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Discusión:Genocidio contra la UP

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Genocidio[editar]

@Yurilizarazo: Voy a permitirme citar un comentario que hice el año pasado, a raíz de una situación similar, con la salvedad que el artículo era sobre el "Genocidio hondureño"

El artículo además de tener problemas de neutralidad a primera vista parece estar escrito a manera de ensayo, uno de los ejemplos de WP:NOES. Tanto la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948 como el Estatuto de Roma define al genocidio como «cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal». Se establece que la víctima del genocidio es la población, ¿pero quienes son los perpetradores? ¿cuáles son los motivos? ¿tiene algún propósito? El artículo sugiere que este ataque es realizado por «asesinos a sueldo o sicarios fuertemente armados». ¿Se conoce por quienes son contratados dichas personas? ¿Forma la impunidad parte de este ataque?


El Estatuto de Roma en su artículo 7 también define a los crímenes de lesa humanidad como «extensos y sistemáticos», pero el contenido actual no aclara cómo el ataque ha sido orquestado, y la única explicación ofrecida es la llamada Operación Charly. Aún así, no se referencia la relación de dicha operación con el presunto genocidio; muchos de los párrafos en el artículo no tienen fuentes, y curiosamente el resto de las referencias no contiene ni una sola vez la mención de la palabra «genocidio». Por todas estas razones debe preguntarse, ¿existen historiadores, expertos u organismos internacionales que respalden que ocurrió u ocurre un genocidio? De lo contrario, este artículo podría ser nominado a una consulta de borrado por estar basado en suposiciones, o en el mejor de los casos ser fusionado con otro artículo.

Entenderás que el término es controvertido y que hay diferencias importantes entre masacre y genocidio. --Jamez42 (discusión) 01:35 18 ene 2019 (UTC)[responder]

@Jamez42: desde el principio una sección pensada era esa, sin embargo si así el artículo de Genocidio contra la UP ya es extenso y levanta ampollas, no imagino seguir poniendo ítems, es mejor que pase la censura y que vaya creciendo solo si es que crece además porque todo tiene que ir soportado y el wikiproyecto de Colombia también tiene muchas secciones en blanco en las que quisiera aportar; entonces al final decidí buscar las mejores fuentes para exponer unos hechos de forma apta en la enciclopedia, porque es preocupante que al buscar este hecho o evento no se encuentre en una enciclopedia virtual, como puede ver en el índice del artículo dentro de las víctimas está una sección sobre una investigación del periodista comunista Romero Ospina (porque en la época de los sucesos eran casi los únicos que seguían en forma ordenada, unificada, todas estas muertes, la llamada prensa oficial en Colombia, de nivel nacional, como son El Tiempo y el Espectador, algunas veces las publicaban pero de forma aislada, sin un seguimiento periodístico de alguna unidad especial para entregar una información veraz, de manera que la prensa comunista, al ser sus miembros los mas afectados por el genocidio, llevaban un registro periodístico mas exacto, al menos sobre las víctimas afiliadas al PCC y a la UP, porque el PCC es uno de los partidos que entró a conformar a la UP. En el listado se aporta una lista de varias masacres cometidas dentro del genocidio contra la UP, de los mencionados la masacre de Sibao, que no fue una, sino fueron dos, además de los múltiples asesinatos selectivos en la misma zona de miembros del partido de la UP, sus familiares o simples simpatizantes. Sobre la calificación de genocidio, la Jurisdicción de justicia y paz fue de las primeras en "reconocer" este exterminio como un "genocidio", aunque el genocidio al ser un delito internacional no requiere necesariamente para que exista que el estado donde se cometa lo reconozca, sino da la pauta o recomendación que se tipifique lo mas ampliamente posible para que se eviten conductas tan execrables, si no lo tipifican o no lo reconocen entonces la justicia internacional podría intervenir y juzgar, porque el no tipificarlo se tomaría como una forma de denegación de justicia, es decir de cerrar la oportunidad que la misma sociedad víctima juzgue esos delitos; sin embargo la OEA un organismo controlado por EEUU ha defendido al estado colombiano en hacer en el pasado interpretaciones restrictivas del delito de genocidio, haciendo interpretaciones exegéticas sobre lo que es o no es genocidio, diciendo que el genocidio solo existe por fines étnicos o raciales, y considerando el exterminio político como una conducta no comprendida como genocidio, esto llevó a que la justicia nacional colombiana juzgara por mucho tiempo cada caso como homicidios individuales agravados, cometidos por individuos, o grupos de personas sin necesidad e investigar o unidades especiales de investigación que contextualizaran a los jueces sobre los nexos causales de cada caso y se concentraran las investigaciones y expedientes, pero no solo esto sino mas grave aún que esto generaba impunidad por cuanto bastaba que el asesino ingresara a un batallón para que la justicia no siguiera investigando, que no se capturara al victimario o desparecieran al testigo, que se dilatara el proceso en un juzgado para que prescribieran las acciones penales, porque cada caso era aislado de los otros, aun cuando se sabía que eran parte del mismo contexto, por una parte las familias se convertían en nuevas víctimas del aparato judicial, que las desconocía y les negaba reparaciones e indemnizaciones, y a la vez las daban a merced de nuevos hechos de violencia "aislados" en su contra por reclamar. En una segunda etapa evolutiva judicial se avanza en el reconocimiento de la crueldad, la barbarie "aislada" contra cada víctima, por lo que al menos la conexión, la sistematicidad se va haciendo campo, y la posibilidad que no prescriban los delitos va de la mano de los magnicidios o de los asesinatos "aislados" mas emblemático o de mayor repercusión, así mismo el proceso de paz con los paramilitares (sobre el cual tengo reservas personales sobre si es o no un proceso de paz, porque al ser paramilitares, no podría el mismo Estado que los creó, pacificar con ellos, pero eso es un tema tangencial por el momento), sirvió para comprobar la conexidad entre esos asesinatos aislados, cuando los paramilitares empezaron a confesar que distintos asesinatos aislados, en realidad no eran aislados, al azar, accidentales, sino producto de una política de exterminio, de una máquina para matar líderes comunistas y upeístas, una tercera fase consiste en la presión internacional, la posibilidad que la Corte Penal Internacional juzgue delitos cometidos en Colombia, porque los señalados de cometer delitos de los ahora lesa humanidad (como se reconoció que eran cada caso "aislado" de asesinatos por su crueldad y barbarie contra la humanidad) temían que si la justicia nacional (donde tenían alguna posibilidad de seguir manipulándola, nombrar jueces y magistrados, para obtener su impunidad o al menos penas reducidas, o pagaras en condiciones de reclusión cómodas), no actuaba entonces podría actuar la justicia penal internacional (no la OEA o CIDH que si bien han sancionado económicamente, a nivel de indemnizaciones al estado colombiano siempre le ha servido mas a la élite colombiana para demorar los procesos, para dilatarlos, para lavarle la imagen, por lo menos la OEA no puede pronunciarse sobre los crímenes que comete EEUU, o violaciones de la Carta Interamericana de este país, pero EEUU si ha controlado la doctrina imperante en la OEA y es miembro de la OEA y sede de la misma). Entre la fases 2 y 3 es que el Estado colombiano crea un nuevo tipo penal "el genocidio político" esto para superar el obstáculo de la interpretación restrictiva y exegética de la OEA que el móvil político no hace parte del genocidio (pese a que internacionalmente en otras instancias se ha dicho que el tipo de genocidio no se debía restringir a los móviles tradicionales sino que se debían interpretar de forma mas amplia (y cada país debía actualizar estos tipos a sus propias condiciones de genocidio) porque habían mas circunstancias donde se cumplían las condiciones de exterminio sistemático contra poblaciones no solo por su etnia, cultura sino por ideas, como es el denominado genocidio político, que puede incluso abarcar el exterminio de comunistas, y hacer sujeto activo de esta conducta a EEUU con su política oficial de anticomunismo, o macartismo, por lo que es deducible el porqué la OEA no quería reconocer como parte del genocidio el "móvil político", porque podía reconocer de forma oficial, sin querer queriendo, a todos los funcionarios de EEUU como delincuentes de lesa humanidad al haber promovido y defendido las políticas anticomunistas), entonces entre estas fases se ha ido reconociendo la existencia del genocidio dentro de Colombia, ya no como una elucubración maligna, nociva de personas sin pruebas, sino como leyes que amplían el tipo penal de genocidio y declaran la existencia también de una conducta antijurídica, dañina a la sociedad como lo es el genocidio por razones políticas, y posteriormente también como sentencias judiciales de distintos jueces, que ante las discusiones legislativas del delito de genocidio son mas sensibles a este delito, ese fue el caso de justicia y paz y el fallo de otros jueces que condenaron a paramilitares dentro de lo que no denominaron un genocidio, una vez reconocido el tipo penal de genocidio político en Colombia el caso de la UP se ha ido integrando uno por uno para unirlo en un contexto único, labor que ha ido cumplido la unidad de análisis y contexto de la Fiscalía para presentar ante los jueces las acusaciones por este delito estando priorizado el caso de los miembros, familiares y simpatizantes de la UP como un genocidio por razones políticas; incluso la OEA misma está por pronunciarse sobre el genocidio en Colombia, aunque ha evitado aún en llamarlo genocidio, no porque no exista, sino exclusivamente en lo que se refiere a la demanda que va a decidir y durante el proceso que adelante puede llegar a calificar los hechos de la demanda como genocidio, hasta el momento han preferido ser prudentes, por la legitimidad que puede ganar o perder con la sentencia, mas cuando la Corte Penal puede desplazar a la OEA porque la OEA es otro organismo internacional y no uno nacional, y con el solo hecho que el nacional no funcione, es suficiente para que opere la jurisdicción internacional, entonces en este caso es mas importante las sentencias judiciales, que hacen tránsito a cosa juzgada y son jurisprudencia sobre la calificación de genocidio. En conclusión en el caso colombiano entonces resulta más fácil que en otras partes definir estos hechos como un genocidio no solo porque así se le ha llamado desde casi sus inicios por parte del reclamo de las víctimas, y popularmente en los medios de prensa, periodistas, universidades, seminarios, se le denomina como genocidio, sino porque este delito está consagrado en nuestra legislación, y así lo investiga la Fiscalía, y así lo han sentenciado jueces de la república; es triste en otros países donde han luchan por reconocer hechos como estos para que la justicia internacional opere, y mas triste ver como otras personas se suman a negarlos, a ser negacionistas, a valersen de interpretaciones exegéticas para llamar las cosas por otro nombre, como sucedía en Colombia, donde se tenía que soportar que la realidad de la calle fuera una y la de los juzgados otra, en la calle todos hablan, se protegen, son víctimas de persecuciones contra su vida y en los juzgados eran hechos normales o aislados de violencia o como han llegado a decir los ministros y el actual fiscal respecto a los líderes sociales asesinados: "líos de faldas", los asesinaron por líos pasionales; hay todavía bastante camino, porque el genocidio contra la UP es oficial, pero el genocidio contra lideres siguen siendo líos de faldas, por eso se ha pedido la renuncia del fiscal el día de hoy, y por eso hay a una empatía y comprensión con otros países donde se les niega el derecho a al verdad, a que se digan las cosas como son, en todo caso el reconocimiento del genocidio por el estado colombiano o sus instancias judiciales no es gratuito y como he mencionado uno de los motivos es también para evitar que la justicia internacional opere.--Yurilizarazo (discusión) 03:04 18 ene 2019 (UTC)[responder]