Diferencia entre revisiones de «Junta de gobierno»

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== Juntas de teólogos y juristas ==
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También recibían el nombre de junta las reuniones de [[teólogo]]s y [[jurista]]s que debatían una cuestión concreta, con el fin de emitir un dictamen o asesorar la toma de decisiones complejas, siendo famosas las que debatieron cuestiones trascendentales para la colonización de América: la [[Junta de Burgos]] (1512) y la [[Junta de Valladolid]] (1550-1551); o la [[Junta de Valencia]] (1528, véase [[Pragmática de conversión forzosa]]) que justificó la política hacia los [[moriscos]].


== Instituciones locales ==
== Instituciones locales ==

Revisión del 00:32 19 ago 2010

Junta es el nombre de un tipo de institución característica de la administración de la Monarquía Hispánica del Antiguo Régimen, y que se siguió aplicando a otras de la Administración en la España de la Edad Contemporánea. Tuvieron un relevante papel en la Independencia de la América Hispana.

Por Junta de Gobierno o Consejo Directivo se entiende la instancia encargada de la dirección colegiada de una organización publica o privada. Esta compuesta por número variable de personas, electas para tal fin por un periodo determinado. En su interior elige un Presidente de la Junta, en algunos casos ex officio el cargo ya lo ostenta otra persona.

Juntas y Consejos

Juntas es el nombre que reciben varias comisiones “informales”, llevadas a cabo durante el periodo de Felipe II, destacadamente a través de un personaje principal, el cardenal Diego de Espinosa, que trató los asuntos reales a través de ellas.

Supusieron un nuevo sistema de gobierno basado en las reuniones de especialistas en una materia para la adopción de resoluciones de esa misma materia en concreto, y representaron el triunfo de las relaciones personales sobre el sistema plural de los Consejos, ya que estaban convocadas a voluntad del rey o del “favorito” de turno (valido). Tras la muerte de Espinosa en 1572 las juntas dejaron de estar presididas por hombres letrados y especialistas en la materia, para paulatinamente ser sustituidos por nobles.

Es en esta nueva fórmula de gobierno donde radica la efectividad atribuida normalmente a Felipe II. En un principio se creó la Junta de Noche en 1585, posteriormente se formalizó la Junta de Gobierno en 1588, y finalmente se constituyó la Junta Grande.

Enmarcadas dentro del complejo polisinodial, en el que los Consejos, de vocación más permanente, eran la cúspide, las juntas atendían a un asunto particular que requería la coordinación de varios consejos, como una comisión monográfica o comité especial. Las relativas a la Hacienda recibían la calificación genérica de junta de medios. Una de ellas fue la Junta de Comercio y Moneda (1679). Hubo una Junta de Sanidad desde 1720 (con motivo de la peste de Marsella). Entre 1787 y 1792 funcionó una Junta Suprema de Estado.

Juntas de teólogos y juristas

También recibían el nombre de junta las reuniones de teólogos y juristas que debatían una cuestión concreta, con el fin de emitir un dictamen o asesorar la toma de decisiones complejas, siendo famosas las que debatieron cuestiones trascendentales para la colonización de América: la Junta de Burgos (1512) y la Junta de Valladolid (1550-1551); o la Junta de Valencia (1528, véase Pragmática de conversión forzosa) que justificó la política hacia los moriscos.

Instituciones locales

Como instituciones locales, existían juntas para los territorios del norte de la Corona de Castilla que no tenían representación en las Cortes de Castilla: las Juntas Generales de las Provincias Vascongadas (Juntas Generales de Vizcaya, Juntas Generales de Guipúzcoa y Juntas Generales de Álava, que siguen existiendo en la organización del actual País Vasco), la Junta del Reino de Galicia y la Junta General del Principado de Asturias.

La Real Junta Particular de Comercio de Barcelona, entre 1758 y 1847 funcionó como una institución económica de orden local.[1]

Juntas soberanas provicionales

El nombre de junta se empleó también para designar a una institución de gobierno provisional o de emergencia, resultado de una situación excepcional: durante la Guerra de las Comunidades en el bando sublevado se creó la Junta de Comunidades (en la configuración del actual estado autonómico se ha conservado en nombre en las comunidades de Castilla y León, Castilla la Mancha y en el nombre institucional de la Junta de Extremadura). En la Guerra de Independencia Española y la Independencia de la América Hispana las instituciones de emergencia que se crearon con el nombre de juntas fueron muy abundantes: en la península múltiples juntas provinciales y una Junta Central o Junta Central Suprema que las coordinó; en la Argentina la Primera Junta y la Junta Grande; en Perú la Junta gubernativa; la Primera Junta Nacional de Gobierno de Chile; en México la Junta de Zitácuaro; en Venezuela la Junta de Caracas... Con posterioridad a la independencia, fue usual en los países hispanoamericanos recurrir a instituciones provisionales con el nombre de junta (particularmente Junta militar en golpes de estado).

Juntas de gobierno revolucionarias en América

Se refiere a la primera organización del poder ejecutivo, de carácter colegiado en la América hispana, desde 1810 a 1830 aproximadamente. Generalmente se instalaron como juntas autónomas, como primer paso, para seguidamente convertirse en juntas revolucionarias y exigir la independencia de España.

Las primeras Juntas de gobierno aparecen en las colonias americanas después de la invasión de Napoleón a España en 1808. Napoléon apresó a Carlos IV y Fernando VII, instalando en el trono a su hermano José Bonaparte. El pueblo español se levantó en rebelión y en cada pueblo se organizó una Junta de Gobierno para administrarse sin pretender sustituir al monarca, como depósito de la soberanía, sin embargo en América se pretendía que desaparecido el rey el poder volvía al pueblo, es decir, las juntas americanas tenían soberanía por si mismas. Por el contrario, el Consejo de Regencia, convocó a una Asamblea Nacional o Cortes de Cádiz, en la cual cada región española, incluyendo las posesiones de América, debían enviar diputados representativos. Pero los Insurgentes criollos, basándose en que el papa había concedido las tierras americanas a los Reyes Católicos y sus sucesores, pero no a España o los españoles, es decir al estado nacional español, se negaron a enviar diputados a Cádiz, y exigieron a través del Cabildo la formación de juntas de gobierno propias.

Cronología

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Año Día Nombre Ubicación País actual Líderes
1808 5 de agosto Junta de México Virreinato de Nueva España México Francisco Primo de Verdad
Melchor de Talamantes
José de Iturrigaray
1808 21 de septiembre Junta de Montevideo Virreinato del Río de la Plata Uruguay Francisco Javier de Elío
1809 25 de mayo Revolución de Chuquisaca Virreinato del Río de la Plata Bolivia Bernardo de Monteagudo
Jaime de Zudáñez
1809 16 de julio Junta Tuitiva en La Paz Virreinato del Río de la Plata Bolivia Pedro Murillo
1809 10 de agosto Primera Junta de Quito Virreinato de Nueva Granada Ecuador Juan Pío Montúfar
1810 19 de abril Junta Suprema de Caracas Capitanía General de Venezuela Venezuela José de las Llamozas
Martín Tovar Ponte
1810 22 de mayo Junta de Cartagena[2] Nuevo Reino de Granada Colombia José María García de Toledo
1810 25 de mayo Primera Junta de Buenos Aires Virreinato del Río de la Plata Argentina Cornelio Saavedra
Mariano Moreno
Manuel Belgrano
1810 3 de julio Junta extraordinaria de Santiago de Cali[3] Nuevo Reino de Granada Colombia Joaquín de Caycedo y Cuero
1810 20 de julio Junta de Santa Fe Nuevo Reino de Granada Colombia Francisco José de Caldas
Camilo Torres
1810 16 de septiembre Grito de Dolores Virreinato de Nueva España México Miguel Hidalgo y Costilla
1810 18 de septiembre Primera Junta Nacional de Gobierno de Chile Capitanía General de Chile Chile Juan Martínez de Rozas
Mateo de Toro y Zambrano
1811 27 de febrero Grito de Asencio Virreinato del Río de la Plata Uruguay Pedro José Viera
Venancio Benavides
1811 15 de mayo Junta del Paraguay Virreinato del Río de la Plata Paraguay Pedro Caballero
Fulgencio Yegros
Gaspar Rodríguez de Francia
1811 5 de noviembre Primera Junta de San Salvador Capitanía General de Guatemala El Salvador José Matías Delgado
Manuel José Arce
Pedro Pablo Castillo
Juan Manuel Rodríguez

Edad Contemporánea en España

Ya en la Edad Contemporánea en España, el nombre de junta se ha dado a muchas otras instituciones, como la Junta para Ampliación de Estudios (1907, precedente de la Residencia de Estudiantes y el CSIC).

Ajenas al gobierno, las juntas militares de defensa se crearon de forma asamblearia en el seno del ejército, descontento por el Desastre de 1898 y cuestiones corporativas, entre 1916 y 1922 y fueron uno de los principales protagonistas en la crisis de 1917.

Asimismo, existe una Junta de gobierno en algunos Ayuntamientos. La Junta de Gobierno Local existe en todos los Municipios con población de Derecho superior a 5.000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su Reglamento orgánico y así lo acuerde el Pleno de la Corporación. Es un órgano colegiado que dirige la administración del Ayuntamiento, reuniéndose habitualmente una vez a la semana. Está compuesta por el Alcalde y los Concejales designados y cesados libremente por el Alcalde, con un número de Concejales que no supere a un tercio del total legal de cada Ayuntamiento.

Véase también

Notas

  1. Ángel Ruiz y Pablo (1919) Historia de la Real Junta Particular de Comercio de Barcelona (1758-1847) Barcelona : Heinrich.
  2. El 22 de mayo de 1810 se estableció una Junta de Gobierno en Cartagena debido a la prisión de Fernando VII. El 14 de junio de 1810 el Cabildo depuso al gobernador Francisco Montes y lo deportó a La Habana. El 14 de agosto el Cabildo nombró Presidente de la Junta Suprema de Cartagenas a José María García de Toledo. El 11 de noviembre de 1811 Cartagena declaró la independencia. El 17 de agosto de 1815 las tropas españolas al mando del Pacificador Pablo Morillo pusieron sitio a Cartagena, que cayó el 5 de diciembre y sus líderes ejecutados. por su resistencia, Bolivar nombró a Cartagena como Ciudad Heroica.
  3. «Actas de formación de juntas y declaraciones de independencia (1809-1822)».