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Existen dos sub-clases de justicia retributiva: la versión clásica que afirma que la cantidad de castigo debe ser proporcional a la cantidad del daño causado por la ofensa. Una versión más reciente remplaza la idea anterior con la afirmación de que la cantidad de castigo debe ser proporcional a la cantidad de ventaja injusta obtenida por el criminal.
Existen dos sub-clases de justicia retributiva: la versión clásica que afirma que la cantidad de castigo debe ser proporcional a la cantidad del daño causado por la ofensa. Una versión más reciente remplaza la idea anterior con la afirmación de que la cantidad de castigo debe ser proporcional a la cantidad de ventaja injusta obtenida por el criminal.


== Críticas y alternativas ==
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Algunos afirman que "dos males (el crimen y el castigo) no pueden dar lugar a un bien".
Algunos afirman que "dos males (el crimen y el castigo) no pueden dar lugar a un bien".
Entre las alternativas a la justicia retributiva están: el tratamiento psiquiátrico, la [[justicia reparadora]] y la [[justicia transformativa]].
Entre las alternativas a la justicia retributiva están: el tratamiento psiquiátrico, la [[justicia reparadora]] y la [[justicia transformativa]].

Revisión del 00:30 6 nov 2009

Justicia retributiva es una teoría de la justicia que sostiene que el castigo proporcionado es una respuesta moralmente aceptable a la falta o crimen, independientemente de que este castigo produzca o no beneficios tangibles.

En ética y derecho, el "principio de proporcionalidad de la pena" (en inglés expresado en la máxima "Let the punishment fit the crime") afirma que la severidad de la pena debe ser razonable y proporcional a la gravedad de la infracción. El concepto está presente en la mayoría de las culturas del mundo. Por ejemplo, en la ley de Moisés, específicamente dentro del Deuteronomio 19:17-21, que incluye los castigos de "vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie" (en suma, "medida por medida", "middah ke-neged middah"). Sin embargo, el principio de proporcionalidad de la pena no necesariamente exige que el castigo sea equivalente a la falta, como en la anterior Ley del Talión.

Los filósofos del derecho penal han contrastado el retribucionismo con el utilitarismo. Para los utilitaristas, la pena tiene una finalidad teleológica, justificada por su capacidad para alcanzar beneficios futuros, por ejemplo la reducción de los índices de criminalidad. Para los retribucionistas, en cambio, el castigo tiene un carácter retrospectivo, acorde con la conducta criminal del pasado que se castiga, y estrictamente destinado a sancionar de acuerdo con la gravedad de dicha conducta.[1]​ La gravedad de la conducta criminal puede calcularse, según los retribucionistas, por el nivel de daño causado, la cantidad de ventaja injustamente adquirida o por el "desequilibrio moral" provocado.

Historia

Immanuel Kant concibió la retribución como un principio jurídico: "El castigo judicial no puede nunca ser usado como mero medio para promover otro bien, ya sea en favor del criminal mismo o de la sociedad civil, sino en cambio debe en todos los casos imponérsele bajo el sustento de que se ha cometido un crimen".[2]

Subtipos

Existen dos sub-clases de justicia retributiva: la versión clásica que afirma que la cantidad de castigo debe ser proporcional a la cantidad del daño causado por la ofensa. Una versión más reciente remplaza la idea anterior con la afirmación de que la cantidad de castigo debe ser proporcional a la cantidad de ventaja injusta obtenida por el criminal.

Críticas y alternativas

Algunos afirman que "dos males (el crimen y el castigo) no pueden dar lugar a un bien". Entre las alternativas a la justicia retributiva están: el tratamiento psiquiátrico, la justicia reparadora y la justicia transformativa.

Referencias

  1. Cavadino, M & Dignan, J. (1997). The Penal System: An Introduction (2nd ed.), p. 39. London: Sage.
  2. Citado por Martin, Jacqueline (2005). The English Legal System (4th ed.), p. 174. London: Hodder Arnold. ISBN 0-340-89991-3.

Véase también