Personería
Personería Municipal | ||
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Localización | ||
País | Colombia | |
Información general | ||
Jurisdicción | Colombia | |
Organización | ||
Depende de | Procuraduría General de la Nación | |
Historia | ||
Fundación | 1776 | |
La Personería es un centro del Ministerio Público de Colombia que ejerce, vigilancia y hace control sobre la gestión de las alcaldías; velan por la promoción y protección de los derechos humanos; vigilan el debido proceso, la conservación del medio ambiente, el patrimonio público y la prestación eficiente de los servicios públicos, garantizando a la ciudadanía la defensa de sus derechos e intereses.[1][2]
Historia de la personería de Colombia
[editar]Por instrucción real del 26 de junio de 1776, se creó formalmente la figura del Síndico Personero y se fijó período anual; en 1893 el Ministro de Justicia, Miguel Antonio Caro, autorizó a los Concejos Municipales para elegir a los Personeros. En 1934 la Personería fue reestructurada, otorgándosele la facultad de conocer asuntos de carácter civil, administrativo y penal; así como de llevar la voz del Ministerio Público en los negocios que se adelantaran en los juzgados municipales.[3]
Funciones de la personería de Colombia
[editar]La Ley 136 de 1994 en el artículo 178, establece que el Personero ejercerá en el Municipio, las funciones de Ministerio Público, además de las que determinen la Constitución, la Ley y los Acuerdos.
- Velar por el cumplimiento de la Constitución, las reglas, los acuerdos y las sentencias judiciales.
- Recibir quejas y reclamos sobre el funcionamiento de la Administración y procurar la efectividad de los derechos e intereses de los asociados.
- Realizar visitas, inspecciones y las actuaciones que estime oportunas en todas las dependencias de la Administración municipal para el cabal cumplimiento de sus atribuciones en materia del tesoro público municipal.
- Orientar a los ciudadanos en sus relaciones con la Administración, indicándoles a dónde deben dirigirse para la solución de sus problemas.
- Velar por la efectividad del derecho de petición. Por eso, debe instruir a quienes deseen presentar una petición o escribir el documento de quienes no pueden o no saben hacerlo.
- Generar el diálogo y la comunicación entre la ciudadanía, para fortalecer la participación de las partes en pro de la defensa y protección de los derechos humanos de todas las personas, independiente de su razón de ser.(enunciado mío).
Referencias
[editar]- ↑ «Copia archivada». Archivado desde el original el 6 de octubre de 2014. Consultado el 7 de octubre de 2014.
- ↑ Ministerio Público (Colombia)
- ↑ «Copia archivada». Archivado desde el original el 12 de octubre de 2014. Consultado el 7 de octubre de 2014.