Anexo discusión:Municipios de Paraguay

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Denominación correcta: municipio o distrito[editar]

Procedí al cambio de denominación de las subentidades nacionales por las cuales están compuestas los departamentos. Las razones son las siguientes:

Teniendo como base la vigente Constitución, vemos que en el Capítulo IV que refiere al ordenamiento territorial de la República, el artículo 156 acerca de la estructura política y la administrativa reza lo siguiente: «A los efectos de la estructuración política y administrativa del Estado, el territorio nacional se divide en departamentos, municipios y distritos...» En la última parte del párrafo aparece un nexo entre municipios y distritos, normalmente se podría interpretar que ambos conceptos son equivalentes, pero al mismo tiempo, siguiendo estrictamente las reglas de gramática de la lengua española, da a entender que ambos términos difieren en cuanto a su definición. Siendo así, ambos términos son distintos.

Otra razón sería que la vigente Constitución define las cualidades de los municipios en la sección III que refiere de los municipios, donde manifiesta sus características e cuanto a autonomía, el gobierno municipal y sus atribuciones (art. 166, 167, 168), mas respecto al concepto «distritos» nada está escrito.

A sabiendas de que el término distrito normalmente suele ser más utilizado que municipio, y en vista que está sentado que ambos signifiquen lo mismo, sería conveniente que el término municipio tenga mayor preferencia que distritos, ya que la Constitución muestra una mayor preferencia por dicho término.--Indrus (discusión) 17:28 20 ene 2016 (UTC)[responder]