Diferencia entre revisiones de «Abandono (Derecho)»
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Abandono también denota la desatención premeditada de los [[hijo]]s o el [[cónyuge]], al marcharse el [[transgresor]] sin la intención de volver. En muchos [[país]]es, el abandono de un [[menor de edad]] es un [[delito]]. |
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** En futbol: dícese de tristes triperos que ya no saben como defenderse de la apabullante diferencia con su clasico rival alegando la responsabilidad de todo un equipo en 4 o 5 idiotas de una tribuna, sin fundamento en lo absoluto, y sin ver que su propia hinchada abandonó (en todo caso) en el año 2002. |
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SIGANLA CHUPANDO! |
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== Véase también == |
== Véase también == |
Revisión del 13:40 12 jun 2010
En Derecho, el término abandono hace referencia a la renuncia voluntaria, intencional y absoluta de los derechos o propiedades sin traspasar su titularidad a ninguna otra persona. Una propiedad abandonada pasa a no tener dueño y, por tanto, puede ser apropiada mediante la ocupación.
Abandono también denota la desatención premeditada de los hijos o el cónyuge, al marcharse el transgresor sin la intención de volver. En muchos países, el abandono de un menor de edad es un delito.