Ir al contenido

Usuario:Josephus36/Taller

De Wikipedia, la enciclopedia libre

Conforme a la ley vigente, los miembros del Cuerpo de Intendencia del Ejército, tienen encomendados los cometidos de planeamiento y gestión de los recursos económicos y el asesoramiento en materia económico-financiera, en el ámbito del Ministerio de Defensa, así como los cometidos de carácter logístico correspondientes al abastecimiento en todos sus campos, a excepción de las actividades que son propias de la especialidad fundamental de Farmacia del Cuerpo Militar de Sanidad. En el cumplimiento de sus cometidos, los miembros del Cuerpo de Intendencia del Ejército, ejercerán las funciones logísticas y administrativas y desarrollarán las acciones directivas y de gestión que les correspondan.

Esto se traduce en la realización de una serie de funciones que se podrían englobar en dos bloques, uno relativo a la administración económica militar y que abarcaría las funciones presupuestaria, contable, contractual y de gestión económico-financiera y, otro, de carácter logístico, en particular en lo relativo a la función de abastecimiento a las tropas.

Apuntes Históricos

[editar]

Algunas de estas funciones están documentadas, en la Península Ibérica, desde que en la misma se organizan ejércitos hispánicos. Así en los ejércitos de los Omeyas, en los de los reyes medievales y en las Órdenes Militares encontramos personajes como los almojarifes, mayordomos, senescales, claveros, etc. y, en Las Siete Partidas del Rey Alfonso X (mediados s. XIII) se regulan detalladamente las tareas de los guardadores, cuadrilleros, etc.

Asimismo encontramos referencias históricas a estas funciones en los fueros y privilegios concedidos por los reyes de Castilla y de Aragón como el de Jaca (1074), Teruel (1176), Cuenca (1180), Aguilar de Campóo (1277), Valencia (1308), así como en diversas actas, que nos han llegado, de las Cortes celebradas en los siglos XIV y XV.

No obstante, es a partir de finales del s. XV y primeros del XVI, cuando los Reyes Católicos organizan el Estado moderno en España y, entre otras muchas instituciones, el ejército de la Corona, cuando se puede hablar con propiedad del Ejército español y, por ende, de los personajes que se pueden considerar antecesores de los actuales Intendentes del s. XXI.

En efecto, con las Ordenanzas de Guardas de 1493, así como en las más completas de 1503, se crea la primera unidad permanente del Ejército español, una Capitanía general de Caballería compuesta por una plana mayor y 2.500 jinetes organizados en veinticinco compañías, en dichas ordenanzas aparecen las figuras de veedor, contador y pagador con funciones de administración económica, engarzadas con la Contaduría Mayor del Reino con el procedimiento de cuenta y razón.

El modelo de Guardas se extiende a cada ejército que se levanta en la época, así en la Ordenanza de Génova para el ejército de Italia de 1536 es implantado en las compañías de infantería de los Tercios recién creados y se nombra, por el rey, a un Veedor general, Contador general y Pagador general para el ejército.

Estos tres personajes representan la cúspide del sistema de Veedurías generales, donde el Veedor general ostenta un rango similar al del Capitán general del ejército, siendo su cometido principal ostentar la jefatura de la administración económica del ejército, ante el cual representa a la Hacienda Real y al propio rey, que le nombra para el cargo, en general vigila, controla, autoriza, etc., todos los actos económico-administrativos. Por su parte el Contador general (dos por ejército) tiene un rango similar al de Maestre de Campo y sus cometidos son autorizar ingresos y gastos y dar fe de ellos en los libros de cuenta y razón, así como autorizar muestras y nóminas. Finalmente el Pagador general, asimismo con nombramiento regio y rango intermedio entre los otros dos, tiene como cometido realizar todo tipo de pagos, el más importante las nóminas, custodiar los fondos del ejército y, anualmente en teoría, rendir cuentas a la Contaduría Mayor.

Aunque en principio los gastos de la artillería se encuadran con los del resto del ejército, si bien con un Contador propio, más otros cargos específicos como recibidor o mayordomo y comisario o depositario de efectos, a partir de la Instrucción de Augusta de 1551 comienza a dibujarse un sistema propio de Veeduría General de Artillería e incluso independiente de la Hacienda Real, con un cuerpo de funcionarios propio, el Cuerpo o Ministerio de Cuenta y Razón de Artillería que perdurará hasta 1853.

El relevo dinástico entre la Casa de Austria y la de Borbón, a primeros del s. XVIII, trae un alud de reformas del Estado, entre otras del Ejército español y de su administración económica. Tras doscientos años el sistema de Veedurías Generales se sustituye por el sistema de Intendencias de Ejército y Provincias con las Ordenanzas de 1718 y 1749.

El sistema de Intendencias tiene por objeto conseguir “... la debida administración de mi Real Hacienda, y exacción de todos sus tributos,... y con una, y otra la de mejor gobierno, dirección y expediciones de mis Reales Tropas, y demás dependencias de Guerra” y abarca las llamadas cuatro “causas” o aspectos: “Justicia”, “Policía”, “Hacienda” y “Guerra”.

A la cabeza del mismo se encuentra la Secretaría del Despacho de Hacienda y de ella depende la estructura civil territorial del Estado en la que se encaja y confunde la estructura militar, a través de las Intendencias de Ejército, representada por las Capitanías Generales.

Los cargos más importantes de esta estructura territorial son los Intendentes, Contadores y Pagadores con perfiles claramente diferenciados y regulados, similares a sus equivalentes en las Veedurías; así el Intendente es el jefe de la Intendencia y ordenador de pagos, el Contador asume la Cuenta y Razón, así como la revisión de las cuentas que rinden los cuentadantes de la Real Hacienda.

En el escalón local se sitúan los Comisarios de Guerra, creados como instrumento de control de los fraudes en las muestras –ahora revistas de comisario– a imagen del Comisariado francés, así como los Comisarios Ordenadores con funciones de jefes administrativos en las plazas, bajo cuya dirección y control están los cuentadantes que gestionan los servicios (“ramos”) de apoyo a las tropas, ejerciendo una primera revisión de las cuentas antes de remitirlas al Intendente, el conjunto se completa con una pléyade de funcionarios civiles o contratados normalmente eventuales.

El apoyo al Ejército se traduce en asistencias a las tropas en los aspectos que hoy denominaríamos logísticos, sustituyendo los repartimientos entre la población, que responden a la institución de la requisa militar que queda reducida a los transportes, por Servicios de Alojamientos, Provisiones, Hospitales, Obras, Sueldo, Vestuario y Artillería, que es pionero en el control de calidad y el cálculo de costes desde su Ordenanza de 1710 y sucesivas.

En general estos servicios se realizan mediante contratas de larga duración, adjudicadas por los Intendentes en subasta pública, cuya normativa es antecedente directo de las primeras leyes de contratos del Estado del s. XIX, o por gestión directa en especial en el Servicio de Hospitales (Ordenanza de 1739) y en el Servicio de Artillería a partir de la creación del Cuerpo de Fundidores (1766).

Los diversos cargos del sistema de Intendencias constituyeron una especie de cursus honorum de la carrera funcionarial cuyo remate era llegar a Secretario de Estado de Hacienda, así en el caso de José Patiño y Rosales que es Intendente del Ejército de Extremadura y de Cataluña, pasando en 1717 a desempeñar el cargo de Intendente de la Marina en Cádiz, para reformar la flota española y, a la vez, es nombrado Intendente de Sevilla y presidente del Tribunal de Contratación; otros como Garay, Olavide, Calvo de Rozas, Canga Argüelles, etc., que fueron Contadores e Intendentes, han pasado a la Historia por llegar a Ministros de Hacienda, diputados a Cortes, en particular a las de Cádiz de 1812, etc.

Tras la Guerra de la Independencia se entabla una pugna por el control de la Hacienda militar por parte de los ministerios de Hacienda y de Guerra, de resultas de la misma este último decide zanjar la polémica creando un cuerpo de gestión económico-administrativa propio en 1852, el Cuerpo Administrativo del Ejército, poco tiempo después denominado Cuerpo de Administración Militar. Su emblema militar será el sol abrazado por una hoja de roble y otra de palma.

Este cuerpo integra el Cuerpo Político de los Reales Ejércitos, creado en 1824 dentro de la Real Hacienda para el servicio del Ejército y formado por personal del sistema de Intendencias, con el antiguo Cuerpo de Cuenta y Razón de Artillería, militarizando el personal de la Hacienda militar, que queda dependiente de una Dirección general de la Administración Militar encuadrada en el Ministerio de la Guerra.

Se le dota de una escala cerrada con acceso a través de una Escuela de Administración Militar, en la que para ingresar se exige un examen sobre las materias de Lectura y Escritura, Gramática castellana, Aritmética, Sistema Métrico Decimal, Contabilidad y de Ordenanzas Generales del Ejército; la Hacienda Pública no creará su primer Cuerpo especializado en contabilidad y gestión hasta 1893.

Las materias a estudiar en tres cursos académicos son Derecho Político y Administrativo, Derecho Civil y Mercantil, Economía Política, Estadística, Cálculo Mercantil, Teneduría de Libros, Instituciones de Hacienda, Contabilidad General del Estado, Química y Tecnología, junto a las de carácter militar como Procedimientos militares, Geografía Económico-Militar, Contabilidad Militar, Administración Militar, Industria Militar, Servicios de apoyo al Ejército, Administración Militar en los principales Estados de Europa, Estudios Económico-Administrativos de campañas modernas, Esgrima y Equitación, además de la instrucción y prácticas en maniobras al efecto.

Sus empleos son:

  • Director General con rango de Director General de Arma (empleo de Teniente General)
  • Intendente de Ejército de operaciones, asimilado a General de División
  • Intendente Militar de División de Distrito, asimilado a Brigadier
  • Subintendente, asimilado a Coronel
  • Comisario de Guerra de 1ª clase, asimilado a Teniente Coronel
  • Comisario de Guerra de 2ª clase, asimilado a Comandante
  • Mayor de Administración, asimilado a 2º Comandante
  • Oficial de Administración 1º, asimilado a Capitán
  • Oficial de Administración 2º, asimilado a Teniente
  • Oficial de Administración 3º, asimilado a Subteniente

Los miembros de este Cuerpo atienden las funciones relativas al Presupuesto que incluye la Ordenación de Pagos de Guerra, Contabilidad a la que se une la de Fiscalización interna, Contratación y Gestión económico-financiera; esta última enlaza la gestión de los servicios de apoyo a las tropas, como Subsistencias, Acuartelamiento y Campamento, Transportes, Vestuario y Equipo, Materiales de Armamento (Artillería), Fortificación (Ingenieros) y Sanitario, con la función de carácter más militar del abastecimiento, tanto en paz como en campaña.

En el último cuarto del s. XIX se plantea un debate en el seno del Cuerpo de Administración Militar entre los partidarios de la función de abastecimiento, genuinamente castrense, que ha reforzado su imprescindible necesidad para el funcionamiento del Ejército en las Guerra de Crimea (1854-1856) y Franco-Prusiana (1870-1871), amén de las sucesivas guerras en el Protectorado de Marruecos y posteriormente Cuba y Filipinas, y los defensores de la función contable en general, que incluye la fiscalización, considerada más de carácter civil que militar.

Este debate también se produce en sectores fuera del propio Cuerpo de Administración, así, desde el Ministerio de Hacienda, el liberal Figuerola es partidario de una Intervención de la Hacienda Pública única, incluyendo el ámbito de los ministerios de Guerra y de Marina, con esta idea creará en 1874 la Intervención General de la Administración del Estado; desde el campo político contrario el conservador Fernández Villaverde retomará esta misma idea en 1900.

En el seno del Ejército el General Cassola, nombrado Ministro de la Guerra en 1887, presenta en las Cortes un proyecto de ley adelantado a su tiempo, propone una reforma radical en la organización militar con tres líneas de actuación, servicio militar obligatorio, sustitución del Cuerpo de Estado Mayor por un Servicio de Estado Mayor, cuyos oficiales seguirían perteneciendo a su arma de origen, y supresión de la dualidad de ascensos y las escalas cerradas de Artillería e Ingenieros, el revuelo que forma acaba con el Ministro cesado por el Presidente Sagasta en 1888.

No obstante el proyecto incluye un aspecto menos conocido, pero no menos interesante para el futuro del Cuerpo de Administración, en la reforma propuesta por se incluía la división del Cuerpo de Administración Militar en dos Cuerpos denominados de Intendencia e Intervención Militar respectivamente, lo que es recogido en la Ley Adicional a la Constitutiva del Ejército de 1889, por el General Chinchilla como Ministro de la Guerra sucesor de Cassola.

Organización

[editar]

Tras veinticinco años debates y retrasos la separación es efectiva y nace el Cuerpo de Intendencia del Ejército por Real Decreto de 31 de agosto de 1911, asumiendo las funciones del Cuerpo de Administración Militar excepto la de fiscalización. Su emblema sigue siendo un sol ahora abrazado por dos hojas de palma.

Emblema del Cuerpo de Intendencia
313.991x313.991px

Empleos

[editar]

Sus empleos son:

  • Intendente de Ejército, tras la Guerra Civil General Intendente General, tras la reforma de 1989 General de División
  • Intendente de División, tras la Guerra Civil, Intendente General, tras la reforma de 1989 General de Brigada
  • Subintendente de 1ª clase, asimilado a Coronel, tras la Guerra Civil Coronel
  • Subintendente de 2ª clase, asimilado a Teniente Coronel, tras la Guerra Civil Teniente Coronel
  • Mayor, asimilado a Comandante, tras la Guerra Civil Comandante
  • Oficial 1º, asimilado a Capitán, tras la Guerra Civil Capitán
  • Oficial 2º, asimilado a Primer Teniente, tras la Guerra Civil Teniente
  • Oficial 3º, asimilado a Segundo Teniente, tras la Guerra Civil desaparece este empleo

Funciones

[editar]
Academia de Intendencia de Ávila - Palacio de Polentinos
292.997x292.997px

El Cuerpo de Intendencia hereda de su antecesor la Academia de formación de oficiales en el Palacio de Polentinos en la ciudad de Ávila, donde se ha mantenido hasta 1992 cuando la formación de los oficiales del Cuerpo pasó a integrarse en la Academia General Militar de Zaragoza.

Se mantienen las funciones señaladas anteriormente y se agrupan los Servicios de apoyo a las tropas en dos grandes bloques, Servicios propios que son gestionados y ejecutados por el propio Cuerpo y Servicios intervenidos que son gestionados por miembros del Cuerpo pero ejecutados por otras Armas o Cuerpos.

Entre los primeros están, los Servicios de Ordenación de Pagos, Sueldo, Subsistencias, Acuartelamiento, Campamento, Transportes, Propiedades y Alquileres, Adquisiciones y Enajenaciones, Vestuario y Equipo y, entre los intervenidos, Sanidad y Hospitales, Obras, Artillería, Obras, Remonta y Cría Caballar y algunos otros.

Para la ejecución de los servicios de apoyo a las tropas cuenta, amén de la Escala de Oficiales, con otra de Complemento, Auxiliar y de Suboficiales, más la tropa encuadrada en diferentes Unidades de Tropas de Intendencia tipo Agrupación/Grupo/Compañías.

La reorganización del Ejército en los años 80 del s. XX da lugar a la sustitución de la Logística de Servicios por una Logística funcional, dentro de la cual se encomienda a los miembros del Cuerpo de Intendencia el Servicio de Administración Económica del Ejército.

Para la formación de sus oficiales, dentro de la enseñanza militar de perfeccionamiento, los miembros del Cuerpo de Intendencia del Ejército pueden realizar los cursos propios de Subsistencias, Vestuario, Contabilidad, Contratación y Estudios Económicos, además en concurrencia con sus compañeros de las Armas pueden realizar los de Paracaidista, Montaña, Helicópteros, etc., para conseguir un mejor conocimiento en el empleo de los medios del Ejército, así como el curso de Estado Mayor y cursos de Altos Estudios en el Centro Superior de Estudios de la Defensa.

El actual Cuerpo de Intendencia del Ejército nutre sus cuadros de oficiales mediante oposiciones a realizar por aspirantes que se encuentren en posesión del título universitario de Grado en ramas de la Economía o del Derecho y que, tras dos cursos en la Academia General Militar, donde tras superar el primero de ellos obtiene el empleo de Alférez, egresan con el empleo de Teniente del Cuerpo de Intendencia.

Estos oficiales pueden tener una carrera militar ligada a la administración económica del Ejército y a sus funciones logísticas (recuperadas tras un lapso de tiempo de 21 años), participar en Operaciones de Mantenimiento de Paz, etc., asimismo pueden tener responsabilidades acorde con sus funciones en el ámbito del Ministerio de Defensa.

Estas funciones logísticas o de abastecimiento, recuperadas recientemente, fueron la “razón de ser” de la creación del entonces moderno Cuerpo de Intendencia en 1911, tras la escisión del cuerpo de Administración Militar en Cuerpo de intendencia y Cuerpo Militar de Intervención. Estas funciones de abastecimiento, desarrolladas con Unidades de Tropas propias, fueron las que dieron prestigio al Cuerpo en las diferentes campañas de África y posteriormente dentro del Ejército por los apoyos prestados a las diferentes Armas y Cuerpos.

Santa Teresa - Patrona del Cuerpo de Intendencia
Santa Teresa

Tiene por Patrona a Santa Teresa de Jesús, cuya casa natal está al lado del palacio de Polentinos en Ávila, que fue sede de la Academia de administración militar y posteriormente de Intendencia, por lo que el vínculo del Cuerpo con Santa Teresa y Ávila es imperecedero.

Heredero de más de quinientos años en la administración económica del Ejército español y con más de cien años de historia propia, el Cuerpo de Intendencia del Ejército ha dado a España cuarenta y cinco Caballeros Laureados y ocho Caballeros Medalla Militar Individual, que se añaden a la larga lista de aquellos de los que se ha dicho “… si sus armas no han de herir, si su marcha a la muerte ha de ser silenciosa, si su gloria está en morir por llevar pan y agua a sus hermanos, si sus héroes más preclaros solo han de figurar en la sublime letanía de los soldados desconocidos; si así se gana un Estandarte, yo os aseguro Soldados de Intendencia, que igual que todos, os vi ganároslo cuantas veces os encontré en el combate”.