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Discusión:Norma Lucía Piña Hernández

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El artículo se refiere a una Ministra de la Corte mexicana y se plantea completar las biografías correspondientes a los otros diez ministros que la integran. Su relevancia radica en que se tiene poco conocimiento de las trayectorias de los ministros que integran la SCJN, dada la notoriedad que la Corte ha adquirido recientemente. --LDAB (discusión) 20:37 22 dic 2018 (UTC)[responder]

Te recomendaría que le dieras un vistazo a la política de artículos sin relevancia aparente, para familiarizarte con las pautas que debe cumplir un artículo para ser considerado relevante, porque este artículo incumple con varias de ellas. Lo primero que se debe tener en cuenta es que la relevancia de un artículo debe defenderse por sí misma y no en relación con otros artículos existentes en Wikipedia; por lo tanto, no es un buen argumento decir que otros ministros tienen un artículo o que el personaje en cuestión tiene un artículo en otro idioma, ya que no explica por qué este artículo en particular tiene relevancia. Además, según la política mencionada, las referencias del artículo deben demostrar una cobertura significativa del tema en cuestión, pero las referencias que se ofrecen actualmente no están redactadas de manera adecuada por lo que no pueden ser comprobables.
Por otra parte, que la Corte haya adquirido notoriedad (lo cual también tendría que ser demostrado con fuentes fiables), no hace que la biografía de los ministros tenga relevancia enciclopédica. K21 ¿conversamos? 21:38 22 dic 2018 (UTC)[responder]

Corrección de imprecisión[editar]

¡Hola! He eliminado el siguiente párrafo por ser impreciso:

En el año 2021, a pesar de la argumentación por la violación de derechos humanos de la ciudadanía mexicana en materia de protección de datos personales, privacidad y presunción de inocencia por el INAI, la Ministra negó el amparo de la SCJN, permitiendo la entrada en vigor del PANAUT. (https://www.proceso.com.mx/nacional/2021/5/28/ministra-se-niega-suspender-entrada-en-vigor-de-reforma-que-crea-padron-de-lineas-de-telefonia-celular-264839.html)

La confusión se debe a cuestiones técnicas:

En efecto, en mayo de 2021, la ministra Piña negó la suspensión de la entrada en vigor del plazo para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones presentara el reglamento secundario del PANAUT, derivado de la acción de inconstitucionalidad promovida por el INAI. Sin embargo, en junio de 2021, la misma ministra concedió la suspensión del mismo plazo a partir de la controversia constitucional presentada por el IFT. Es decir, la concedió en los términos planteados por el IFT, no por el INAI, pero la decisión dejó sin efecto la entrada en vigor del plazo.

La redacción es sesgada respecto de la decisión tomada por la ministra Piña, en especial teniendo en consideración a que ella fue quien elaboró el proyecto de sentencia donde se declara la inconstitucionalidad del PANAUT. ~ Padaguan (discusión) 22:44 2 ene 2023 (UTC)[responder]