Deberes feudales

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Los Deberes fueron el conjunto de obligaciones financieras, militares y legales recíprocas entre la nobleza guerrera en un sistema feudal.[1]​ En Europa se resumían en la fórmula auxilium et consilium. Estos deberes se desarrollaron en Europa y Japón, con la descentralización del imperio y debido a la falta de liquidez monetaria, a medida que grupos de guerreros se hicieron cargo de las esferas sociales, políticas, judiciales y económicas del territorio que controlaban.[2]​ Mientras que muchos deberes feudales se basaban en el control de una parcela de tierra y sus recursos productivos, incluso los caballeros sin tierra tenían contraídas obligaciones feudales como el servicio militar directamente a la instancia de su señor. Los Deberes feudales no fueron siempre iguales en el tiempo o entre diferentes países. Y en su posterior desarrollo también se incluyeron funciones de deberes desde y hacia la población campesina.[3]

De esta forma los deberes funcionaron en ambos sentidos, tanto arriba como abajo de la jerarquía feudal; sin embargo, aparte de la distribución de la tierra,[4]​ y el mantenimiento de los sin tierra, la obligación principal del señor feudal era proteger sus vasallos, tanto militarmente de las incursiones, como judicialmente a través de la justicia de la corte.[5][6]

Inmunidades[editar]

Además de las tierras, el señor podía conceder lo que se llamaba «inmunidades», pero tenían derechos para llevar a cabo funciones gubernamentales tales como la recaudación de impuestos y los peajes, la realización de los procesos judiciales, así como la acuñación de dinero.[7]​ Había obligaciones contingentes que el señor tenía que hacer, como el deber de recuperar un feudo que fue rechazado por un heredero.[8]​ A veces, especialmente en los reinos francos, un señor otorgaba un feudo a un conjunto de hombres en lugar de a un solo vasallo. Estas concesiones fueron llamadas bando,[9]​ e incluyeron una amplia autonomía gubernamental, o inmunidades.[10]

Deberes del vasallo[editar]

Los deberes contraídos por un vasallo para con su señor se pueden clasificar en cuatro tipos: militar ( auxilium ), deberes de la corte ( consilium ), impuestos especiales (ayudas) e incidentes.[11]​ Los deberes militares incluyen el servicio personal, provisión de tropas (recaudación de impuestos), y más tarde scutagium en lugar del servicio, estos deberes también incluían el trabajo en fortificaciones, caminos y puentes, por lo tanto los trinoda necessitas.[12]​ Los deberes de la corte abarcaban todo, desde la seguridad (ser un guardián) a través de la prestación de asesoramiento o consejo, proporcionando escuderos y también en algunos casos, proporcionando de facto rehenes. Las ayudas, a menudo nombradas ayudas feudales, era el dinero debido a ciertos eventos, como contribuir al rescate del señor, o los eventos de desfiles de la corte como en los matrimonios reales.[13][14]​ Los incidentes incluir cosas tales como un negociado de retroceso al señor después de ser concedido un feudo (cortésmente nombrado recibido), el deber de alimentar y alojar el señor y su séquito cuando visitara su casa, permitiendo que al señor cazar o pescar en su tierra y estar sujetos a los derechos señoriales residuales de tutela sobre la herencia las minorías, y la incautación tras una quiebra de herederos o incumplimiento de sus obligaciones feudales.[11]

Deberes feudales eclesiásticos[editar]

En Europa, las tierras de la iglesia también tenían deberes feudales. Mientras que algunos eclesiásticos proporcionan el servicio militar directo, la mayoría de los sustitutos contratados, pagaron con el scutagium o franquicia, o más tarde convirtieron el deber militar con uno de oración de Frankalmoin.[11]Las Tenencias de Thomas de Littleton, que tal vez aparecieron hacia 1470 como una actualización de un tratado predecesor que databa de un siglo atrás, y que según se dice fue escrito bajo el reinado de Eduardo III de Inglaterra, contiene una sección sobre Frankalmoin.

Y los que sostienen en frank-almoign están obligados por derecho ante Dios a hacer oración, oraciones, misas, y otros servicios divinos, por las almas de su otorgante, y por las almas de sus antepasados que están muertos, y por la prosperidad y buena vida y buena salud de sus herederos, que están vivos. Y por lo tanto, no le darán lealtad a su señor ... porque, que este servicio divino es mejor para ellos delante de Dios, que cualquier acto de fidelidad; y también porque estas palabras (frank-almoign) excluyen al señor para que tenga algún servicio terrenal o temporal, pero para que se le haga únicamente servicio divino y espiritual, etc.[15]

Referencias[editar]

  1. Ganshof, François-Louis (1944). Qu'est-ce que la féodalité' (primera edición). Bruxelles: Office de publicité.  Translated into English by Philip Grierson as Feudalism, 1st ed., Londres, 1952
  2. Gat, Azar (2006). War in Human Civilization. New York: Oxford University Press. pp. 332–343. ISBN 978-0-19-926213-7. 
  3. Reynolds, Susan (1994). Fiefs and Vassals: The Medieval Evidence Reinterpreted. Oxford, England: Oxford University Press. p. 65. ISBN 0-19-820458-2. 
  4. All lands belonged to the lord under feudal law, Nulle terre sans seigneur.Gananhof, 1944
  5. Briggs, John H. Y. (1996). «Chapter 1: The medieval origins of the English criminal justice system». Crime And Punishment In England: An Introductory History. London: University College London Press. pp. 1-2. ISBN 978-1-85728-153-8. 
  6. Lyon, Ann (2003). Constitutional History of the UK. London: Cavendish Publishing. p. 21. ISBN 978-1-85941-746-1. 
  7. Russell, Jeffrey Burton (1968). Medieval Civilization. Londres: John Wiley. p. 204. OCLC 476424954. 
  8. Limayrac, Léopold (1885). Études sur le Moyen-Age: histoire d'une commune et d'une baronnie du Quercy (en francés). Cahors, France: Girma. pp. 143–144. OCLC 18315006. 
  9. The word ban at the time referred to a troop of armed men. See "Ban" Encyclopædia Britannica 1911
  10. Bouillet, Marie-Nicolas; Chassang, Alexis, eds. (1878). Dictionnaire universel d’histoire et de géographie Bouillet Chassang. 
  11. a b c Russell, 1968
  12. Abels, Richard (1999). «Trinoda necessitas». En Lapidge, Michael; Blair, John; Keynes, Simon et al., eds. The Blackwell Encyclopaedia of Anglo-Saxon England. Wiley-Blackwell. pp. 456-457. ISBN 978-0-631-22492-1. 
  13. Goody, Jack (1993). The Culture of Flowers. Cambridge, England: Cambridge University Press. p. 159. ISBN 978-0-521-41441-8. 
  14. Cheruel, Adolphe (1865). «Redevances feodales». Dictionnaire historique des institutions, moeure et coutumes de la France (en francés) II (segunda edición). Paris: Hachette. p. 1049. 
  15. Littleton, Thomas (1846). Littleton's tenures: With notes explanatory of The Text of Littleton, and showing the recent alterations in the law. R. Hastings.