Diferencia entre revisiones de «Fuerzas Armadas de Chile»
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El Ministro de Defensa es el superior administrativo en la cadena de mando, y sólo en caso de guerra el(la) Presidente(a) asume la Jefatura Suprema de las Fuerzas Armadas (Artículo 32 Nº 18 de la [[Constitución Política de la República de Chile de 1980|Constitución de Chile]]). |
El Ministro de Defensa es el superior administrativo en la cadena de mando, y sólo en caso de guerra el(la) Presidente(a) asume la Jefatura Suprema de las Fuerzas Armadas (Artículo 32 Nº 18 de la [[Constitución Política de la República de Chile de 1980|Constitución de Chile]]). |
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Cuentan actualmente con 230.000 efectivos y reservistas.<ref>[http://www.wikilosrios.cl/index.php/Ej%C3%A9rcito_de_Chile_-_Regi%C3%B3n_de_los_R%C3%ADos]</ref><ref>[http://ta-in.facebook.com/group.php?gid=152512701507]</ref><ref>[http://www.scribd.com/doc/14684535/Ejercito-de-Chile-Chilean-Army]</ref> |
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== Enlaces externos == |
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* [http://www.armada.cl/ Armada de Chile] |
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* [http://www.fach.cl/ Fuerza Aérea de Chile] |
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Revisión del 02:32 13 dic 2009
Las Fuerzas Armadas de Chile son dependientes del Ministerio de Defensa, y están conformadas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. La Constitución les encomienda la defensa del país y establece su caracter esencial en la seguridad nacional. Como cuerpos armados, son obedientes al poder civil y no deliberantes, además de ser profesionales, jerarquizadas y disciplinadas, destacándose entre sus pares Latinoamericanos.
A nivel de trabajo conjunto, existe el Estado Mayor de la Defensa Nacional, integrado por miembros de cada una de las ramas de las FF.AA., y que asesora al Presidente en sus materias propias.
El Ministro de Defensa es el superior administrativo en la cadena de mando, y sólo en caso de guerra el(la) Presidente(a) asume la Jefatura Suprema de las Fuerzas Armadas (Artículo 32 Nº 18 de la Constitución de Chile).