Diferencia entre revisiones de «Vida consagrada»

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El estado de '''Vida consagrada''' por la profesión de los consejos evangélicos en la [[Iglesia Católica]] está formado por los Institutos de vida consagrada ([[Instituto religioso|Institutos religiosos]] e [[Instituto secular|Institutos seculares]]) y las [[Sociedad de Vida Apostólica|Sociedades de Vida Apostólica]].
El estado de '''Vida consagrada''' por la profesión de los consejos evangélicos en la [[Iglesia Católica]] está formado por los Institutos de vida consagrada ([[Instituto religioso|Institutos religiosos]] e [[Instituto secular|Institutos seculares]]) y las [[Sociedad de Vida Apostólica|Sociedades de Vida Apostólica]].
Los Institutos de vida consagrada son sepus eclesiásticas erigidas, aprobadas y competentemente organizadas por la Iglesia a través de una adecuada legislación general y particular (573-746 del [[Código de Derecho Canónico]] de 1983), y supervisadas por la [[Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica]].
Los Institutos de vida consagrada son sociedades eclesiásticas erigidas, aprobadas y competentemente organizadas por la Iglesia a través de una adecuada legislación general y particular (573-746 del [[Código de Derecho Canónico]] de 1983), y supervisadas por la [[Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica]].
Pertenecen a ellos hombres y mujeres que añaden a los preceptos comunes para todos los fieles, los tres consejos evangélicos de castidad, pobreza y obediencia, por medio de los votos perpetuos o temporales.
Pertenecen a ellos hombres y mujeres que añaden a los preceptos comunes para todos los fieles, los tres consejos evangélicos de castidad, pobreza y obediencia, por medio de los votos perpetuos o temporales.



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El estado de Vida consagrada por la profesión de los consejos evangélicos en la Iglesia Católica está formado por los Institutos de vida consagrada (Institutos religiosos e Institutos seculares) y las Sociedades de Vida Apostólica. Los Institutos de vida consagrada son sociedades eclesiásticas erigidas, aprobadas y competentemente organizadas por la Iglesia a través de una adecuada legislación general y particular (573-746 del Código de Derecho Canónico de 1983), y supervisadas por la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica. Pertenecen a ellos hombres y mujeres que añaden a los preceptos comunes para todos los fieles, los tres consejos evangélicos de castidad, pobreza y obediencia, por medio de los votos perpetuos o temporales.

Institutos religiosos

Los Institutos religiosos pueden ser de dos tipos:

Las Órdenes preceden históricamente a las Congregaciones.

Institutos seculares

Los Institutos Seculares son asociaciones aprobadas por la Jerarquía de la Iglesia conformados por fieles laicos (hombres o mujeres) llamados por el Espíritu Santo a seguir a Cristo. Expresan su consagración secular viviendo según las normas de la Iglesia y sus respectivas Constituciones. Asumen la profesión de los Consejos Evangélicos de castidad, pobreza y obediencia para tender a la perfección de la caridad, convirtiéndose en puente entre las exigencias de la vida cotidiana y las de la Historia de la Salvación. Aunque la autoridad máxima es el Papa, su gobierno está en manos de un seglar apoyado por un consejo y asistidos (asesorados) por un sacerdote. Se diferencian de los institutos religiosos en que están formados sólo por seglares. Pueden ser clericales o laicales, masculinos o femeninos.

Sociedades de vida apostólica

Sus miembros no emiten votos religiosos.

Historia

Cronológicamente, el origen de los Institutos de vida consagrada fueron los Canónigos Regulares. San Agustín, en el Siglo IV, fue el precursor de este tipo de vida. Los Monjes desarrollaron el Monacato desde el Siglo IV hasta nuestros días. En la actualidad, se reduce a 5 tipos, 2 occidentales (benedictino y cartujo), y 3 orientales (paulino, antoniano y basiliano). Mantienen una autonomía de poderes importante por parte de sus superiores, los Abades (Abadías), y Priores (Prioratos). Las Órdenes mendicantes se unieron a los monjes, a partir del Siglo XIII, para desarrollar un modelo de vida consagrada en el que destacaba el carácter de pobreza, tanto individual como colectivo de la Orden. Aportaron la organización de los institutos por provincias, y su organización bajo un Superior con plenos poderes. Su modelo fue seguido por el resto de Órdenes, aunque con menos severidad en el concepto de pobreza. Ya en el Siglo XVI, aparecen las Congregaciones religiosas clericales, asociaciones de clérigos y laicos que viven en comunidad y, sin querer llegar a ser verdaderas Órdenes religiosas, se dedican a la propia perfección, al apostolado o a obras de caridad.