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Usuario:Biblioteca.FCECO/Taller

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Según la legislación argentina las cooperativas son entidades fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios[1]​. La sociedad cooperativa es una asociación en un sentido lato que no tiene fines del lucro, su causa es la solidaridad.[2]​. A su vez, la Alianza Cooperativa Internacional, cualquiera sea su constitución legal, incluye toda asociación de personas que tiene por fin el mejoramiento económico y social de sus miembros por la explotación de una empresa, sobre la base de una ayuda recíproca.

Régimen legal[editar]

Las sociedades cooperativas tienen su propio régimen legal en la ley 20.337, denominada "Ley de Cooperativas", sancionada el 2 de mayo de 1973, y reemplazando a la ley 11.388 "Régimen legal de las sociedades cooperativas", y además incorporando las disposiciones de la ley 19.219[3]​. Según esta ley las cooperativas no constituyen sociedades comerciales ni sociedades civiles, afirmación encontrada en el artículo 6 de citada ley. No obstante se ha determinado mediante la jurisprudencia (Fischer, Mauricio c/ Institución Coop. del personal de los ferrocarriles del Estado (LL 47-582, JA 1964-IV-134))[4]​. que "Las sociedades cooperativas son siempre y sin distingo alguno sujetos de derecho comercial". La ley 20.337 es muy completa en su redacción, sin embargo en su artículo 118 menciona que las disposiciones de la ley 19950(Ley de sociedades comerciales) rigen supletoriamente para las cooperativas, en cuando se concilien con las de la ley 20.337 y la naturaleza de aquéllas.

Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES)[editar]

El INAES es la autoridad la autoridad de aplicación del régimen legal cooperativo y mutual que tiene bajo su órbita facultades y atribuciones institucionales-corporativas exclusivas e intransferibles en materia de cooperativas y mutuales en todo el país, siendo su fin principal y superior una adecuada y oportuna promoción, desarrollo, fiscalización, y sanción de las mismas.[5]​ Se creó el 15 de abril de 1996 mediante el decreto 420/96 bajo el nombre Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual (INACyM), reemplazando al ya existente Instituto Nacional de Acción Cooperativa y al Instituto Nacional de Acción Mutual. Se creó con la finalidad de promover el surgimiento de nuevas cooperativas y mutuales, la cooperación entre cooperativas y estructuras mutualistas y la eficiencia de ambos sectores para impulsar la revonversión empresarial y el desarrollo de las economías regionales[6]​. Más tarde en el año 2000 sufrió un cambio de denominación y pasó a tener el nombre que tiene actualmente.[7]​ Su actual presidente es Marcelo Oscar Collomb, que ejerce el cargo desde el 15 de diciembre de 2015.[8]

Características[editar]

Las normas legales argentinas estipulan una serie de características que deben presentar las sociedades cooperativas para considerarse como tales, entre ellas se encuentran:

  1. Tienen capital variable y duración ilimitada
  2. No ponen límite estatutario al número de asociados ni al capital
  3. Conceden un solo voto a cada asociado, cualquiera sea el número de sus cuotas sociales y no otorgan ventaja ni privilegio a ninguno de ellos
  4. Reconocen un interés limitado a las cuotas sociales, si el estatuto autoriza aplicar excedentes a alguna retribución al capital
  5. Cuentan con un número mínimo de diez asociados, salvo las excepciones que expresamente admitiera la autoridad de aplicación y lo previsto para las cooperativas de grado superior
  6. Distribuyen los excedentes en proporción al uso de los servicios sociales
  7. No tienen como fin principal ni accesorio la propaganda de ideas políticas, religiosas, de nacionalidad, región o raza, ni imponen condiciones de admisión vinculadas con ellas
  8. Fomentan la educación cooperativa
  9. Prevén la integración cooperativa
  10. Prestan servicios a sus asociados y a no asociados en las condiciones que para este último caso establezca la autoridad de aplicación
  11. Limitan la responsabilidad de los asociados al monto de las cuotas sociales suscriptas
  12. Establecen la irrepartibilidad de las reservas sociales y el destino desinteresado del sobrante patrimonial en casos de liquidación.[9]

Respecto a su denominación social la misma debe incluir los términos "cooperativa" y "limitada" o sus abreviaturas. Tampoco pueden contener nombres que no cumplan la séptima característica antes mencionada.

Documentación Constitutiva[editar]

Nota de Presentación[editar]

Debe estar dirigida al Señor Presidente del INAES y además debe estar consignada por el Presidente y el Secretario de la Cooperativa. En esta nota se solicita la aprobación de los estatutos y la matrícula nacional de la cooperativa. En la misma deberá indicarse el domicilio real de la asociación. Además figurará la autorización conferida al Presidente o cualquier asociado para hacer las gestiones ante el INAES. Debe presentarse por duplicado.

Acta Constitutiva[editar]

Es una copia del original del Acta de Asamblea Constitutiva. Debe contener nómina completa de asociados fundadores además de la suscripción e integración de cuotas sociales y elección de los miembros titulares y suplentes del Consejo de Administración y un síndico titular y uno suplente. La copia debe ser suscripta por todos los consejeros titulares, y las firmas de estos autenticadas por escribano público o autoridad competente. El original debe ser firmado por todos los asociados fundadores con aclaración de las respectivas firmas.[10]

Referencias[editar]

  1. «Ley Nº 20.337». 2 de mayo de 1973. Consultado el 3 de octubre de 2019. 
  2. Taleva Salvat, Orlando (Octubre de 2007). Como hacer una cooperativa (7ma edición). Buenos Aires, Argentina: Valleta Ediciones. p. 13. ISBN 978-950-743-298-9. 
  3. «Ley Nº 20.337». 2 de mayo de 1973. Consultado el 3 de octubre de 2019. 
  4. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial (2009). «Separata de Plenarios de la Cámara Comercial 1921/2008». Consultado el 3 de octubre de 2019. 
  5. Almeida Gentile, Patricio (1 de enero de 2016). «INAES – Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social». Consultado el 3 de octubre de 2019. 
  6. «Decreto 420/96». 15 de abril de 1996. Consultado el 3 de octubre de 2019. 
  7. «Decreto 721/2000». 25 de agosto de 2000. Consultado el 3 de octubre de 2019. 
  8. «Decreto 167/2015». 15 de diciembre de 2015. Consultado el 4 de octubre de 2019. 
  9. «Ley Nº 20.337». 2 de mayo de 1973. Consultado el 4 de octubre de 2019. 
  10. Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. «Constituir un Cooperativa». Consultado el 4 de octubre de 2019.