Diferencia entre revisiones de «Autoridad marital»

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compotalandiasssssssssssssssss bogota D.C


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El permiso marital consistía en la venia que la mujer casada debía obtener del marido para disponer de sus [[bienes parafernales ].Común en los códigos Napoleónicos, estaba en el artículo 61 del Código Civil español de 1851 y pervivió hasta 1975.[1]

Referencias