legislatura 1985 - 1988
XXXIV Legislatura 1930 - 1932 XLIV Legislatura 1958 - 1961 LIV Legislatura 1988 - 1991
XXXV Legislatura 1932 - 1934 XLV Legislatura 1961 - 1964 LV Legislatura 1991 - 1994
XXXVI Legislatura 1934 - 1937 XLVI Legislatura 1964 - 1967 LVI Legislatura 1994 - 1997
XXXVII Legislatura 1937 - 1940 XLVII Legislatura 1967 - 1970 LVII Legislatura 1997 - 2000
XXXVIII Legislatura 1940 - 1943 XLVIII Legislatura 1970 - 1973 LVIII Legislatura 2000 - 2003
XXXVIX Legislatura 1943 - 1946 XLIX Legislatura 1973 - 1976 LIX Legislatura 2003 - 2006
XL Legislatura 1946 - 1949 L Legislatura 1976 - 1979 LX Legislatura 2006 - 2009

Periodos de sesiones

La Cámara de Diputados divide su ejercicio en dos periodos ordinarios de sesiones, el primero del 1 de septiembre al 31 de diciembre y el segundo del 1 de febrero al 31 de julio, en caso de ser requerido se pueden convocar periodos extraordinarios de sesiones para despachar asuntos urgentes o pertinentes.

Durante los recesos de la Cámara de Diputados de México y del Senado de la República, funciona como depositaria del Poder Legislativo la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

Comisiones

Para el despacho de los asuntos legislativos los Senadores se integran en Comisiones que se dedican a un asunto en particular, las más importantes son las de: Gobernación y Puntos Constitucionales, Defensa Nacional, Contaduría Mayor de Hacienda y Concordia y Pacificación en Chiapas, cada Senador pertenece a tres comisiones diferentes, y cada comisión elige un Presidente y a dos Secretarios que coordinan sus trabajos.

Funciones

Entre sus funciones más importantes es ratificar o rechazar las propuestas del presidente en respecto a:

Véase también

Enlaces externos