Diferencia entre revisiones de «Grado en Ingeniería de Edificación (España)»

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El '''Grado en Ingeniería de Edificación''' es un [[Título de grado]] creado en [[España]], para facilitar el intercambio de titulados universitarios dentro de los países integrantes del [[Espacio Europeo de Educación Superior| EEES]] dentro del [[Proceso de Bolonia]], bajo una denominación de estas titulaciones, lo más homogénea y clara entre todos los países integrantes. En otros países europeos recibe el nombre de ''Bachelor of Science in Building Engineering'' en inglés, '' Laurea in Ingegneria Edile'' en italiano o ''Licence en Ingénierie du Bâtiment'' en francés, aunque no existen tablas de equivalencias entre los diferentes grados europeos, a excepción de las titulaciones que conducen a profesiones con una directiva europea común 2005/36/EC, que en España son el Grado en Medicina, Odontología, Enfermería, Farmacia, Veterinaria y Arquitectura.

En los [[Estados Unidos]], país no integrante dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, a esta titulación universitaria se le denomina ''Architectural Engineering'', así como en [[Indonesia]]. En cambio en países como [[China]], [[Canada]], [[Australia]] o [[Malasia]], tampoco integrantes en el EEES, es común el término ''Building Engineering'', aunque algunos centros universitarios de [[Europa]] utilizan indistintamente la palabra ''Building Engineering'' o ''Architectural Engineering'', caso del [[Reino Unido]], [[Dinamarca]] o algunas escuelas universitarias de Italia (a la hora de hacer su traducción de Ingegneria Edile), aunque lo apropiado, según el proceso de Bolonia, es utilizar la misma denominación, en este caso ''Building Engineering'' y su respectiva traducción a los diferentes idiomas de los países integrantes de la EEES.

Añadir que el término ''Architectural Engineering'' en [[Corea del Sur]] y [[Japón]] es utilizado con diferente significado, refiriéndose a la titulación universitaria de ''Bachelor of Engineering in Architecture and Building Engineering'', dicho de otro modo, a una formación de Arquitecto e ingeniero con atribuciones en diseño arquitectónico y proyección estructural.

En España, en el idioma [[castellano]] su denominación es Grado en Ingeniería de Edificación, en [[euskera]] '''Eraikunta Ingeniaritzako Gradua''', en [[idioma catalán|catalán]] o valenciano '''Grau en Enginyeria d´Edificació''' o Enginyeria de l´Edificació (según la Universitat de Lleida), y por último en [[gallego]] es '''Grado en Enxeñería da Edificación'''.

== Orígenes. El Maestro de Obras ==

El actual plan de estudios de Grado en Ingeniería de Edificación (2007 - 2010) es heredero de los planes de estudios académicos del '''Maestro de Obras''' de cinco cursos anuales, del [[Aparejador]] reducido de cinco a tres cursos anuales (atribuciones reguladas mediante el Decreto de 16 de julio de 1935), y en mayor medida del Arquitecto Técnico (mediante el Decreto 265/1971), con su plan de estudios del año 1977, aprobado por la Resolución de la Dirección General de Universidades en 7/2/1977, y estructurado en un primer ciclo de tres cursos anuales y con un marcado carácter tecnológico, el cual ha sido modificado en algunas escuelas antes de la reforma del Proceso de Bolonia y ampliado a cuatro cursos anuales.

El origen de la profesión de [[ingeniería de la edificación]] en Europa y en España, está en la figura profesional y académica del Maestro de Obras, auténtico artífice del [[proyecto arquitectónico| proyecto]] de ejecución, de la ilustración de detalles constructivos, así como del proceso de ejecución y mantenimiento del edificio, la cual será suprimida en España por la Real Orden de 24 de marzo de 1854 como titulación académica de la Real Academia de Bellas Artes y sustituida, mediante la imposición del Decreto Luján de 24 de enero de 1855, por el título de Aparejador, integrándose en las escuelas técnicas de ingenieros industriales y reducido a un mero ayudante del Arquitecto-director, pero no implantado de forma oficial hasta 1895. El periodo entre 1855 y 1895 fue un periodo de transición, donde dos años después del Decreto Luján, y mediante la Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, llamada comúnmente como la Ley Moyano, se restituyó la formación de Maestro de Obras como enseñanza profesional, aunque finalmente fue sustituida por el título de Aparejador, reducida su formación en dos años.

La figura profesional del Maestro de Obras, de formación ingenieril y tecnológica, data ininterrumpidamente desde el siglo XII hasta casi el siglo XX en que fue suprimida, diferenciándose del Arquitecto, de formación artística y humanista. Maestros de Obras importantes en España fueron [[Ramon Llambard]], [[Berenguer de Montagut]], [[Juan de Barbastro]], [[Pere Llobet]], [[Pere Compte]], [[Juan Baixet]], [[Juan de Sariñena]], [[Francisco Brosa y Casanobas]], [[Salvador Vinyals]] o [[Pere Ros i Tort]].

Según la [[Real Academia Española]], «el Maestro de Obras era el hombre que cuidaba de la construcción material de un edificio, según los planos de un arquitecto». Mientras que en otros países se respetaba la profesión de uno y otro, ejemplo de [[Italia]] con el ''Ingegnere Edile'' (Ingeniero de la Construcción en otros países) y el ''Architetto'', en España, la implantación del título de Aparejador supone que el Arquitecto pase a tener atribuciones en el proyecto arquitectónico, lo que se llama el proyecto básico propio de la profesión de Arquitecto, y además pase a tener las atribuciones en el proyecto de ejecución, asimilables a la profesión de Ingeniero o Maestro de Obras, y equiparable en la actualidad a la profesión existente en Europa llamada Ingeniería de Edificación o Ingeniería de la Construcción (civil y edificación), o bien a la profesión de Ingeniero-Arquitecto.

Casi un siglo después de la supresión de la profesión del Maestro de Obras, debida a la presión por parte del colectivo de Arquitectos para hacerse con el monopolio de proyectos en edificación, aparece nuevamente su formación académica en manos del Proceso de Bolonia, bajo la denominación de Ingeniero de Edificación, ya que el precursor, a nivel académico del Ingeniero de Edificación europeo y español, no está en el Aparejador ni en ningún auxiliar de la construcción, sino en el Maestro de Obras.

== Regulación ==

Antes del proceso de Bolonia, la formación universitaria en [[ingeniería de la edificación]] se distribuía en diversas titulaciones, Arquitectura Técnica, Arquitectura, [[Ingeniería de Organización Industrial]], Ingeniería Industrial, [[E.T.S.I. Caminos, Canales y Puertos (Universidad Politécnica de Madrid)| Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos]], así como [[Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Obras Públicas de Madrid| Ingenieros de Obras Públicas]].

En 2004 la [[Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación]] ( ANECA ) crea el libro blanco del título universitario de '''Grado en Ingeniería de Edificación''', estableciendo una estructura de primer ciclo o Grado de cuatro cursos lectivos anuales de 240 ECTS.

En 2005 y mediante el Real Decreto 55/2005 se aprueba la estructura de las enseñanzas universitarias y la regulación de los estudios universitarios oficiales de Grado y Posgrado. Un segundo ciclo llamado [[Posgrado en Ingeniería de Edificación (España)| Postgrado en Ingeniería de Edificación]], formado por un Máster Oficial en Edificación, por lo general de un curso anual académico de 60 ECTS, y que profundiza en las dos especialidades de esta ingeniería, la especialidad en gestión y la especialidad en tecnología, siendo un Máster no habilitante que da acceso al doctorado.

En 2007 mediante Orden ECI/3855/2007 de 27 de diciembre, se establecen los requisitos de verificación de los títulos universitarios oficiales que habilitan para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico, creados con la finalidad de ordenar las enseñanzas universitarias oficiales que establece el Ministerio de Educación, dentro del marco del [[Proceso de Bolonia]], las cuales conducen a la obtención de títulos oficiales de grado o de máster utilizando la denominación de Graduado o Graduada en Ingeniería de Edificación para el ejercicio de la profesión de [[Arquitectura Técnica]].

La diferencia con los planes de estudio de Arquitectura Técnica es su duración, su estructura, su carga lectiva así como sus competencias, mientras que en Arquitectura Técnica la estructura era de un primer ciclo de tres cursos, los estudios en Ingeniería de Edificación se estructuran en tres ciclos o niveles, Grado, Postgrado y Doctorado, siendo el Grado de cuatro cursos anuales, y ampliando la carga lectiva principalmente en materias de Valoraciones y [[Tasación| Tasaciones Inmobiliarias]], Patología y [[Rehabilitación de viviendas| Rehabilitación]], [[Gestión urbanística| Gestión Urbanística]], [[Mecánica de suelos| Geotecnia]], [[Estadística]] y Sostenibilidad. El Postgrado y su oferta de másteres oficiales, abre la puerta a la especialización y a la ''europeización de la Arquitectura Técnica española'', así como a la formación plena, en materias de ingeniería de edificación, nunca antes tratada en las escuelas de Arquitectura Técnica como el análisis, estudio y gestión del [[Proyecto arquitectónico| proyecto de edificación]], la especialización e innovación tecnológica y la gestión integral del proceso. Por último el doctorado permite el acceso a la docencia por parte de los graduados en Ingeniería de Edificación.

La actividad profesional de ingeniería de la edificación queda regulada en [[España]], en lo que respecta a su dirección facultativa, en dos profesiones diferentes, por una parte el [[Arquitecto]] habilitado mediante el título universitario de Grado en Arquitectura, y por otra el Arquitecto Técnico habilitado mediante el Grado en Ingeniería de Edificación.

En lo que respecta a competencias, el Grado de Arquitectura (con carácter de grado más máster oficial) y el Postgrado en Ingeniería de Edificación presentan duplicidad de conocimientos dentro del área de estudio de la ingeniería de la edificación, aunque la [[Ley de Ordenación de la Edificación]] sólo concede atribuciones a tales competencias, a la profesión regulada de Arquitecto, dejando la profesión del Ingeniero de Edificación como tal sin una regulación legal, y al Postgrado en Ingeniería de Edificación sin una capacitación profesional de sus competencias.

En 2.010 la Sección Cuarta de la Sala Tercera del [[Tribunal Supremo de España | Tribunal Supremo]], ha fallado una sentencia en el 30 de marzo del 2010 nº 9252, en la que se estima el recurso contencioso-administrativo 150/2008 interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de [[Ingeniería industrial (España)| Ingenieros Industriales]] contra la Orden ECI/3855/2007, quedando anulada '''la reserva de la denominación''' de Graduado en Ingeniero de Edificación.

== Competencias y planes de estudio ==

Las competencias y planes de estudio se pueden consultar en la Orden ECI/3855/2007 de 27 de diciembre, en el apartado legislación de enlaces externos, así como en las páginas webs de las escuelas universitarias de Ingeniería de Edificación.

También en el libro blanco de ANECA se pueda consultar el análisis a nivel europeo, efectuado en el año 2004 para desarrollar las actuales planes de estudio de Grado en Ingeniería de Edificación.

== Escuelas universitarias de Grado en Ingeniería de Edificación ==

En España existen '''treinta y una''' escuelas universitarias que ofertan el Grado en Ingeniería de Edificación, concentrándose la mayoría en el este de España, principalmente en el arco mediterráneo, y en la zona centro, especialmente en la [[Comunidad de Madrid]] y su capital, en la villa de [[Madrid]].

En la zona centro o [[Castilla| castellana]], encontramos un total de '''nueve''' escuelas universitarias, la [[Universidad de Burgos]], la Escuela Politécnica de Cuenca de la [[Universidad de Castilla-La Mancha]], la [[Universidad de Alcalá de Henares]], ya en Madrid se encuentra la [[universidad Politécnica de Madrid]], así como numerosas universidades privadas como la [[Universidad CEU San Pablo]], la [[Universidad Europea de Madrid]], [[Universidad Camilo José Cela]], [[Universidad Antonio de Nebrija]] y la [[Universidad Alfonso X el Sabio]].

En el este de España, en la zona [[Corona de Aragón| catalano-aragonesa]] encontramos '''once''' escuelas universitarias, en [[Cataluña]] hay seis, la [[Universidad Politécnica de Cataluña]], la [[Universitat Rovira i Virgili]] de Tarragona, la [[Universitat de Lleida]], la [[Universitat de Girona]], la [[Universidad Pompeu Fabra]] y finalmente la [[Universidad Ramon Llull]], esta última privada, en la [[Comunidad Valenciana]] hay tres, la [[Universitat Jaume I]] en Castellón, la [[Universidad Politécnica de Valencia| Universidat Politècnica de València]] y la [[Universidad de Alicante| Universitat d´Alacant]], en las Islas Baleares y Aragón hay una en cada [[Comunidad autónoma| comunidad autónoma]], la [[Universitat de les Illes Balears]] y la [[Escuela Universitaria Politécnica de La Almunia de Doña Godina]] de la Universidad de Zaragoza.

En el oeste, en la zona [[asturleonés| asturleonesa]] y [[Galicia]] encontramos en total de '''cuatro''' escuelas, la Escuela Universitaria Politécnica de Zamora de la [[Universidad de Salamanca]], la [[Universidad Pontificia de Salamanca]], la Universidad Politécnica de Cáceres de la [[Universidad de Extremadura]] y por último la [[Universidade da Coruña]] en Galicia.

En el sur, en [[Andalucía]] y la [[Región de Murcia]] hay '''cuatro''', una en la [[Universidad de Sevilla]], otra en la [[Universidad de Granada]] y en Murcia otras dos, en la [[Universidad Politécnica de Cartagena]] y la [[Universidad Católica San Antonio]].

En el [[País Vasco]] y [[Navarra]] encontramos '''dos''', la [[Universidad del País Vasco| Universidad del País Vasco, UPV/EHU]] y la [[Universidad de Navarra]].

Finalmente en las Islas Canarias encontramos '''una''', situada en la [[Universidad de La Laguna]], en [[Santa Cruz de Tenerife]].

== Regulación profesional y Atribuciones ==

La Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación es el texto que regula las atribuciones actuales de la profesión de Arquitectura Técnica, la LOE define al '''director de la ejecución de la obra''', «como el agente que, formando parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado».

El reconocimiento de un Graduado en Ingeniería de Edificación español en otros países, se hace en función de las atribuciones profesionales adquiridas en España y no de las competencias cursadas en la escuela universitaria, es decir, el reconocimiento en el extranjero se hace en base a las atribuciones profesionales del Arquitecto Técnico.

Actualmente no existe en España una profesión regulada que se equipare de forma plena al Ingeniero de Edificación que existe en el entorno europeo, sin embargo sí que existe su formación académica bajo la denominación de Grado y Posgrado en Ingeniería de Edificación, siendo la sentencia por la que se anula la reserva en la denominación de Graduado/a en Ingeniería de Edificación una prueba irrefutable de esta situación anómala.

== Enlaces externos ==

=== Documentación ===

* [http://www.euskomedia.org/PDFAnlt/arte/19325337.pdf Euskomedia] Contribución a los Maestros de Obras guipuzcoanos del siglo XVIII.
* [http://realacademiaconcepcion.net/arplanos.cfm?pagina=10 Real Academia de Bellas Artes de la Purísima Concepción] Exámenes de Maestros de Obras, Arquitectos y Agrimensores (Topógrafos) del siglo XIX.
* [http://www.euskomedia.org/PDFAnlt/riev/44187189.pdf Euskomedia] Los Maestros de Obras en la construcción de Bilbao 1876-1910
* [http://gilbert.aq.upm.es/sedhc/biblioteca_digital/Congresos/CNHC3/CNHC3_113.pdf Sociedad española de historia de la construcción] Los Maestros de Obras en Galicia durante el siglo XIX. Actividad y conflictos legales.
* [http://hedatuz.euskomedia.org/2580/1/23279294.pdf Biblioteca digital de ciencia y cultura vasca] Los últimos Maestros de Obras y su actividad en torno a 1900.
* [http://bdigital.ulpgc.es/mdc/texto/pdf/d005689_00000_0000.pdf Biblioteca Digital de la ULPGC] El Maestro de Obras: Simeón Rodríguez (1882-1929).
* [http://e-spacio.uned.es/fez/eserv.php?pid=bibliuned:BFD-2005-26-4382BB59&dsID=PDF Boletín de la Facultad de Derecho, 2005] La titulación de Aparejador. Evolución histórica de sus atribuciones profesionales.
* [http://www.caatvalencia.es/MAIN/interior_archivos/colegiacion/historia%20AT.pdf CAATvalencia] Reseña histórica de la profesión. Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Valencia.
* [http://www.ull.es/view/centros/euat/Historia/es ULL] Historia de la Escuela de Ingeniería de Edificación de la Universidad de La Laguna, Tenerife.
* [http://www.realacademiaconcepcion.net/ac1.htm Real Academia de Bellas Artes de la Purísima Concepción] Valladolid.
* [http://rabasf.insde.es/ Real Academia de Bellas Artes de San Fernando] Madrid.
* [http://www.realacademiasancarlos.com/ Real Academia de Bellas Artes de San Carlos] Valencia.

=== Legislación ===

* [http://personal.us.es/alporu/historia/ley_moyano_texto.htm Universidad de Sevilla] Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857. Ley Moyano artículos 67 y 140.
* [http://www.arquitectura-tecnica.com/html/LE0000041856_19350807_pr.HTML Decreto de 16 de julio de 1935] Regulación de las atribuciones de la carrera de Aparejador.
* [http://boe.es/boe/dias/1971/02/20/pdfs/A02846-02846.pdf Decreto 265/1971] Facultades y competencias de los Arquitectos Técnicos.
* [http://www.boe.es/boe/dias/1977/02/07/pdfs/A02997-02998.pdf Resolución de la Dirección General de Universidades 7/2/1977] Plan de estudios experimental de las escuelas universitarias de Arquitectura Técnica.
* [http://www.boe.es/boe/dias/1986/04/02/pdfs/A11573-11574.pdf Ley 12/1986] Regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos.
* [http://www.boe.es/boe/dias/1999/11/06/pdfs/A38925-38934.pdf LEY 38/1999 LOE] Ley de Ordenación de la Edificación.
* [http://www.aneca.es/media/150380/libroblanco_jun05_edificacion.pdf ANECA] Libro Blanco en Ingeniería de Edificación.
* [http://www.boe.es/boe/dias/2005/01/25/pdfs/A02842-02846.pdf Real Decreto 55/2005] Estructura de las enseñanzas universitarias y regulación de los estudios universitarios oficiales de Grado.
* [http://www.arquitectura-tecnica.com/A44037-44048.pdf Real Decreto 1393/2007] Ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
* [http://www.boe.es/boe/dias/2007/12/29/pdfs/A53739-53742.pdf ORDEN ECI/3855/2007] Requisitos para la verificación del título de Grado en IE que habilita para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico.
* [http://www.asat.es/ASAT/Sentencia%20estimatoria.pdf ASAT] Sentencia por la que se anula la reserva en la denominación de Graduado/a en Ingeniería de Edificación.
* [http://coaat.apatgn.org/documents/Documentacio/Recordeu/ComunicatUJI030510.pdf COAAT] Conferencia de Directores de Centros que imparten el título de Ingeniería de Edificación, de 28 de abril de 2010.

=== Organizaciones profesionales e instituciones universitarias ===

* [http://www.codatie.es/enlaces-de-interes/escuelas-de-at-e-ie-de-espana CODATIE] Escuelas universitarias en Ingeniería de Edificación - Conferencia de Directores de Escuelas de España que imparten Arquitectura Técnica e Ingeniería de Edificación.
* [http://www.arquitectura-tecnica.com/ CGATE] Consejo General de la Arquitectura Técnica de España.
* [http://www.asat.es/ ASAT] Asociación de Sectoriales de Arquitectura Técnica


[[Categoría:Ingeniería]]
[[Categoría:Carreras universitarias]]

[[ar:هندسة معمارية]]
[[ca:Enginyeria d'Edificació]]
[[ch:中华人民共和国教育部]]
[[de:Versorgungstechnik]]
[[en:Building engineering education]]
[[fi:Rakennustekniikka]]
[[fr:Ingéniere des Travaux du Bâtiment]]
[[fr:Ingéniere du Bâtiment]]
[[he:מערכות בניין]]
[[it:Ingegneria edile]]
[[ko:건축공학]]
[[ms:Kejuruteraan bangunan]]
[[nl:Bouwkunde]]
[[stq:Baukunde]]
[[sv:Byggteknik]]
[[ur:معماری ہندسیات]]

Revisión del 16:35 19 ago 2010

El Grado en Ingeniería de Edificación es un Título de grado creado en España, para facilitar el intercambio de titulados universitarios dentro de los países integrantes del EEES dentro del Proceso de Bolonia, bajo una denominación de estas titulaciones, lo más homogénea y clara entre todos los países integrantes. En otros países europeos recibe el nombre de Bachelor of Science in Building Engineering en inglés, Laurea in Ingegneria Edile en italiano o Licence en Ingénierie du Bâtiment en francés, aunque no existen tablas de equivalencias entre los diferentes grados europeos, a excepción de las titulaciones que conducen a profesiones con una directiva europea común 2005/36/EC, que en España son el Grado en Medicina, Odontología, Enfermería, Farmacia, Veterinaria y Arquitectura.

En los Estados Unidos, país no integrante dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, a esta titulación universitaria se le denomina Architectural Engineering, así como en Indonesia. En cambio en países como China, Canada, Australia o Malasia, tampoco integrantes en el EEES, es común el término Building Engineering, aunque algunos centros universitarios de Europa utilizan indistintamente la palabra Building Engineering o Architectural Engineering, caso del Reino Unido, Dinamarca o algunas escuelas universitarias de Italia (a la hora de hacer su traducción de Ingegneria Edile), aunque lo apropiado, según el proceso de Bolonia, es utilizar la misma denominación, en este caso Building Engineering y su respectiva traducción a los diferentes idiomas de los países integrantes de la EEES.

Añadir que el término Architectural Engineering en Corea del Sur y Japón es utilizado con diferente significado, refiriéndose a la titulación universitaria de Bachelor of Engineering in Architecture and Building Engineering, dicho de otro modo, a una formación de Arquitecto e ingeniero con atribuciones en diseño arquitectónico y proyección estructural.

En España, en el idioma castellano su denominación es Grado en Ingeniería de Edificación, en euskera Eraikunta Ingeniaritzako Gradua, en catalán o valenciano Grau en Enginyeria d´Edificació o Enginyeria de l´Edificació (según la Universitat de Lleida), y por último en gallego es Grado en Enxeñería da Edificación.

Orígenes. El Maestro de Obras

El actual plan de estudios de Grado en Ingeniería de Edificación (2007 - 2010) es heredero de los planes de estudios académicos del Maestro de Obras de cinco cursos anuales, del Aparejador reducido de cinco a tres cursos anuales (atribuciones reguladas mediante el Decreto de 16 de julio de 1935), y en mayor medida del Arquitecto Técnico (mediante el Decreto 265/1971), con su plan de estudios del año 1977, aprobado por la Resolución de la Dirección General de Universidades en 7/2/1977, y estructurado en un primer ciclo de tres cursos anuales y con un marcado carácter tecnológico, el cual ha sido modificado en algunas escuelas antes de la reforma del Proceso de Bolonia y ampliado a cuatro cursos anuales.

El origen de la profesión de ingeniería de la edificación en Europa y en España, está en la figura profesional y académica del Maestro de Obras, auténtico artífice del proyecto de ejecución, de la ilustración de detalles constructivos, así como del proceso de ejecución y mantenimiento del edificio, la cual será suprimida en España por la Real Orden de 24 de marzo de 1854 como titulación académica de la Real Academia de Bellas Artes y sustituida, mediante la imposición del Decreto Luján de 24 de enero de 1855, por el título de Aparejador, integrándose en las escuelas técnicas de ingenieros industriales y reducido a un mero ayudante del Arquitecto-director, pero no implantado de forma oficial hasta 1895. El periodo entre 1855 y 1895 fue un periodo de transición, donde dos años después del Decreto Luján, y mediante la Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, llamada comúnmente como la Ley Moyano, se restituyó la formación de Maestro de Obras como enseñanza profesional, aunque finalmente fue sustituida por el título de Aparejador, reducida su formación en dos años.

La figura profesional del Maestro de Obras, de formación ingenieril y tecnológica, data ininterrumpidamente desde el siglo XII hasta casi el siglo XX en que fue suprimida, diferenciándose del Arquitecto, de formación artística y humanista. Maestros de Obras importantes en España fueron Ramon Llambard, Berenguer de Montagut, Juan de Barbastro, Pere Llobet, Pere Compte, Juan Baixet, Juan de Sariñena, Francisco Brosa y Casanobas, Salvador Vinyals o Pere Ros i Tort.

Según la Real Academia Española, «el Maestro de Obras era el hombre que cuidaba de la construcción material de un edificio, según los planos de un arquitecto». Mientras que en otros países se respetaba la profesión de uno y otro, ejemplo de Italia con el Ingegnere Edile (Ingeniero de la Construcción en otros países) y el Architetto, en España, la implantación del título de Aparejador supone que el Arquitecto pase a tener atribuciones en el proyecto arquitectónico, lo que se llama el proyecto básico propio de la profesión de Arquitecto, y además pase a tener las atribuciones en el proyecto de ejecución, asimilables a la profesión de Ingeniero o Maestro de Obras, y equiparable en la actualidad a la profesión existente en Europa llamada Ingeniería de Edificación o Ingeniería de la Construcción (civil y edificación), o bien a la profesión de Ingeniero-Arquitecto.

Casi un siglo después de la supresión de la profesión del Maestro de Obras, debida a la presión por parte del colectivo de Arquitectos para hacerse con el monopolio de proyectos en edificación, aparece nuevamente su formación académica en manos del Proceso de Bolonia, bajo la denominación de Ingeniero de Edificación, ya que el precursor, a nivel académico del Ingeniero de Edificación europeo y español, no está en el Aparejador ni en ningún auxiliar de la construcción, sino en el Maestro de Obras.

Regulación

Antes del proceso de Bolonia, la formación universitaria en ingeniería de la edificación se distribuía en diversas titulaciones, Arquitectura Técnica, Arquitectura, Ingeniería de Organización Industrial, Ingeniería Industrial, Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, así como Ingenieros de Obras Públicas.

En 2004 la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación ( ANECA ) crea el libro blanco del título universitario de Grado en Ingeniería de Edificación, estableciendo una estructura de primer ciclo o Grado de cuatro cursos lectivos anuales de 240 ECTS.

En 2005 y mediante el Real Decreto 55/2005 se aprueba la estructura de las enseñanzas universitarias y la regulación de los estudios universitarios oficiales de Grado y Posgrado. Un segundo ciclo llamado Postgrado en Ingeniería de Edificación, formado por un Máster Oficial en Edificación, por lo general de un curso anual académico de 60 ECTS, y que profundiza en las dos especialidades de esta ingeniería, la especialidad en gestión y la especialidad en tecnología, siendo un Máster no habilitante que da acceso al doctorado.

En 2007 mediante Orden ECI/3855/2007 de 27 de diciembre, se establecen los requisitos de verificación de los títulos universitarios oficiales que habilitan para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico, creados con la finalidad de ordenar las enseñanzas universitarias oficiales que establece el Ministerio de Educación, dentro del marco del Proceso de Bolonia, las cuales conducen a la obtención de títulos oficiales de grado o de máster utilizando la denominación de Graduado o Graduada en Ingeniería de Edificación para el ejercicio de la profesión de Arquitectura Técnica.

La diferencia con los planes de estudio de Arquitectura Técnica es su duración, su estructura, su carga lectiva así como sus competencias, mientras que en Arquitectura Técnica la estructura era de un primer ciclo de tres cursos, los estudios en Ingeniería de Edificación se estructuran en tres ciclos o niveles, Grado, Postgrado y Doctorado, siendo el Grado de cuatro cursos anuales, y ampliando la carga lectiva principalmente en materias de Valoraciones y Tasaciones Inmobiliarias, Patología y Rehabilitación, Gestión Urbanística, Geotecnia, Estadística y Sostenibilidad. El Postgrado y su oferta de másteres oficiales, abre la puerta a la especialización y a la europeización de la Arquitectura Técnica española, así como a la formación plena, en materias de ingeniería de edificación, nunca antes tratada en las escuelas de Arquitectura Técnica como el análisis, estudio y gestión del proyecto de edificación, la especialización e innovación tecnológica y la gestión integral del proceso. Por último el doctorado permite el acceso a la docencia por parte de los graduados en Ingeniería de Edificación.

La actividad profesional de ingeniería de la edificación queda regulada en España, en lo que respecta a su dirección facultativa, en dos profesiones diferentes, por una parte el Arquitecto habilitado mediante el título universitario de Grado en Arquitectura, y por otra el Arquitecto Técnico habilitado mediante el Grado en Ingeniería de Edificación.

En lo que respecta a competencias, el Grado de Arquitectura (con carácter de grado más máster oficial) y el Postgrado en Ingeniería de Edificación presentan duplicidad de conocimientos dentro del área de estudio de la ingeniería de la edificación, aunque la Ley de Ordenación de la Edificación sólo concede atribuciones a tales competencias, a la profesión regulada de Arquitecto, dejando la profesión del Ingeniero de Edificación como tal sin una regulación legal, y al Postgrado en Ingeniería de Edificación sin una capacitación profesional de sus competencias.

En 2.010 la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, ha fallado una sentencia en el 30 de marzo del 2010 nº 9252, en la que se estima el recurso contencioso-administrativo 150/2008 interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales contra la Orden ECI/3855/2007, quedando anulada la reserva de la denominación de Graduado en Ingeniero de Edificación.

Competencias y planes de estudio

Las competencias y planes de estudio se pueden consultar en la Orden ECI/3855/2007 de 27 de diciembre, en el apartado legislación de enlaces externos, así como en las páginas webs de las escuelas universitarias de Ingeniería de Edificación.

También en el libro blanco de ANECA se pueda consultar el análisis a nivel europeo, efectuado en el año 2004 para desarrollar las actuales planes de estudio de Grado en Ingeniería de Edificación.

Escuelas universitarias de Grado en Ingeniería de Edificación

En España existen treinta y una escuelas universitarias que ofertan el Grado en Ingeniería de Edificación, concentrándose la mayoría en el este de España, principalmente en el arco mediterráneo, y en la zona centro, especialmente en la Comunidad de Madrid y su capital, en la villa de Madrid.

En la zona centro o castellana, encontramos un total de nueve escuelas universitarias, la Universidad de Burgos, la Escuela Politécnica de Cuenca de la Universidad de Castilla-La Mancha, la Universidad de Alcalá de Henares, ya en Madrid se encuentra la universidad Politécnica de Madrid, así como numerosas universidades privadas como la Universidad CEU San Pablo, la Universidad Europea de Madrid, Universidad Camilo José Cela, Universidad Antonio de Nebrija y la Universidad Alfonso X el Sabio.

En el este de España, en la zona catalano-aragonesa encontramos once escuelas universitarias, en Cataluña hay seis, la Universidad Politécnica de Cataluña, la Universitat Rovira i Virgili de Tarragona, la Universitat de Lleida, la Universitat de Girona, la Universidad Pompeu Fabra y finalmente la Universidad Ramon Llull, esta última privada, en la Comunidad Valenciana hay tres, la Universitat Jaume I en Castellón, la Universidat Politècnica de València y la Universitat d´Alacant, en las Islas Baleares y Aragón hay una en cada comunidad autónoma, la Universitat de les Illes Balears y la Escuela Universitaria Politécnica de La Almunia de Doña Godina de la Universidad de Zaragoza.

En el oeste, en la zona asturleonesa y Galicia encontramos en total de cuatro escuelas, la Escuela Universitaria Politécnica de Zamora de la Universidad de Salamanca, la Universidad Pontificia de Salamanca, la Universidad Politécnica de Cáceres de la Universidad de Extremadura y por último la Universidade da Coruña en Galicia.

En el sur, en Andalucía y la Región de Murcia hay cuatro, una en la Universidad de Sevilla, otra en la Universidad de Granada y en Murcia otras dos, en la Universidad Politécnica de Cartagena y la Universidad Católica San Antonio.

En el País Vasco y Navarra encontramos dos, la Universidad del País Vasco, UPV/EHU y la Universidad de Navarra.

Finalmente en las Islas Canarias encontramos una, situada en la Universidad de La Laguna, en Santa Cruz de Tenerife.

Regulación profesional y Atribuciones

La Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación es el texto que regula las atribuciones actuales de la profesión de Arquitectura Técnica, la LOE define al director de la ejecución de la obra, «como el agente que, formando parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado».

El reconocimiento de un Graduado en Ingeniería de Edificación español en otros países, se hace en función de las atribuciones profesionales adquiridas en España y no de las competencias cursadas en la escuela universitaria, es decir, el reconocimiento en el extranjero se hace en base a las atribuciones profesionales del Arquitecto Técnico.

Actualmente no existe en España una profesión regulada que se equipare de forma plena al Ingeniero de Edificación que existe en el entorno europeo, sin embargo sí que existe su formación académica bajo la denominación de Grado y Posgrado en Ingeniería de Edificación, siendo la sentencia por la que se anula la reserva en la denominación de Graduado/a en Ingeniería de Edificación una prueba irrefutable de esta situación anómala.

Enlaces externos

Documentación

Legislación

  • Universidad de Sevilla Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857. Ley Moyano artículos 67 y 140.
  • Decreto de 16 de julio de 1935 Regulación de las atribuciones de la carrera de Aparejador.
  • Decreto 265/1971 Facultades y competencias de los Arquitectos Técnicos.
  • Resolución de la Dirección General de Universidades 7/2/1977 Plan de estudios experimental de las escuelas universitarias de Arquitectura Técnica.
  • Ley 12/1986 Regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos.
  • LEY 38/1999 LOE Ley de Ordenación de la Edificación.
  • ANECA Libro Blanco en Ingeniería de Edificación.
  • Real Decreto 55/2005 Estructura de las enseñanzas universitarias y regulación de los estudios universitarios oficiales de Grado.
  • Real Decreto 1393/2007 Ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
  • ORDEN ECI/3855/2007 Requisitos para la verificación del título de Grado en IE que habilita para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico.
  • ASAT Sentencia por la que se anula la reserva en la denominación de Graduado/a en Ingeniería de Edificación.
  • COAAT Conferencia de Directores de Centros que imparten el título de Ingeniería de Edificación, de 28 de abril de 2010.

Organizaciones profesionales e instituciones universitarias

  • CODATIE Escuelas universitarias en Ingeniería de Edificación - Conferencia de Directores de Escuelas de España que imparten Arquitectura Técnica e Ingeniería de Edificación.
  • CGATE Consejo General de la Arquitectura Técnica de España.
  • ASAT Asociación de Sectoriales de Arquitectura Técnica