Corte Constitucional de Colombia

De Wikipedia, la enciclopedia libre

La Corte Constitucional de Colombia es la entidad judicial encargada de velar por la integridad y la supremacía de la Constitución. Fue creada por la Constitución de Colombia de 1991 (ver artículo) e instalada por primera vez el 17 de febrero de 1992, con siete miembros.

En la actualidad, cuenta con nueve magistrados, que son elegidos para periodos de ocho años por el Senado, a partir de las ternas enviadas por el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.

Antes de la Constitución de 1991, los asuntos constitucionales eran conocidos por la Corte Suprema de Justicia.

Contenido

[editar] Funciones

A la Corte Constitucional se confía la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución. Entre sus funciones, según el artículo 241 de la Constitución Política de Colombia se cuentan:

  1. Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que promuevan los ciudadanos contra los actos reformatorios de la Constitución.
  2. Decidir sobre la constitucionalidad de la convocatoria a un referendo o a una asamblea constituyente para reformar la Constitución.
  3. Decidir sobre la constitucionalidad de los referendos sobre leyes y de las consultas populares y plebiscitos de orden nacional.
  4. Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos contra los decretos con fuerza de ley dictados por el gobierno.
  5. Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos contra las leyes.
  6. Decidir sobre las excusas por la inasistencia de personas naturales o jurídicas a indagaciones emplazadas por cualquier comisión permanente del Congreso de la República.
  7. Decidir sobre la constitucionalidad de los decretos legislativos que dicte el gobierno con fundamento en la declaratoria de estados de excepción.
  8. Decidir sobre la constitucionalidad de los proyectos de ley que hayan sido objetados por el gobierno como inconstitucionales, y de los proyectos de leyes estatutarias.
  9. Revisar las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela.
  10. Decidir sobre la exequibilidad de los tratados internacionales y de las leyes que los aprueben..

Por el Decreto 2067 del 4 de septiembre de 1991, se adopta el régimen procedimental de los juicios y actuaciones que deben surtirse ante la Corte Constitucional.momo

[editar] Magistrados actuales

[editar] Magistrados anteriores

[editar] Magistrados por Universidades

Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario

  • Alejandro Martínez Caballero
  • Marco Gerardo Monroy Cabra
  • Álvaro Tafur Galvis
  • Vladimiro Naranjo Mesa
  • Mauricio González Cuervo
  • Jorge Ignacio Pretelt

Universidad Externado de Colombia

  • Luis Eduardo Montealegre Lynett
  • Jorge Arango Mejía
  • Jaime Araujo Rentería
  • Juan Carlos Henao Pérez
  • Humberto Sierra Porto

Universidad Nacional de Colombia

  • Ciro Angarita Barón
  • Hernando Herrea Vergara
  • Clara Inés Vargas Hernández
  • Jaime Córdoba Trivño

Universidad Libre

  • Antonio Barrera Carbonell
  • Alfredo Beltrán Sierra
  • Luis Ernesto Vargas Silva

Pontificia Universidad Javeriana

  • José Gregorio Hernández Galindo
  • Rodrigo Escobar Gil
  • Nilson Pinilla Pinilla

Universidad de los Andes

  • Eduardo Cifuentes Muñoz
  • Manuel José Cepeda Espinosa

Universidad de Antioquia

  • Carlos Gaviria Díaz
  • Jaime Sanín Greiffenstein

Universidad Autónoma Latinoamericana de Medellín

  • Jorge Iván Palacio Palacio

Universidad de Medellín

  • María Victoria Calle Correa

Universidad del Atlántico

  • Gabriel eduardo Mendoza Martelo

[editar] Véase también

[editar] Véase también

[editar] Enlaces externos

Noticia[1]Noticia[2]Noticia[3]Noticia[4]

Herramientas personales
Crear un libro
En otros idiomas