Ir al contenido

Usuario:Mikaela Cilindro Ciruela/Taller

De Wikipedia, la enciclopedia libre

Centro de Protección de Menores[editar]

Lugar de Ocio en un centro de menores

[1]​Los Centros de Protección de Menores -más conocidos como Centros de Menores- o Centros de Acogida son establecimientos destinados a la acogida residencial de menores de edad. Estos previamente asumen la Tutela o Guarda del menor, para poder, sin perjuicio, darle atención inmediata necesaria cuando se encuentren en una supuesta situación de desprotección. Estas situaciones suelen ser por malos tratos, tanto físicos como psíquicos por parte de la familia u otras circunstancias graves como el abandono o la incapacidad de la familia de mantener al menor. Atiende a niños mayores de 3 años y menores de 18.

Los Centros de Menores garantizan -dentro de lo que se puede- una atención moldeada a las necesidades que tenga cada menor, asumiendo la responsabilidad de su desarrollo integral, y asegurándoles la adecuada satisfacción de sus necesidades biológicas, afectivas, y sociales, en un ambiente de seguridad y protección, así como potenciando experiencias de aprendizaje y el acceso a los recursos sociales en las mismas condiciones que cualquier otra persona de su edad.

Es importante conocer la diferencia entre los centros de acogida y los reformatorios. En el primero puede acceder cualquier menor en circunstancias de desprotección, pero si su estancia en el centro evoluciona de una manera negativa, como con el comienzo de consumo de drogas, el abandono académico o laboral, el cometimiento seguido de delitos, etc, dicho menor puede acabar en un reformatorio de menores, normalmente con normas más rígidas que los centros de protección.

Funciones de los centros de menores[2][3][editar]

  • Poner a disposición del niño, y de su familia, un servicio de intervención en crisis para ayudarles a entender las razones que motivaron el ingreso y trabajar el retorno a su hogar.
  • En los casos en que no sea posible el retorno de menores a sus hogares familiares de origen o la integración en alternativas familiares, ya sea por la edad u otras circunstancias, el centro ha de cumplir la función de preparación para la emancipación e independencia personal, lo que conlleva trabajar con adolescentes y jóvenes de cara a facilitar una adecuada inserción socio-laboral, que le posibilite vivir de forma autónoma, así como la preparación integral para afrontar la construcción de un nuevo espacio convivencial al llegar a la mayoría de edad.
  • Función asistencial, educativa, afectiva y terapéutica, dando respuesta a las necesidades de desarrollo físico, psíquico, emocional y social de las personas, compensando los posibles déficits que sus circunstancias hayan podido ocasionar.
  • Acogimiento de emergencia cuando se requiere una separación urgente de menores de sus familias o su protección ante cualquier otra situación de grave riesgo.
  • Detección de las especiales necesidades de atención social, pedagógica, sanitaria o psicológica que puedan presentar las personas menores de edad, garantizando una respuesta adecuada a las mismas, tanto desde los recursos propios del Centro, como desde el aprovechamiento o movilización de otros recursos externos, siempre desde el criterio de la tendencia a la normalización.
  • Facilitación de un entorno de seguridad y afecto donde niños, niñas, adolescentes y jóvenes perciban y sientan acogimiento, cariño, seguridad y protección, donde puedan manifestar sus angustias y ansiedades y se les escuche y atienda de forma comprensiva y afectiva.
  • Realizar la evaluación oportuna para establecer las ayudas que precisa el niño o adolescente.
  • Proporcionar al niño todos aquellos servicios que precise durante su estancia en el centro.
  • Proteger al niño, cuando sea necesario, de sus propios impulsos destructivos.
  • Ofrecer un contexto de convivencia agradable.
  • Asegurar que queden cubiertas las necesidades básicas del niño.

Evolución Histórica[4][editar]

El acogimiento residencial es una medida de asistencia a los menores abandonados y desprotegidos que ha existido durante mucho tiempo, anteriormente llamadas como Casa de Expósitos, Casa de Misericordia, Casas Cuna, Hospicios, etc. Todas ellas han contribuido a solucionar el problema de una infancia desprotegida mediante una única y universal respuesta: la colocación del niño en una institución que llegue a cubrir sus necesidades, tanto básicas como esenciales, sustituyendo el ambiente familiar del que probablemente carecía o que era insuficiente. A mediados de los años ochenta, la medida de la institucionalización, en España, era la que más se daba. Los organismos implicados en la protección a la infancia en esa época se caracterizaba por sus grandes inversiones, característica que en nuestros días se ha perdido. Tras nacer estas instituciones, se creó también un sistema público de servicios sociales.

Bibliografía[editar]


  1. Decreto 355/2003 de 16 de diciembre, del Acogimiento Residencial de Menores
  2. «Instituto Pedagógico Dulce Nombre de María». 
  3. «Servicios Sociales de Cantabria». 
  4. «Intervención Socioeducativa en Acogimiento Residencial».