Diferencia entre revisiones de «Iusnaturalismo»

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como pertenecientes a esta doctrina, explican las dificultades que existen para
como pertenecientes a esta doctrina, explican las dificultades que existen para
poder exponer de forma breve en qué consiste el iusnaturalismo.
poder exponer de forma breve en qué consiste el iusnaturalismo.

== Definición:==

Podemos resumir la doctrina del derecho natural, en su versión tradicional,
en las siguientes tres tesis:
(DN1) existen principios de moralidad eternos y universalmente verdaderos
(leyes naturales),
(DN2) el contenido de dichos principios es cognoscible por el hombre
empleando las herramientas de la razón humana y
(DN3) sólo se puede considerar "derecho" (leyes positivas) al conjunto de
normas dictadas por los hombres que se encuentren en concordancia con lo que
establecen dichos principios

Revisión del 16:58 6 ago 2010

El iusnaturalismo (del latín ius, "derecho", y natura, "naturaleza")es una corriente iusfilosofica la cual, en sus versiones tradicionales, manifiesta que existen, por encima de las leyes creadas por el hombre, ciertos principios de derecho natural. Estos principios de moralidad son inmutables y eternos, contrariamente a las leyes humanas que pueden cambiar de una comunidad a otra y de tiempo en tiempo. Las leyes humanas que se encargan de regular los asuntos más elevados o importantes de la comunidad deben estar de acuerdo con los principios del derecho natural. En consecuencia, la validez jurídica de las leyes humanas depende necesariamente de lo establecido en tales principios.

Podemos resumir la doctrina del derecho natural, en su versión tradicional, en las siguientes tres tesis: (DN1) existen principios de moralidad eternos y universalmente verdaderos (leyes naturales), (DN2) el contenido de dichos principios es cognoscible por el hombre empleando las herramientas de la razón humana y (DN3) sólo se puede considerar "derecho" (leyes positivas) al conjunto de normas dictadas por los hombres que se encuentren en concordancia con lo que establecen dichos principios.

Historia:

La historia de la doctrina del derecho natural es casi tan larga como la historia europea. Se pueden encontrar nociones que anticipan las tesis antes mencionadas en Grecia, en las obras de los estoicos en los primeros años del Imperio romano, y en la teología cristiana medieval. Además las mismas ideas de fondo inspiraron el pensamiento secular de los representantes del siglo XVI y fueron la base esencial para la aparición de la doctrina de los derechos naturales surgida en los siglos XVII y XVIII. Durante el siglo XIX y hasta la primera mitad del siglo XX sufrió fuertes embates críticos, pero resurgió con fuerza después de la Segunda Guerra Mundial. Actualmente, sus defensores no se limitan a grupos religiosos, como lo pone de manifiesto la proliferación de corrientes preocupadas por dotar de fundamentos racionales a la doctrina de los derechos humanos. Su larga vida, y la pluralidad de propuestas que se han considerado históricamente como pertenecientes a esta doctrina, explican las dificultades que existen para poder exponer de forma breve en qué consiste el iusnaturalismo.

Definición:

Podemos resumir la doctrina del derecho natural, en su versión tradicional, en las siguientes tres tesis: (DN1) existen principios de moralidad eternos y universalmente verdaderos (leyes naturales), (DN2) el contenido de dichos principios es cognoscible por el hombre empleando las herramientas de la razón humana y (DN3) sólo se puede considerar "derecho" (leyes positivas) al conjunto de normas dictadas por los hombres que se encuentren en concordancia con lo que establecen dichos principios