Discusión:Aborto en Argentina

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Abortos en México[editar]

Al final de la introducción se dice que la cifra del informe del Ministerio de Salud es exagerada, a cuenta de un informe similar de México. Sin embargo, la misma es errónea, puesto que:

  • la nota es una editorial, da una opinión, y hace un análisis a vuelo de pájaro, pero no constituye un contrainforme como se lo quiere presentar (se ha demostrado que...)
  • segundo, es un blog de periodistas del diario;
  • después, la referencia habla de multiplicado por 4, no por veinte;
  • y principalmente, no son idénticos informes, uno fue elaborado por una autoridad sanitaria, el otro por una universidad, no se saben si los criterios fueron los mismos, es extrapolar los datos, en fin, una generalización apresurada.

Por ahora, entonces, retiro la oración.--Lexos (discusión) 07:41 29 nov 2010 (UTC)[responder]

Equilibrar el artículo[editar]

El artículo cita páginas de grupos que promueven el aborto en Argentina. Para equilibrarlo, habría que incluir sitios que promueven la defensa de los hijos antes de nacer. O quizá habría que quitar el link a páginas que promueven el aborto, para no convertir una voz así en una plataforma de propaganda.--Tenan (discusión) 15:17 19 may 2012 (UTC)[responder]

No sé a que páginas que «promueven el aborto» te refieres, yo solo veo páginas que promueven el derecho al aborto. Estás en libertad de agregar las paginas pro-vida que quieras, manteniendo el equilibrio. Eliminar páginas pro-elección sería hacer «propaganda» por el bando de los pro-vida. Y la wikipedia es neutral. --JPLema (discusión) 19:05 1 abr 2013 (UTC)[responder]

¿Ilegal no punible?[editar]

Si no es punible no puede ser ilegal, justamente son las excepciones a la ilegalidad del aborto en Argentina. --Aldana (hable con ella) 15:41 19 may 2012 (UTC)[responder]

Estoy de acuerdo con esto que menciona Aldana, hay una contradicción sesgada en la definición del tema: el aborto es un hecho que puede ser descripto mas neutralmente, porque considerarlo delito es algo que aplica a algunas jurisdicciones legales y/o creencias y no a otras, por lo que no es una definición consensuable, es una interpretación respecto de un marco determinado: tal país, tal situación (casos no punibles), tal religión. Estrictamente en Argentina, el aborto es delito bajo ciertas circunstancias, y bajo otras no lo es, por lo que no puede ser descripto como "delito" sin aclarar esto.
Propongo cambiar esa primera frase por:

El aborto en Argentina refiere al acto de interrupción voluntaria del embarazo o aborto inducido que puede constituir un un delito descripto en el título I, capítulo I "delitos contra la vida"[1]​ del Código Penal argentino, o puede ser resultar "No punible" bajo algunas circunstancias establecidas como excepciones a su punibilidad por el mismo Código.[2][3]— El comentario anterior sin firmar es obra de Lpagola (disc.contribsbloq). --Tenan (discusión) 16:50 19 jun 2012 (UTC) [responder]

Notas y referencias[editar]

  1. Título I, Capítulo I "Delitos contra la vida"
  2. http://annualreview.law.harvard.edu/population/abortion/Argentina.abo.htm
  3. El aborto es ilegal en Argentina. La ley establece penas tanto para la mujer que se lo practica como para quien realiza el procedimiento (artículos 85, 86, 87 y 88 del Código Penal), excepto en dos causas de excepción a estas penas: cuando el aborto se practica para "evitar un peligro para la vida o la salud" de la mujer o si el embarazo proviene de una violación de "una mujer idiota o demente" (artículo 86, incisos 1º y 2º del Código Penal argentino -CPA-)

Enlaces rotos[editar]

Elvisor (discusión) 01:43 14 may 2013 (UTC)[responder]

Para tener presente[editar]

Un saludo. No sería un tema para discutir, pero parece que alguien no lo entiende. En la sección "Organizaciones pro elección" se ha añadido un párrafo con adjetivos pov (punto de vista) sobre una organización autodenominada católica, y esos adjetivos sobran. Además, se están incluyendo una serie de enlaces a muchas declaraciones pro aborto tomados de la misma página y que son un abuso, pues Wikipedia no es una página para poner muchos enlaces que promocionan una determinada página, sino una enciclopedia que trabaja con fuentes secundarias y ofrece síntesis (no colecciones de enlace). Por lo mismo, hay que retirar lo que no corresponde a Wikipedia y reformular buena parte de esa sección.--Tenan (discusión) 07:23 18 sep 2014 (UTC)[responder]

Y en esta edición:
  1. Se adjetiva un fallo como "histórico", es decir, se le atribuye una trascendencia que lo torna digno de figurar en la historia de los grandes fallos. Tal adjetivación se podría considerar si hubiera fuentes secundarias que la avalaran. Pero resulta que no las hay (los autores de la referencia lo adjetivan como "altamente significativo"), por lo cual se puede con cierto fundamento sospechar que resulta un agregado derivado de la opinión del redactor. A falta de fuente que diga que el fallo fue "histórico", tamaña atribución infringe WP:PVN y WP:NFP. Cabe además recordar que la misma Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha referido a los no nacidos como "niños", "menores de edad", "hijos" y "bebés" en al menos 3 casos: Caso de los Hermanos Gómez–Paquiyauri vs. Perú (2004), donde la Corte otorgó reparaciones a la hermana de una de las víctimas por la pérdida de su hijo no nacido, Jorge Javier; Caso del Penal Miguel Castro–Castro vs. Perú (2006) y Caso Goiburú y otros vs. Paraguay (2006). Ver, por ejemplo: La Convención americana sobre Derechos Humanos: piedra angular del derecho a la vida del no nacido en Latinoamérica y el Caribe en la Revista Internacional de Derechos Humanos.
  2. Se adjetiva a los tres juristas autores de la cita de referencia como "notables", es decir, como personas principales en una colectividad, en este caso la comunidad científica. Pero resulta que al menos uno de ellos, la Dra. Eleonora Lamm, es a la fecha una investigadora asistente del CONICET, el escalón más bajo dentro de la carrera de investigador científico en esa institución. Por su parte, la Dra. Marisa Herrera es investigadora adjunta, apenas un escalón por encima del anterior. Desde la categoría de investigador asistente, se debe pasar por inv. adjunto, inv. independiente, inv. principal para finalmente llegar a inv. superior, es decir, hace falta recorrer unos cuantos kilómetros antes de ser calificado como "notable".
Este tipo de adjetivaciones incorporadas para dar relevancia a las citas son el atajo más rápido para que el artículo termine siendo cuestionado por su falta de neutralidad. (Adicionalmente, la url de la referencia tiene un error). --Gabriel (discusión) 09:45 18 sep 2014 (UTC).[responder]
Nota: para quienes les interese la bioética y la biología del desarrollo en este y otros temas relacionados, ya empiezan a aparecer comunicaciones que señalan "errores" en las definiciones de biología del desarrollo en el citado fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; ver, por ejemplo: Errores de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el juicio contra Costa Rica sobre fertilización in vitro (abril de 2014).--Gabriel (discusión) 11:05 18 sep 2014 (UTC)[responder]

Actualizacion mapa legislacion[editar]

Actualizen el mapa de liegislacion del aborto en el mundo, Chile es legal en 3 causales desde el 21 de agosto de 2017 (color cafe)

Tengo entendido que se va a actualizar una vez publicado en el boletín oficial --Ojota (discusión) 04:11 22 ago 2017 (UTC)[responder]

Enlaces externos modificados[editar]

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Acabo de modificar 1 enlaces externos en Aborto en Argentina. Por favor tomaos un momento para revisar mi edición. Si tenéis alguna pregunta o necesitáis que el bot ignore los enlaces o toda la página en su conjunto, por favor visitad esta simple guía para ver información adicional. He realizado los siguientes cambios:

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Artículo con calumnias y no neutral (queda en evidencia su postura pro-aborto)[editar]

Artículo PLAGADO de visiones no neutrales (tanto al hablar de grupos a favor del aborto, como de grupos a favor de la vida). ¿Quién en su sano juicio hace alusión a la presencia de un simpatizante del neonazismo en la marcha a favor de la vida? No fue representativo de las personas que asistieron y su agrupación representaba menos de 20 personas (de las 150.000 -hay quiénes dicen que fueron muchas más- que concurrieron en Capital Federal, entre niños, adultos y ancianos, en una jornada que representó un "día familiar"); que además no hicieron ningún desmán ni violentaron absolutamente nada. Además en el mismo párrafo se menciona a una supuesta "cara visible" como representante de la población movilizada (lo destacable de dicha movilización fue la ausencia de partidos políticos y demás; el tema era uno y bien claro: el aborto es el asesinato de las vidas humanas por nacer, y en todo caso, los únicos representantes fueron agrupaciones científicas de renombre encargadas de explicar cómo es que la embriología enseña que la vida comienza desde la concepción, o personas que compartieron sus experiencias -como el hecho de haber realizado abortos y sus consecuencias-). Incluso el número de ciudades fue recortado a 150 (habían contabilizado más de 200, por lo cual éste es otro acto no neutral). Segundo: hablar de grupos a favor o contra del supuesto "derecho" al aborto, es cuanto menos tendencioso. Acá podría haberse puesto, o bien: a favor o en contra del derecho a vivir del niño por nacer (o bien, a nacer) o a favor o en contra de abortar (pero tildarlo de ser un derecho es tendencioso, ya que no es jamás, ni en Argentina ni en ningún país del mundo, un derecho racional, claro y no controversial, todo lo contrario). Evidentemente este artículo no es neutral y está redactado por un abortista. Además, comparten las encuestas que publicó un diario que está pregonando el aborto desde hace años, tanto en su versión de papel como en cualquier otro medio de comunicación del que es dueño; y que para peor, utiliza para sus fines encuestadoras poco serias o con intereses pro-abortistas (como es el caso de Amnistía Internacional, que recibe cuantiosas sumas de parte de George Soros y otros propagandistas liberales y pro-aborto; si van a publicar unas encuestas, al menos deberían indicar sus procedencias y sus intereses particulares). Por otro lado, hablan de una "asociación" provida, que además es supuestamente "autodenominada". Primero: no es una asociación (a la cuál uno deba asociarse), sino una elección de defender la vida. Segundo: es curioso que los "providas" sean personas que se "autodenominen" así (y no que sean conocidos así), mientras que los "proelección" no tienen ese mismo rango en este artículo (será que decir "a favor del aborto", "abortistas" o "proaborto" -como es que son conocidos realmente- no es del todo popular, como supuestamente quieren plasmar al incluir las encuestas acá mencionadas, realizadas por encuestadoras interesadas en que el aborto sea legal). Le ruego, encarecidamente, a cualquier moderador que sienta respeto por la justicia y el equilibrio (ni siquiera pido un respeto por la vida humana desde su concepción), que tenga a bien corregir este artículo (para no iniciar una guerra de ediciones) o al menos tildarlo como no neutral para futuros arreglos. Así como está, parece haber sido redactado en el centro más abortista de todos. Hay muchísimas más cosas para corregir acá; lo mejor sería invisibilizarlo (si es que es posible) hasta tener uno nuevo. Gracias.— El comentario anterior sin firmar es obra de 200.61.170.225 (disc.contribsbloq). --Tenan (discusión) 06:27 18 abr 2018 (UTC)[responder]

son puntos de vista, estimado usuario anónimo. Por lo pronto, la Wikipedia DEBE SER IMPARCIAL. Y este artículo, por el contrario a lo que usted dice, pienso que está quedando demasiado "pro-life". Pero bueno... son puntos de vista. La verdad no tengo tiempo suficiente para revisar el y editar el artículo. Por último, tampoco voy a discutir...con una IP ;). Honestamente disiento totalmente con lo que usted dice y pienso que el artículo es un poco tendencioso...pero "pa'l otro lado". Si bien tengo una postura personal definida, admito que este es un tema muy polémico y que la wikipedia debe intentar ser lo mas neutral posible. Y que la mayoría de las ediciones deberían ser consensuadas en las respectivas páginas de discusión. --Ojota (discusión) 00:11 19 abr 2018 (UTC)[responder]

¿Podrías citar cuáles son los aspectos que considera no neutrales? Ya que yo siento lo opuesto, es evidente su esencia pro-abortista. De forma, podríamos encarar los puntos a modificar que considere pertinentes más todos los previamente citados (y todos aquellos que aún no hayan sido mencionados). Tenan, ¿sos moderador? ¿Tenés el tiempo y las ganas de ocuparte de este artículo para hacerlo más justo y neutral? Yo quedo a tu disposición para cualquier cosa que necesites. Saludos.— El comentario anterior sin firmar es obra de 190.31.12.14 (disc.contribsbloq). 22:52 18 abr 2018‎ --Ojota (discusión) 03:01 19 abr 2018 (UTC)[responder]

Primero, no existen los "moderadores" en Wikipedia: a lo sumo, existen "bibliotecarios" que es algo parecido (pero no igual). Segundo, hay muchas cosas en el artículo que cambiaría: empezando por no fuentes de dudosa objetividad, como artículos de AICA, por ejemplo...pero bueno, si permitimos los artículos de AICA no veo por que no podemos citar como fuente a "La Izquierda Diario". Lo mismo corre para periódicos de tirada nacional: se sabe que "La Nación" tiene una línea editorial conservadora y anti-abortista, mientras que "Página/12" es mas bien lo contrario ¿que hacemos? ¿permitimos ambos...o ninguno? Por último, vos y yo podemos tener una postura al respecto, pero Wikipedia no puede tener una postura dada la política de "punto de vista neutral": en muchos casos que vos decís, está hecho para garantizar esta neutralidad.
Por ejemplo, a vos te molesta que aclare que los grupos "pro-vida" se "autodenominan" así...pues bien, yo creo que la denominación "pro-vida" (así, "a secas") NO ES NEUTRAL, ya que implicaría tratar a los no-"pro-vida" de "pro-muerte". Ergo, sólo se dá a entender que ELLOS se hacen llamar "pro-vida". No sé si se entiende...este es un tema muy complicado del que NO HAY CONSENSO (y que seguramente no lo haya en mucho tiempo), asi que si bien cuesta muchísimo escribir un artículo neutral, creo que hay que intentarlo. Y, si eventualmente, la Wikipedia te parece demasiado "abortista", te recomiendo esta "enciclopedia" online ;) --Ojota (discusión) 03:01 19 abr 2018 (UTC)[responder]

No entiendo, por un lado das una cátedra de la diferencia entre "moderador" y "bibliotecario", para terminar diciendo que es básicamente lo mismo. Das un millón de vueltas sin decir nada (más que poner en evidencia tu sesgo abortista), ya que tus argumentos no son claros. Inclusive, hasta acosenjás cambiar de fuente a una de "extrema derecha" (es como que yo te insultara diciéndote zurdo, comunista o lo que fuera, fundado en absolutamente nada). Si no tenías tiempo antes, tampoco ahora. Por favor, dejá que un moderador (o bibliotecario, como más te guste) se encargue de evaluar lo señalado de forma imparcial, pero más que nada, con altura y respeto. Saludos.— El comentario anterior sin firmar es obra de 181.9.122.102 (disc.contribsbloq). Mr. Moonlight (Tiene la palabra) 13:26 19 abr 2018 (UTC)[responder]

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Riesgo de actualismo en cambio de datos: esperar a las votaciones...[editar]

Como se está en pleno debate, hay el riesgo de que se cambien continuamente los datos sin fijarse en las fuentes usadas. Hace algunos minutos se cambiaron datos de posibles votantes sin cambiar la fuente usada (que quizá tenía otros datos, los borrados y actualizados). ¿No se podría proceder con más calma y esperando los resultados de las votaciones? Poner lo que se piensa que van a votar en el congreso según fuentes que cambian cada día es excesivo. Basta con esperar un poco para las votaciones reales...--Tenan (discusión) 16:05 13 jun 2018 (UTC)[responder]

Buenas. La fuente es una planilla actualizable y que va cambiando, por eso modifique los datos. Igual si, es mejor esperar a la votación. Aproveche para modificarla porque tenia había cambiado y tenia más cosas que poner. Saludos. Verent (discusión)

Persona gestante.[editar]

Buenas. Creo que es mejor que se use en el articulo el persona gestante también. El mismo proyecto de ley dice "derecho de las mujeres o personas gestantes", la pagina de diputados usa esas palabras en varias oportunidades. Creo que hay que recordar que las personas trans pueden embarazarse, es algo que pienso debería estar en la pagina, imitando lo que sucede en la ley o en diputados. Saludos. Verent (discusión)

Claramente en las citas directas hay que dejar lo que digan las fuentes. En las palabras "propias" del artículo, corresponde el término adecuado persona gestante pues no toda mujer tiene capacidad de gestar y no sólo las mujeres tienen esa capacidad.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 07:34 15 jun 2018 (UTC)[responder]
Hay que mantener el término usado de modo común. Si una fuente usa "persona gestante" se puede usar ese término según la fuente lo usa. Así, si la fuente dice "mujeres o personas gestantes" se pondrían los dos términos. En el resto de la voz, lo mejor es usar la terminología común.--Tenan (discusión) 08:24 15 jun 2018 (UTC)[responder]
Ya hay dos usuarios que marcaron que el término correspondiente es el de persona gestante. ¿Cuál sería la razón para no incluir a los trans en nuestro artículo? Que a Tenan le parece que hay que usar el término común, pues no. Así no funciona.
El término correspondiente es persona gestante y ya se dieron las razones por las cuales utilizarlo. Que el término más común sea un término erróneo no nos juega a nuestro favor.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 15:11 15 jun 2018 (UTC)[responder]
Mientras se discute no se cambia. Es un detalle de etiqueta. Y las razones para no usarlo: no es término común, no aparece en diversas fuentes usadas.--Tenan (discusión) 16:23 15 jun 2018 (UTC)[responder]
Lamento la última reversión. Espero que la denuncia sirva para aclarar que se respeta la terminología común, la que usan las fuentes, y que mientras se discute no se cambian las cosas, sino que se dejan como estaban antes de iniciar el contraste...--Tenan (discusión) 16:44 15 jun 2018 (UTC)[responder]
@Tenan: no está en discusión, vos te estás rehusando, que es diferente.
Que es un término común y el apropiado ya lo han demostrado las fuentes.
Si hay fuentes anteriores que se refieren a los cuerpos gestantes de otra manera, no hay razón para que wikipedia tenga que atrasar. Más cuando no se trata de citas, sino del propio texto del artículo. Un sólo usuario no es suficiente para mantener un artículo que discrimine.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 16:46 15 jun 2018 (UTC)[responder]
Está en discusión, y ya se dieron argumentos (no necesitamos repetirlos)... Para eso es esta página... Ya avisé al panel de bibliotecarios, visto que Ud. no lo hizo aunque en el resumen de edición dijo que lo haría. Así le ahorro trabajo.--Tenan (discusión) 16:51 15 jun 2018 (UTC)[responder]
El término «persona gestante» debería usarse porque las personas trans también pueden gestar y porque el proyecto de ley se refiere a «mujeres y personas gestantes», sin embargo con la modificación, el texto del artículo que citaré a continuación difiere de la referencia: (las negritas son mías)
En el año 2016 un informe de la Dirección de Estadísticas e Información en Salud, dependiente del Ministerio de Salud, arrojó la cifra de 43 muertes de personas gestantes en ese año debido a todos los tipos de aborto, siendo la principal causa de mortalidad materna en el país según funcionarios, distintos medios y la Sociedad Argentina de Medicina.
Después de la modificación de EMans
En el año 2016 un informe de la Dirección de Estadísticas e Información en Salud, dependiente del Ministerio de Salud, arrojó la cifra de 43 muertes de mujeres en ese año debido a todos los tipos de aborto, siendo la principal causa de mortalidad materna en el país según funcionarios, distintos medios y la Sociedad Argentina de Medicina
Antes de la modificación de EMans
Y la referencia señala expresamente lo siguiente:
De acuerdo con el anuario del Ministerio de Salud de la Nación, en 2016 (último dato oficial disponible) murieron 245 mujeres embarazadas por distintas causas. De este total, el 17,6% (43 defunciones) fueron muertes por un “embarazo terminado en aborto” y esto ubica al aborto como la principal causa individual de la mortalidad materna en nuestro país.
En este caso, en el texto que cité, el término mujeres debería mantenerse. Saludos. --Miaow 18:11 15 jun 2018 (UTC)[responder]
En casos como los citados por @Miaow: esta bien dejar mujeres, porque asi dicen las fuentes con estadisticas. Y creo que en lo referentes a fuentes que hablan de la ley sería mejor usar "mujeres o cuerpo gestante", es más largo pero creo que lo que corresponde. Saludos. Verent (discusión)
En el caso mencionado, no me opongo a volver atrás con el cambio de término. Aunque tengamos en cuenta que en documentos estadísticos no siempre están considerando a las personas trans, como en este caso. Entonces, podemos inferir que se trata de mujeres en sentido biológico y no como género. Sin embargo, para evitar todo ese engorro, podemos bien utilizar el término mujeres como utiliza la fuente.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 15:51 16 jun 2018 (UTC)[responder]
Hice un cambio considerando que correspondía a lo aquí acordado, en concreto, copio esto: "En casos como los citados por @Miaow: esta bien dejar mujeres, porque asi dicen las fuente". Es decir, en esos casos (se menciona uno, pero hay otros), lo normal sería respetar la terminología. Veo que se me acusa de ir contra esto...--Tenan (discusión) 13:14 18 jun 2018 (UTC)[responder]
@Tenan: Miaow citó un caso particular y claramente expresó "en este caso, en el texto que cité" y se acordó en base a eso.
Si vos querés que haya otra excepción lo mejor es manifestarlo aquí.
Por lo pronto, la diferencia entre lo que vos intentaste cambiar es que no habla de una estadística (que bien podría no incluir a personas trans) sino del texto de una ley que seguro las incluye.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 14:43 18 jun 2018 (UTC)[responder]
Estábamos en un caso como el mencionado por Miaow, y se aceptó la idea de que "en casos como los citados por Miaow esta bien dejar mujeres" (le cito a Ud...). Vamos por partes. Al inicio de todo se cita la sentencia de 2012. En tal sentencia se habla de mujeres, no de "cualquier persona con capacidad de gestar". Ver https://www.lanacion.com.ar/1456233-fallo-historico-la-corte-eximio-de-pena-a-las-mujeres-violadas-que-aborten ¿Se puede poner mujeres allí?--Tenan (discusión) 16:06 18 jun 2018 (UTC)[responder]
Estoy de acuerdo. En la fuente se menciona 5 veces los términos «mujer» o su plural «mujeres», y en ningún caso se habla de «persona gestante», ni de «gestar», ni de «gestación». --Gabriel (discusión) 16:44 18 jun 2018 (UTC)[responder]
@Tenan: voy a presumir buena fe y sugerir que lo tuyo no son las citas. En principi, no me estás citando a mí, sino a Verent y dejando afuera una parte de sus dichos:
En casos como los citados por Miaow esta bien dejar mujeres, porque asi dicen las fuentes con estadisticas. Y creo que en lo referentes a fuentes que hablan de la ley sería mejor usar "mujeres o cuerpo gestante", es más largo pero creo que lo que corresponde. Saludos.
Obviamente lo resaltados son míos. Siendo que tanto Miaow como yo hablamos de un caso puntual, como mucho, podés hablar de un acuerdo con respecto a las fuentes estadísticas de respetar el término "mujeres". Lamentablemente, una sentencia de la corte suprema no es una fuente estadística. Por lo tanto, no hay de ninguna manera puede establecerse que eso entraría en lo acordado aquí.
@Gabriel Sozzi: también voy a presumir buena fe y asumir que su repentina participación en esta discusión no tiene ningún tipo de relación con esto. Claramente no ha leído las intervenciones hasta ahora, el tema no es cómo se refieran las fuentes a los casos sino cuál es el término correcto.
El caso es igual que cuando ponemos "idiota o demente" en el artículo: está con cita directa (ya que no se trata de el término que usuaríamos en la actualidad) y si lo ponemos como cita indirecta cambiaríamos esos términos. Entonces quedan dos posibilidades o poner el término mujer siempre como cita directa de como está en la fuente o utilizamos el término apropiado.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 17:15 18 jun 2018 (UTC)[responder]
Pido perdón por el error, efectivamente era Verent. Sobre cuál sea el término apropiado, ¿hay alguna fuente que diga que al hablar del aborto hay que preferir usar "persona gestante" y no usar el término "mujer"? Y lo de las estadísticas es un caso, pero un caso similar es respetar la terminología usada por sentencias jurídicas o en informaciones. Por lo mismo, el respeto de tal terminología es pertinente al aludir a lo dicho por una sentencia o información del pasado, también en citaciones indirectas (¿o es política de Wikipedia cambiar las palabras técnicas usadas en citaciones indirectas?).--Tenan (discusión) 06:20 19 jun 2018 (UTC)[responder]

Buenas. Me metó para decir que el uso de persona gestante o algun termino similar es importante para que esten incluidas las personas que no son mujeres pero pueden llevar adelante un embarazo. Citó: Según Natalia Gherardi, directora ejecutiva del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), “es una manera de honrar los derechos humanos de todas las personas, de que las diversas identidades de género se sientan incluidas”. (https://www.clarin.com/sociedad/aborto-proyecto-refiere-mujeres-personas-gestantes_0_B1cNbapxX.html). De ahi mi apoyo a usar lenguaje inclusivo. Es lo que corresponde con la realidad de todos. Hay que reconocer todas las maternidades. Es algo que el propio proyecto de ley que se esta tratando ahora en el Congreso reconoce. Saludos.Verent (Verent)

Verent, la fuente que Ud. cita indica que a "mujeres" se ha unido la expresión "personas gestantes". No dice que solo se use la expresión "personas gestantes" y se omita "mujeres". EMars está quitando en algunos lugares "mujeres" para poner solo "personas gestantes", y no está de acuerdo con esa fuente ni con la ley aprobada. Por lo mismo, hay que respetar la terminología de las fuentes. Ojalá eso se pueda implementar.--Tenan (discusión) 16:07 19 jun 2018 (UTC)[responder]
Es importante el término según quien lo defiende, y por eso se puede poner cuando las referencias o los momentos históricos lo usen. No se trata, por lo tanto, de excluirlo, sino de usarlo, como en la cita aquí puesta por Vernet que defiende la oportunidad de tal uso en la ley recién aprobada. Pero si el término aparece en otras sentencias y leyes, conviene respetar el resumen de tales sentencias y leyes en la terminología que usan.--Tenan (discusión) 06:37 19 jun 2018 (UTC)[responder]
Al margen, un favor o pregunta. No sé por qué no aparece la fecha en algunas intervenciones de Verent, pues suele ser útil que aparezca la fecha. Solo es un detalle técnico.--Tenan (discusión) 06:37 19 jun 2018 (UTC)[responder]

@Usuario: EMans: Hizo usted muy bien en «presumir buena fe», puesto que mi «repentina aparición por este artículo», tal su frase, data del 6 de septiembre de 2013, además de otras intervenciones posteriores. Y dicho sea de paso, me enteré de la escalada en este hilo por correspondencia personal por e-mail con Maragm (con quien me une el afecto que sentíamos por Halfdrag), bastante antes que por Tenan, siendo que no estoy editando con mucha frecuencia en Wikipedia en estos días. De todo lo anterior guardo pruebas en mi correo electrónico personal, a disposición de Wikipedia.

A su oración: «Claramente no ha leído las intervenciones hasta ahora, el tema no es cómo se refieran las fuentes a los casos sino cuál es el término correcto», respondo que he leído las intervenciones realizadas hasta ahora, y que para mí el término «mujer» no ha dejado de ser un «término correcto». Eso no significa excluir la utilización de la expresión «persona gestante» en el artículo, ni desconocer otras identidades sexuales y de género. Pero no considero que se deba proceder al mero reemplazo del término «mujer» por la expresión «persona gestante». El uso de fuentes que fueron redactadas por sus autores con una dada terminología, pero cuyo lenguaje resulta mutado por el wikipedista actuante por considerar impropio o desactualizado el original, pone en tela de juicio la política de fuentes de Wikipedia. ¿Qué pasa si el autor de la fuente no estuviere de acuerdo con la modificación operada en la terminología que él usó? Porque una referencia debe reflejar el pensamiento de su autor de origen, y no el pensamiento del wikipedista que está editando, por más acreditado y sabio que el wikipedista pueda parecer (WP:NFP). Gabriel (discusión) 11:19 19 jun 2018 (UTC)[responder]

@Tenan: en cuanto a la firma de Verent, tiene que ver con utilizar "~~~" en vez de "~~~~" al firmar, ni más ni menos que eso, si bien es útil la fecha no es obligatoria, ya que existe el historial.
En cuanto a las diferencias entre una estadística y un texto jurídico o legal, es sobre todo en lo que se suele llamar tecnicismo. Si bien los textos legales hablan de mujeres están incluyendo a toda persona con capacidad de gestar (como por ejemplo, los varones trans) (Es innegable que tienen ese derecho y están amparadas tanto en el código penal como en la sentencia FAL), y si se cambia el término no cambia el resultado. En cambio lo mismo no nos es posible asegurar en cuanto a las estadísticas, ya que no sabemos en qué categoría o métrica han incluido a las personas con capacidad de gestar sólo podemos hablar de mujeres.
Por otro lado, te recuerdo que tanto mujer como persona gestante o persona con capacidad de gestar no son "palabras técnicas". Más bien todo lo contrario, apuntaría.
En cuanto a las referencias, ya te proveyó Verent, pero si deseas puedo proporcionar la cantidad que desees.
@Gabriel Sozzi: entonces sí su intervención proviene de proselitismo, tan sólo que no es del usuario que yo nombré. Gracias por aclararlo.
En cuanto al "término correcto" parar referirse a las personas que pueden quedarse embarazadas es innegablemente personas con capacidad de gestar. Ya que el término "mujer" deja afuera a un rango de personas que tienen la capacidad de gestar pero no son "mujeres", por ejemplo los varones trans. De eso no hay ninguna duda.
Vuelvo a presentar el mismo ejemplo, en el artículo cuando hablamos de "idiota o demente", lo ponemos con una cita directa y me encontraría muy en contra de ponerlo como una cita indirecta, ya que sí, actualmente es un término inadecuado. Entonces, no hay ninguna razón en el artículo para utilizar mujer cuando el término apropiado (actualmente) es persona con capacidad de gestar.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 12:49 19 jun 2018 (UTC)[responder]

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@Usuario: EMans: Su frase que dice: «su intervención proviene de proselitismo» es falsa de toda falsedad, y la considero un ataque personal, una presunción de su parte (que ni siquiera conoce los mensajes cursados por mí y por otros, ni las circunstancias o los términos en los que se cursaron), y una descalificación gratuita. Proselitismo es «la solicitud excesiva de opiniones de otros wikipedistas en sus páginas de discusión». A mí, nadie me pidió que participara en esta página, ni en ninguna página ni discusión. Participo donde me place y porque me place, y no acepto que otros se arroguen la potestad de decirme dónde debo editar y dónde no, al igual que no acepto que usted se arrogue la potestad de descalificarme sin más. --Gabriel (discusión) 14:41 19 jun 2018 (UTC)[responder]

Creo que lo mejor, para evitar más discusiones ahora y a futuro, es usar "mujer o persona gestante", todo así. Es más largo pero creo que es un punto donde todos podemos concordar.Verent (discusión) 01:32 20 jun 2018 (UTC)[responder]

Dictamen tratado en el plenario[editar]

El texto copiado en 3.1 Dictamen no es el correcto.

https://www.infobae.com/politica/2018/06/07/despenalizacion-del-aborto-los-cambios-que-le-harian-al-proyecto-para-sumar-consenso/

Si después de un tiempo prudencial nadie se toma el trabajo, lo corregiré yo, así puedo ganar las discusiones en paz.

User:Ejrrjs says ¿Queloquedecís? 11:19 15 jun 2018 (UTC)[responder]

Infobae modificó el texto pero La Nación o El Día no, que son las otras fuentes usadas. Y más allá de eso, lo del dictamen esta bien: se obtuvo el mismo en Diputados con 64 votos a favor y 57 en contra. Lo dicen otras fuentes usadas, como dije antes. No hay necesidad de cambiar nada. Saludos. Verent (discusión)
Si no es difícil, ¿es posible que conste la fecha de su intervención de Verent? A veces es útil cuando se archivas hilos de discusión. Gracias.--Tenan (discusión) 13:24 18 jun 2018 (UTC)[responder]

Introducción errónea[editar]

El artículo comienza diciendo: El aborto en Argentina, entendido como interrupción voluntaria del embarazo o aborto inducido, es un delito descrito en el Código Penal. Asimismo, dicho código establece casos especiales de aborto como aborto no punible. Pero eso es erróneo, ya que se trata por un sistema de aborto legal por causales. Propongo cambiarlo por:

El aborto en Argentina, entendido como interrupción voluntaria del embarazo o aborto inducido, es legal en ciertas causales y, por fuera de estas, es un delito descrito en el Código Penal.


Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 17:19 18 jun 2018 (UTC)[responder]

En esta no acuerdo, es ilegal y no punible en ciertas ocasiones que no son claras ni iguales en todo el territorio. Además considerando la situación actual me parece que lo más prudente es esperar. Mr. Moonlight (Tiene la palabra) 12:52 19 jun 2018 (UTC)[responder]

Imagen de la legislación del mundo[editar]

En el artículo nos encontramos con lo siguiente:

     No punible si se realiza antes de un plazo establecido.      No punible en casos de peligro para la vida y/o salud física o mental de la madre, violación, defectos en el feto o factores socioeconómicos.      No punible en casos de peligro para la vida y/o salud física o mental de la madre, violación o defectos en el feto.      No punible en casos de peligro para vida y/o salud física o mental de la madre o violación.      No punible en casos de peligro vida y/o salud física y/o mental de la madre.      No punible en caso de riesgo vital de la madre.      Ilegal en todos los casos.      No hay información.

En cambio en el artículo de donde sale, Legislación sobre la práctica del aborto en el mundo, vemos que la imagen tiene esta nota:

     Legal bajo cualquier circunstancia dentro de plazos establecidos.      Legal en casos de riesgo para la vida de la madre y/o de salud física o mental, violación, inviabilidad fetal y factores socioeconómicos.      Legal en casos de riesgo para la vida de la madre y/o de salud física o mental, violación e inviabilidad fetal.      Legal en casos de riesgo para la vida de la madre y/o de salud física o mental y violación.      Legal en casos de riesgo para la vida de la madre y/o de salud física o mental.      Legal en casos de riesgo para la vida de la madre.      Ilegal sin excepciones.      No hay información. Nota: En la mayoría de los países y supuestos citados, la intervención ha de efectuarse antes de plazos establecidos.

Propongo volver a la nota original (ya que se trata de la más apropiada, ya que se usa el termino legal o no legal, en vez de no punible e ilegal. Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 17:32 18 jun 2018 (UTC)[responder]

A favor A favor Mr. Moonlight (Tiene la palabra) 12:50 19 jun 2018 (UTC)[responder]

Pañuelazo mundial[editar]

Un saludo. Esa sección nueva es para wikinews... Para incluir lo que pasó en este punto, mejor escoger fuentes que analizan la relevancia del hecho, poner la fecha concreta del mismo, e iría en la zona de apoyos internacionales. Habría que quitarla por ahora.--Tenan (discusión) 17:33 9 ago 2018 (UTC)[responder]

Agrege esa información porque considero que es importante poner las manifestaciones que hubo, como en el resto de la sección. Además así quedan 5 de ambos lados, me pareció algo bueno por neutralidad. Verent (discusión) 18:46 9 ago 2018 (UTC)[responder]
No sé si lo de "ambos lados" significa a favor o en contra, pues la sección es de manifestaciones a favor del proyecto de ley. No hay fecha indicada. Y se corre el riesgo de actualismo. Para noticias así, existe wikinews. Para una voz, lo mejor es recoger análisis que evalúan la relevancia de los hechos después de que han ocurrido.--Tenan (discusión) 09:07 10 ago 2018 (UTC)[responder]
@Tenan: Entiendo que se refiere a igualar la cantidad de información sobre las manifestaciones a favor y en contra. Estoy a favor de evitar llenar el artículo de eventos de una sola postura. -- Gastón Cuello (discusión) 16:19 10 ago 2018 (UTC)[responder]

Propuesta de actualización y de separación del artículo[editar]

Cuando participé aquí, hace poquito más de un mes, me recomendaron esperar a ver qué sucedía con el proyecto de ley IVE para ponerme manos a la obra con este artículo. Bueno, ya ha pasado así que aquí voy:

  • El artículo se encuentra con errores graves en su redacción. Por ejemplo, no mencionar que es legal por causales desde 1921 en la introducción. Por lo que iré realizando aquí propuestas de redacción para ir considerando entre todos.
  • Por otro lado, es un artículo largo que entra en cuestiones que no debería, mucho de esto debido a que se trata en extensiva de lo que sucedió en este año con el proyecto de ley. Por eso propongo, separar este artículo y crear uno de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) donde quedarían los temas sobre el proyecto de ley de este año, y se le pueden agregar los antecedentes de los años anteriores donde hubo hitos muy importantes que no se mencionan aquí. Por ejemplo, en 2012 el ministro de salud de la nación firmó el proyecto de ley, que igual no se trató.

Espero opiniones, saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 09:51 10 ago 2018 (UTC)[responder]

✓ Adelante, es correcto que tenga un artículo propio. Tiene notoriedad propia y seguro que fuentes no le faltan. MiguelAlanCS >>> 13:55 10 ago 2018 (UTC)[responder]
A favor A favor -- Gastón Cuello (discusión) 16:17 10 ago 2018 (UTC)[responder]
A favor A favor Lo que paso este año ya merece un articulo propio. Acá dejaría un par de párrafos hablando al respecto en la parte de historia, como un subtitulo nuevo y con un link a ese articulo nuevo, obviamente. Lo haría por mi parte pero desconozco como se crean nuevos articulos. Saludos. Verent (discusión) 18:42 10 ago 2018 (UTC)[responder]
Propuesta de nueva estructura del artículo
  1. Estatus legal
  2. Historia de la legislación del aborto
    1. Antecedentes
    2. Década de 1820
    3. Décadas de 1960 y 1970
    4. Retorno de la democracia
    5. Opiniones de organizaciones supranacionales
  3. Guías y protocolos para la realización de abortos no punible
  4. Situación en las provincias
  5. Estadísticas
  6. Véase también
  7. Referencias

En esta propuestas desaparecerías los apartados de "Casos emblemáticos" (incorporados, si fuesen relevantes, al texto de la historia o de las situaciones de las provincias), y los de "Organizaciones contrarias al derecho al aborto" y "Organizaciones a favor del derecho al aborto".
Los apartados "Tratamiento legislativo de 2018", "Manifestaciones y movilizaciones" y parte de "Organizaciones contrarias al derecho al aborto" y "Organizaciones a favor del derecho al aborto" serían trasladados al de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). De esta manera, nos centramos en la práctica y legislación del aborto en el país, y menos en las opiniones y datos circunstanciales.
Espero opiniones, saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 01:20 11 ago 2018 (UTC)[responder]

A favor A favor Yo acabo de hacer algunos enlaces internos. -- Gastón Cuello (discusión) 01:46 11 ago 2018 (UTC)[responder]

Estatus legal[editar]

Propongo:

  • Quitar el párrafo sobre la incorporación del Pacto de San José de Costa Rica y la interpretación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Poco tiene que ver con el estatus legal en argentina, de no encontrarse, se trasladará a "Opiniones de organizaciones internacionales" y a la historia de la legislación sobre el aborto.
  • Agregar a continuación del párrafo (el texto es perfectible, más cuando lo realizo yo, si encuentran algo para mejorar, trabajar sobre la cita):
Desde 2010, a partir de una sentencia de la Corte Suprema se utiliza una interpretación amplia del código civil, terminando con la visión de que sólo se aplica respecto de la víctima de una violación que poseyera alguna discapacidad mental. A partir del mismo se crearon varios protocolos para la realización de abortos no punibles que enumeran las causales por las cuales es posible realizar y los requisitos que se pueden solicitar a la persona gestante. La incorporación de los protocolos ha sido despareja en las diferentes provincias.
  • Como una opción también se podría llevar el texto completo de los artículos a las notas. No agrega mucha información, se encuentran resumidos sus puntos centrales en el párrafo anterior y es información que amplía este punto, pero no es necesaria en el texto del artículo. Pero sí como nota al pie.
Como siempre, espero opiniones.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 02:07 11 ago 2018 (UTC)[responder]
1) Buenas. Sobre el Pacto de San José de Costa Rica creo que es importante que este, porque el mismo no contradice al aborto y es un error muy común de leer, así queda claro. Lo mismo con lo de la interpretación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, creo que es información que tiene que estar. Más adelante, pero tiene que estar presente por fuera de "Opiniones de organizaciones internacionales" porque la CIDH no es lo mismo que HRW o Amnistía.
2) Esta perfecto.
3) No entiendo esta parte. Saludos. Verent (discusión) 03:06 11 ago 2018 (UTC)[responder]
Gracias por el comentario, lo expresé mal y ahora lo corregiré, la idea no es poner las opiniones de organizaciones internacionales, sino supranacionales: ONU, CIDH, G20, etc. Las opiniones de organizaciones internacionales (como AI, HRW, o Organización Mundial para la Juventud) no estoy seguro si corresponden, pero sí seguro que no en el mismo apartado.
Lo que propongo es poner el texto del Código Penal en las notas y no en el texto del artículo.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 13:20 11 ago 2018 (UTC)[responder]
Entendido. Si, me parece bien. Todo lo que sea para que quede más claro y entendible el articulo me parece bien. Lo del texto del Código Penal en notas y no en el texto del artículo siendo sincero no sé que pensar, no es muy largo pero ni idea que se tiende a hacer en otros articulos similares por ejemplos. Saludos. Verent (discusión) 04:59 12 ago 2018 (UTC)[responder]

Historia de la legislación del aborto[editar]

===Primer Código Penal===

En 1886 se sanciona el primer Código Penal de Argentina, en el que se penalizaba el aborto en todos los casos.

En 1903, el código fue reformado por primera vez y se estableció que los casos de tentativa de aborto no sean punibles.

Legalización de causales

En 1921 se reforma por segunda vez, y se introdujeron los casos en los que el aborto era legal: si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente

La Comisión de Códigos del Senado que aprobó el nuevo código estaba integrada por los legisladores Joaquín V. González, Enrique del Valle Iberlucea y Pedro Garro. Esta comisión explicó que, en lo concerniente al aborto, se basó en el texto del anteproyecto penal suizo de 1916. También entendió que la no punibilidad del aborto terapéutico no necesitaba explicación; mientras que, para los casos de atentado contra el pudor sobre mujeres con discapacidad mental, se justificó con la siguiente cita del abogado y político español Luis Jiménez de Asúa referida al anteproyecto suizo: "Es la primera vez que una legislación va a atreverse a legitimar el aborto con un fin eugenésico, para evitar que de una mujer idiota o enajenada, o de un incesto, nazca un ser anormal o degenerado". Si bien el texto helvético hacía mención al caso del incesto, este quedó excluido del código argentino.}

A pesar de estas modificaciones, las mujeres no accedieron con facilidad a los abortos legales. Los argumentos médicos y jurídicos se circunscribían a la versión criminalizadora del aborto, aquella que esgrime la defensa de la vida desde el momento de la concepción.[1]​ En la década de 1920, los abortos debido a infecciones tuberculosas generaron una gran discusión en los médicos de la época.[2]

En mediados de 1930, Juan B. González, profesor de Clínica Obstetricia de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, asesoró al Ministro de Gobierno de la provincia de Córdoba a propósito de la introducción del aborto médico en las leyes provinciales.[2]

Décadas de 1960 y 1970

En 1968, durante el dictadura militar autodenominada Revolución Argentina, comandada por Juan Carlos Onganía, se crea el Decreto Ley Nº 17.567. En el mismo se establecía la excepción si el peligro para la vida o la salud de la mujer o persona gestante fuere grave; o en cualquier caso de violación, siempre que este estuviere judicializado, y con el consentimiento de un representante legal si la mujer o persona gestante fuere menor, idiota o demente.

Tras la llegada de la democracia en 1973, estas modificaciones fueron dejadas sin efecto a través de la sanción de la Ley Nº 20.509, que aplicaba a todas las leyes creadas por la dictadura militar.

En el año 1976, durante la dictadura militar autodenominada Proceso de Reorganización Nacional, se sanciona el Decreto Ley Nº 21.338, se reincorpora las modificaciones realizadas en el Decreto Ley de la Revolución Argentina.

Regreso de la democracia

En 1984, ya en democracia bajo la presidencia de Raúl Alfonsín, se sanciona la Ley Nº 23.077, que retrotrae nuevamente la situación a lo sancionado en 1921.

Durante los años previos a la década de los ‘80, las resoluciones sobre los procesos de aborto no punible quedaban en gran parte tuteladas por los criterios de los profesionales médicos intervinientes en el caso clínico.[1]

En 1995 se autorizó el primer aborto no punible por anencefalia fetal en la justicia de nuestro país.[1]

En 1998, luego de una entrevista con el papa Juan Pablo II en la Ciudad del Vaticano, Carlos Menem creó un decreto que declaró el 25 de marzo el Día del Niño por Nacer en la Argentina. Durante la primera celebración, en 1999, el presidente afirmó que "la Argentina ha colocado entre las prioridades de su política exterior, una firme y decidida acción en defensa de la vida". En este contexto fue que Zulema Yoma, ex esposa del presidente, decidió contar en una entrevista que se realizó un aborto con el apoyo de Carlos Menem.

En 1988, se constituye la Comisión por el Derecho (Codeab) al aborto en Argentina a favor de la legalización del aborto, sacando una solicitada en un diario y publicando "Nuevos aportes sobre el aborto".[3][1]

En 2001 la Corte Suprema de Justicia autorizó el aborto de un embarazo anencefálico, aunque presentándolo como «un fallo "a favor de la vida" y que no es un caso de aborto, ni de aborto eugenésico, ni de una suerte de eutanasia».[4]

En el año 2002, la Corte Suprema de Justicia falló a favor de la asociación civil antiaborto Portal de Belén, que había denunciado al Ministerio de Salud de la Nación por autorizar el uso del fármaco Inmediat, una pastilla del día después. El fallo consistió en la prohibición de una marca y no de la fórmula o de los principios activos empleados en la elaboración de los anticonceptivos de emergencia.

La doctrina antiaborto estricta de la Corte Suprema de Justicia argentina cambió con la incorporación en 2004 de la jueza Carmen Argibay con una posición a favor de la despenalización del aborto.​

El 9 de mayo de 2004 el Ministro de Salud nacional Ginés González García impartió directivas a todos los hospitales del país para que las mujeres que ingresaran por complicaciones de aborto fueran tratadas con confidencialidad, recibieran contención sin prejuicios y egresaran con un anticonceptivo entregado.[5]

El 28 de mayo de 2005, coincidente con el Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, se lanzó la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, que al momento de su conformación estaba integrada por 70 organizaciones de todo el país.[6]

En julio de 2006, el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos dio a conocer una propuesta de reforma del Código Penal de la Nación que estipulaba considerar “no punible a la mujer cuando el aborto se practicare con su consentimiento y dentro de los tres meses desde la concepción, siempre que las circunstancias lo hicieran excusable”. Este anteproyecto, el único desarrollado en el seno del Poder Ejecutivo Nacional con una propuesta legislativa, nunca llegó a ser tratado en el Congreso debido a que poco después de su presentación fue “retirado” de escena.[7]

En el año 2007, se presenta por primera vez el proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), donde se establece principalmente la despenalización y legalización del aborto voluntario, es decir, por decisión de la mujer hasta las 12 semanas de gestación y, fuera de este plazo, en los casos de violación, cuando está en riesgo la salud o la vida de la mujer y si existieran malformaciones fetales graves.[5]

Sentencia F.A.L.

En 2012, la Corte Suprema falló sobre el caso FAL, una chica de 15 años que había sido violada por su padrastro, en el que interpretó que el artículo 86 del Código Penal de la Nación permitía el aborto en los casos de violación y de peligro para la salud o vida de la mujer o persona gestante.

El fallo, que confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Chubut, se dio una vez que el aborto ya había sido llevado a cabo y fue firmado por unanimidad y por el voto conjunto del Presidente de la Corte Lorenzetti , de la Vicepresidenta Highton de Nolasco y de los jueces Fayt, Maqueda y Zaffaroni, y por los votos individuales de los jueces Petracchi y Argibay. En el fallo se remarcó que era necesario el dictado de un pronunciamiento que pudiera servir de guía para la solución de futuros casos análogos y que estaba comprometida la responsabilidad internacional del Estado Argentino.

El fallo marcó tres reglas claras:

  • Que la Constitución y los tratados de derechos humanos no sólo no prohíben la realización de esta clase de abortos sino que, por el contrario, impiden castigarlos respecto de toda víctima de una violación en atención a los principios de igualdad, dignidad de las personas y de legalidad. De este modo, se puso fin a la incertidumbre relacionada con el alcance del artículo 86, inciso 2º, del Código Penal, en tanto algunas instancias judiciales han entendido que éste sólo se aplica respecto de la víctima de una violación que poseyera alguna discapacidad mental, criterio que llevaba a que la cuestión se judicializara a lo largo del país con resultados adversos y, en algunos casos, con riesgo a la realización del aborto o a la salud de la madre.
  • Que los médicos en ningún caso deben requerir autorización judicial para realizar esta clase de abortos, debiendo practicarlos requiriendo exclusivamente la declaración jurada de la víctima, o de su representante legal, en la que manifieste que el embarazo es la consecuencia de una violación.
  • Que los jueces tienen la obligación de garantizar derechos y su intervención no puede convertirse en un obstáculo para ejercerlos, por lo que deben abstenerse de judicializar el acceso a estas intervenciones, las que quedan exclusivamente reservadas a lo que decidan la paciente y su médico.

Finalmente, con el objeto de hacer efectivo lo decidido y asegurar los derechos de las víctimas de violencia sexual, exhortaron a las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a implementar y hacer operativos, mediante normas del más alto nivel, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos no punibles a los efectos de remover todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios médicos y a disponer un adecuado sistema que permita al personal sanitario ejercer su derecho de objeción de conciencia sin que ello se traduzca en derivaciones o demoras que comprometan la atención de la requirente del servicio.

Como consecuencia de este fallo se crearon varios protocolos para la realización de abortos no punibles que enumeran las causales por las cuales es posible realizar y los requisitos que se pueden solicitar a la persona gestante. Pero la incorporación de los protocolos ha sido despareja en las diferentes provincias.

Código Civil

El 1 de agosto de 2015 entró en vigencia en la Argentina un nuevo Código Civil y Comercial que en su artículo 19 afirma “que la existencia de la persona comienza con la concepción”. Este artículo fue cuestionado,​ porque puede poner límites a una posible discusión del aborto.​ Según Marisa Herrera, doctora en derecho e investigadora del CONICET que formó parte de la redacción del Código Civil y Comercial de la Nación, el aborto es compatible con el mismo.

Tratamiento legislativo de 2018

En 2018 se presentó por séptima vez el proyecto de ley de Interrupción Voluntario del Embarazo (IVE), con la firma de 71 diputados, y por primera vez fue tratado en el Poder Legislativo. El proyecto, en esta oportunidad, propuso el aborto como un derecho hasta la semana 14 (tercer mes de embarazo), y hasta el final del embarazo en tres causales (violación, peligro para la vida/salud física, psíquica y social de la madre, y malformaciones fetales graves), e incluye el aborto en el Programa Médico Obligatorio (PMO).

El 12 de junio el proyecto, con algunas modificaciones obtuvo dictamen en la Cámara de Diputados con 64 votos a favor y 57 en contra, luego de 15 sesiones expositivas y 690 oradores.[8]​ La sesión en la Cámara de Diputados se realizó el 13 de junio de 2018, con la presencia de marchas a favor y en contra alrededor del Congreso, con una presencia mayoritaria de las primeras. La sesión se prolongó por más de 23 horas y tuvo un solo ausent​e. Finalmente se aprobó la media sanción de la ley con 129 votos a favor, 125 en contra, 1 abstención.

El 1 de agosto el proyecto no consiguió dictamen en la Cámara de Senadores, luego de 7 sesiones expositivas y 143 oradores.[8]​ La sesión en el Senado se realizó el 8 de agosto, con la presencia también de marchas a favor y en contra alrededor del Congreso, con una presencia mayoritaria de las primeras, y como en la sesión en diputados fue mayor la presencia de los manifestantes a favor. La sesión se prolongó por 16 horas, y el proyecto de legalización del aborto fue rechazado con 38 votos en contra y 31 a favor, con 2 abstenciones y un ausente.

Opiniones de las organizaciones supranacionales

ONU

Durante su Examen Periódico Universal de 2014, Argentina se comprometió a considerar una serie de recomendaciones relativas al acceso de mujeres a derechos reproductivos en el país. Algunas de las recomendaciones fueron adoptar medidas para que ninguna mujer o niña sea sancionada penalmente por someterse a un aborto, promulgar leyes que reconocieran a las mujeres acceso legal a diversos servicios de salud reproductiva y garantizar el acceso al aborto legal en condiciones de igualdad en todo el país.

Comité de Derechos Humanos

El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en marzo de 2010, realizó un examen sobre la Argentina, en el cual expresó, en el párrafo 13, "su preocupación por la legislación restrictiva del aborto contenida en el artículo 86 del Código Penal, así como por la inconsistente interpretación por parte de los tribunales de las causales de no punibilidad contenidas en dicho artículo. (Artículos 3 y 6 del Pacto)" y se recomienda que "El Estado Parte debe modificar su legislación de forma que la misma ayude efectivamente a las mujeres a evitar embarazos no deseados y que estas no tengan que recurrir a abortos clandestinos que podrían poner en peligro sus vidas. El Estado debe igualmente adoptar medidas para la capacitación de jueces y personal de salud sobre el alcance del artículo 86 del Código Penal".

Asimismo, el borrador del comentario general del Comité de Derechos Humanos (CDH) sobre el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de 1996 dice: "Los Estados partes deben proporcionar acceso seguro al aborto para proteger la vida y la salud de las mujeres embarazadas, y en situaciones en las que llevar un embarazo a término causaría dolor o sufrimiento sustancial a la mujer. especialmente cuando el embarazo es el resultado de una violación o incesto o cuando el feto sufre un deterioro fatal ". Cuando el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) presentó sus preocupaciones, dijo que el CDH debería eliminar las palabras, "sobre todo cuando el embarazo es el resultado de una violación o incesto o cuando el feto sufre un impedimento fatal". No discutió el resto del pasaje.

Comité de los Derechos del Niño

El Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, en junio de ese mismo años, realizó su propio examen y le recomiendó al Estado, en el párrafo 59, que, entre otros puntos, "Adopte medidas urgentes para reducir la mortalidad materna relacionadas con el aborto, en particular velando por que la profesión médica conozca y practique el aborto no punible, especialmente en el caso de las niñas y mujeres víctimas de violación, sin intervención de los tribunales y a petición de ellas" y que "Enmiende el artículo 86 del Código Penal en el ámbito nacional para prevenir las disparidades en la legislación provincial vigente y en la nueva en lo que respecta al aborto legal".

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

En 2018, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ratificó la compatibilidad de la Convención Americana con los proyectos de despenalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, “no es admisible otorgar la condición de persona al embrión”. Luz Patricia Mejía, relatora de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, afirma que la Convención Americana sobre Derechos Humanos no es contrario al aborto, sino que "cuando la Convención dice que el derecho a la vida estará protegido a partir del momento de la concepción, se aclara que es 'en general'. Esto se hizo así para que los estados que en el momento de la sanción de la Convención tenían el aborto legalizado pudieran formar parte de la misma".

Corte Interamericana de Derechos Humanos

La Corte Interamericana de Derechos humanos, órgano encargado de interpretar la letra de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ha establecido que la legalización del aborto no la contradice.

En el año 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos zanjó las diferencias interpretativas en el fallo del caso "Artavia Murillo y otros ("fecundación in vitro") vs. Costa Rica", en el cual interpreta el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En el párrafo 185, se afirma que "hay concepciones que ven en los óvulos fecundados una vida humana plena. [...] Estas concepciones no pueden justificar que se otorgue prevalencia a cierto tipo de literatura científica al momento de interpretar el alcance del derecho a la vida consagrado en la Convención Americana de Derechos Humanos, pues ello implicaría imponer un tipo de creencias específicas a otras personas que no las comparten". Asimismo, en el párrafo 263, señala que "la Corte concluye que el objeto y fin de la cláusula 'en general' del artículo 4.1 de la Convención es la de permitir, según corresponda, un adecuado balance entre derechos e intereses en conflicto. En el caso que ocupa la atención de la Corte, basta señalar que dicho objeto y fin implica que no pueda alegarse la protección absoluta del embrión anulando otros derechos". En el siguiente párrafo indica que "es posible concluir de las palabras 'en general' que la protección del derecho a la vida con arreglo a dicha disposición no es absoluta, sino es gradual e incremental según su desarrollo, debido a que no constituye un deber absoluto e incondicional, sino que implica entender la procedencia de excepciones a la regla general".41​

En relación a este fallo, las juristas Aída Kemelmajer de Carlucci, Marisa Herrera y Eleonora Lamm han señalado la importancia de la decisión de la Corte Interamericana en el debate regional por la legalización del aborto: "Puede pensarse, entonces, que la máxima instancia judicial en la región ha dado luz verde para legalizar la interrupción del embarazo en América en un abanico mucho más amplio de casos."

G20

En 2018, en una reunión del Women 20 (W20), el Grupo de Afinidad vinculado al G20 (grupo de los siete de los países más industrializados y emergentes) dio al gobierno argentino distintas recomendaciones para lograr “una sociedad más sustentable, igualitaria y equitativa”, medidas que calificó como “el camino hacia el pleno desarrollo económico de las mujeres de la Argentina”, entre las que está "No criminalizar el aborto".

Referencias

(Nota: se referencian aquí únicamente las nuevas fuentes agregadas, las que se encuentran en el artículo no se trasladaron aquí para evitar sobrecargar la discusión)

  1. a b c d Cepeda, Agustina (2017). «Los abortos no punibles. Argumentos médico-jurídicos y bioéticos en la Argentina de fines del siglo XX». Descentrada (Universidad Nacional de La Plata - Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación) 1 (2). ISSN 2545-7284. Consultado el 13 de agosto de 2018. 
  2. a b Rodríguez, María Laura (2018). «Medicina, eugenesia y género: el aborto terapéutico en las mujeres con tuberculosis. Buenos Aires, 1920-1930». Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura 45 (1): 191-213. ISSN 0120-2456. Consultado el 13 de agosto de 2018. 
  3. Revista Anfibia. «Pioneras del aborto legal». http://www.revistaanfibia.com/. Consultado el 13 de agosto de 2018. 
  4. Ámbito financiero (12 de enero de 2001). «Un inédito fallo, la Corte autorizó a adelantar un parto». Consultado el 13 de agosto de 2018. 
  5. a b Rosenberg, Martha I.; Schvartzman, Elsa L. (Marzo de 2014). «La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. La lucha por el derecho al aborto: una deuda de la democracia». Voces en el Fénix. Consultado el 5 de abril de 2018. 
  6. Belucci, Mabel (27 de julio de 2011). «La campaña nacional por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito». Revista Herramienta. Consultado el 4 de abril de 2018. 
  7. Ramos, Silvina; Bergallo, Paola; Romero, Mariana; Feijoó, Jimena Arias. «El acceso al aborto permitido por la ley: un tema pendiente de la política de derechos humanos en la Argentina». Derechos Humanos en Argentina. Informe 2009 (Centro de Estudios Legales y Sociales): 451-491. ISBN 978-987-629-072-2. Consultado el 13 de agosto de 2018. 
  8. a b Cronista Comercial (8 de agosto de 2018). «Aborto: expositores, posiciones, costos y otros datos oficiales, los números del debate en el Congreso». Consultado el 13 de agosto de 2018. 

Como siempre digo: el texto es perfectible, más cuando lo realizo yo, si encuentran algo para mejorar, trabajar sobre la cita. Espero opiniones. Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 04:27 13 ago 2018 (UTC)[responder]

Buenas. Me parece muy buena la nueva redacción. Agregaría que el proyecto de este año en diputados fue un esfuerzo multipartidario, hay información al respecto en esta nota. Genial tu aporte, EMans. Saludos. Verent (discusión) 00:14 14 ago 2018 (UTC)[responder]
Estoy a favor de la separación de contenidos con la salvedad de quitar las organizaciones a favor y en contra. Obviamente las acciones relacionadas con el debate de este año sí deben aparecer en el artículo nuevo y no acá, pero existen organizaciones que tienen posturas históricas en torno a este y no corresponde trasladarlas allí sino dejarlas acá. Mr. Moonlight (Tiene la palabra) 03:53 15 ago 2018 (UTC)[responder]
@Mr. Moonlight: yo pensaba de la misma manera hasta que reflexioné ¿por qué es importante (relevante digamos) las opiniones de una u otra organización?
Por eso mi propuesta es pasar de un artículo muy basado en los opiniones a un artículo que refleje el título el aborto en argentina, es decir reflejando más los hechos. Entonces, la idea es dejar las opiniones (favorables o desfavorables) de lado, sean de la Iglesia o de Amnistía Internacional.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 17:37 15 ago 2018 (UTC)[responder]
Son relevantes porque el artículo debe reflejar históricamente el desarrollo del tema del aborto, y ese desarrollo se hace a través de organizaciones que intervienen activamente sobre este tema. No sé si es necesario que sea una sección específica, pero de algún modo tienen que aparecer. Mr. Moonlight (Tiene la palabra) 12:30 16 ago 2018 (UTC)[responder]
@Mr. Moonlight: pienso exactamente lo mismo, pero en mi opinión hay que ir agregando las acciones de esas organizaciones, y no tanto las opiniones.
Por lo pronto, he pasado por ejemplo de la sección opiniones sobre la campaña a las acciones más importantes que llevaron a cabo, así como sus antecedentes.
Dentro de poquito estaré incorporando algunos de los 49 proyectos de ley que se presentaron en el congreso contra el aborto. Así como la situaciones en las provincias (que haré la propuesta aquí).
Por favor, avisame si concondas conmigo así nos manejamos con esa estructura propuesta del artículo o usamos alguna otra alternativa. Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 15:18 17 ago 2018 (UTC)[responder]

Disculpas, me olvidé de responder. Concuerdo en general, el tema es que no me queda claro a qué llamás "opinión", por ejemplo, una declaración programática es una opinión, pero también es una acción en el sentido de que es una posición "militante" de esa organización. Por otro lado decir que tal personalidad u organización tiene tal o cual opinión en el tema permite caracterizar al lector la conformación de cada grupo implicado (por ejemplo, esto se vio claramente en la última etapa de debate de la ley). Otra vez, esto no significa que haya que mantener la estructura actual de "organizaciones a favor" y "organizaciones en contra", pero estas cosas deben constar de alguna manera en el artículo. Me parece que hay que tomar tu idea y desarrollarla para ver cómo quedaría este asunto. Mr. Moonlight (Tiene la palabra) 19:01 23 ago 2018 (UTC)[responder]

Situación en las provincias[editar]

Propongo la siguiente redacción para el apartado (iré agregando las provincias a medida de ir avanzando):

Dado que el fallo F.A.L. de la corte establecía que cada provincia debía elaborar un protocolo para la atención de los abortos en las situaciones no punibles por el código penal, algunas provincias elaboraron dicho protocolo en lineamiento con el fallo, mientras que otras provincias elaboraron protocolos más restrictivos y otras provincias no han elaborado protocolo alguno. A marzo de 2018:[1]
  • 9 provincias poseen protocolos que se corresponden, en buena medida, con lo dispuesto por el fallo de la corte: Chaco, Chubut, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego.
  • 8 provincias poseen protocolos con requisitos más restrictivos que lo dispuesto por el fallo de la corte: Ciudad de Buenos Aires, Córdoba, La Pampa, Neuquén, Provincia de Buenos Aires, Río Negro y Salta.
  • 9 jurisdicciones aún no cuentan con protocolos: Catamarca, Corrientes, Formosa, Mendoza, San Juan, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán.

El recurso abusivo y arbitrario a la objeción de conciencia en materia de salud sexual y reproductiva ha constituido una barrera ilegítima para el acceso a las prestaciones legales de aborto en la Argentina.[2]​ En distintas jurisdicciones del país se han casos en donde no se cumplen con lo establecido en los protocolos y el código penal e incluso iniciativas que incitan a las y los profesionales de la salud a denunciar a las mujeres que acuden a los servicios de salud, contraviniendo la jurisprudencia nacional e internacional en la materia.[3][4]

Chaco

La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco aprobó en 2012 la aplicación, en todos los establecimientos de la Red Sanitaria Provincial, de la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles, elaborada en 2010 por el Ministerio de Salud de la Nación, y el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (PNSS y PR).

Durante el 2017, según informó la directora del Hospital Perrando de la ciudad de Resistencia, Andrea Mayol, en esta institución se realizaron seis interrupciones legales de embarazos, en el 90 por ciento de los casos por abusos sexuales.[1]

Chubut

En 2010, una adolescente de 15 años que quedó embarazada producto de una violación por parte de su padrastro, un oficial mayor de la policía provincial. El caso llegó al Tribunal Superior de Justicia de la provincia aprobó el aborto no punible. La práctica de la interrupción de ese embarazo se realizó durante la madrugada del 13 de marzo de 2010 en el Centro Materno Infantil de Trelew dependiente del sistema público de salud, cuando la adolescente cursaba la semana 18 del embarazo, luego haber sido trasladada desde Comodoro Rivadavia a Trelew, tras la negación de dos profesionales a realizar la práctica.[5]​ La sentencia luego serviría de jurisprudencia para la sentencia F.A.L.[6]

Unos meses más tarde, la Legislatura de la provincia aprobó la ley XV- Nº 14, que fijo el procedimiento para la Interrupción Legal del Embarazo, y en el mismo año aprobó la Guía Técnica mediante Resolución Ministerial.[7]​ Así, es considerada una provincia pionera en el tema.[6]

Sin embargo, en la ciudad de Trelew durante el año 2015 un grupo de diez mujeres pacientes y 5 medicas/os y psicólogos/as presentaron una denuncia contra el hospital materno infantil de la ciudad por torturas directas e indirectas ejercidas contra ella/os durante la tramitación y realización de abortos legales. Las mujeres pacientes fueron hostigadas por directiva/os del hospital materno infantil, sometidas a retrasos innecesarios de semanas y abortos quirúrgicos sin anestesia. Las médicas y psicólogas que autorizaron la práctica de los abortos legales en el primer nivel de atención fueron sancionadas formal e informalmente y expuestas públicamente como delincuentes, además de haber sido sometidas a presenciar los padecimientos de sus pacientes.[3]

Santa Fe

A partir del año 2012 en la provincia de Santa Fe se empezaron a implementar políticas públicas y protocolos de salud favorables a la implementación del aborto y a la educación sexual. En la ciudad de Rosario desde el año 2012 se empezó a comprar Misoprostol como insumo y a realizar la técnica de aspiración manual endouterino (AMEU), y el acceso al aborto se empezó a implementar en hospitales y centros de salud. A partir del 2013 lo hecho en Rosario se amplio al resto de la provincia, todo esto de acuerdo a lo establecido en los protocolos elaborados por el Ministerio de Salud.También se mejoro el acceso a la educación sexual, a los anticonceptivos y un trabajo más fuerte en las escuelas con mayor presencia de embarazo adolescente. Además, desde el año 2017 hay una cátedra sobre aborto en la Facultad de Medicina de Rosario. Como resultado, en Rosario no hay muertes maternas por aborto, y en la provincia se disminuyó las muertes por aborto y los embarazos adolescentes a lo largo de los años.

A modo de ejemplo, a fines del mes de noviembre de 2015 se presentó un amparo judicial para pedir la inconstitucionalidad y la inaplicabilidad del "Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo", por entender que era "violatorio del derecho a la vida de la persona por nacer y del derecho de libertad de conciencia".[8]

Referencias

(Nota: se referencian aquí únicamente las nuevas fuentes agregadas, las que se encuentran en el artículo no se trasladaron aquí para evitar sobrecargar la discusión)

  1. a b http://www.telam.com.ar/notas/201803/262182-protocolo-aborto-no-punible-provincias.html
  2. Ariza Navarrete, Sonia. «Resistencias al acceso al aborto no punible: la objeción de conciencia». Revista Derecho Penal (Ediciones Infojus) I (2). Consultado el 17 de agosto de 2018. 
  3. a b Abogados y Abogadas del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES), Asociación Católicas por el Derecho a Decidir- Argentina (CDD), Asociación Lola Mora, Centro de Estudios de Estado y Sociedad (CEDES), Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM-Argentina), Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), Instituto de Genero, Derecho y Desarrollo (INSGENAR), Lesbianas y Feministas por la descriminalización del aborto, Mujeres por Mujeres, Mujeres Autoconvocadas de Trelew (2017). Situación del aborto en Argentina. 2017 -Informe conjunto presentado al Comité contra la Tortura. Consultado el 17 de agosto de 2018. 
  4. Enredando (21 de septiembre de 2016). «El aborto es ilegal sólo para las mujeres pobres». https://www.enredando.org.ar/. Consultado el 17 de agosto de 2018. 
  5. https://www.elpatagonico.com/chubut-es-una-las-pocas-provincias-que-garantiza-el-aborto-no-punible-n747891
  6. a b http://www.ambito.com/927817-chubut-es-pionera-en-la-consagracion-de-derechos-sexuales-y-reproductivos
  7. http://www.legischubut2.gov.ar/digesto/lxl/XV-14.html
  8. https://www.unosantafe.com.ar/santafe/presentan-amparo-contra-el-aborto-santa-fe-y-piden-su-inconstitucionalidad-n870879.html

Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 18:03 17 ago 2018 (UTC)[responder]

A favor de tus cambios, EMans. Muy buena idea la de ir poniendo la situación por provincia. Saludos. Verent (discusión) 18:48 23 ago 2018 (UTC)[responder]

Casos emblemáticos -> Aborto inseguro en Argentina.[editar]

Estaba pensando que la parte de Casos emblemáticos debería ser un articulo propio sobre el Aborto inseguro en Argentina, donde obviamente esten todos estos casos de muertes por aborto pero que también se hable de la postura de la ONU y otros organismos sobre el riesgo del aborto inseguro y porque bajo su criterio el mismo debe ser legal. Además así también se podría agregar más casos emblematicos. Bah, no sé si es en si una buena idea o no, por eso preguntaba acá. Saludos. Verent (discusión) 19:03 14 ago 2018 (UTC)[responder]

@Verent: en la propuesta que estoy redactando, el apartado acerca de los "casos emblemáticos" los estoy trasladando, resumidos y cuando corresponda, a la propuesta del apartado "situación en las provincias".
Sobre crear un artículo solo para eso, no lo veo muy viable, aunque sí como un agregado en el artículo que linkeas.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 20:48 14 ago 2018 (UTC)[responder]

Sobre lo de persona gestante[editar]

Aunque el tema fue ampliamente discutido con la mirada puesta en el debate sobre el proyecto de ley de 2018 que no fue aprobado, debate que en buena parte ha sido trasladado en sus informaciones principales a otra voz, sería bueno revisar aquí el uso de la expresión "persona gestante" y no incluir tal expresión en aquellos lugares en los que las leyes vigentes (no derogadas pues no se aprobó el proyecto de ley de 2018) no usan tal expresión, sino mantener la terminología de las fuentes citadas (si hablan solo de mujer, poner solo mujer, por ejemplo).--Tenan (discusión) 17:01 25 oct 2018 (UTC)[responder]

@Tenan: antes que nada te realizo un par de aclaraciones:
  • No hay ninguna ley "derogada", ni hubiera habido.
  • Yo lo propuse, y sólo puedo hablar por mí, pero no lo hice "con la mirada puesta" en nada, sino que es lo que corresponde.
En cuanto al uso de "persona gestante", como dije anteriormente, en todos los casos en que no sea una cita textual, el artículo debe utilizar la terminología que corresponde. Es decir, la ley contempla a cualquier persona gestante, sea mujer, trans, ect., por lo que el artículo no puede hablar exclusivamente de "mujer", con la excepción de cuando se cite directamenta la ley.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 17:08 26 oct 2018 (UTC)[responder]
Lo mejor para saber lo que la ley vigente contempla es usar lo que dice la ley vigente y lo que dicen fuentes sobre la ley vigente. Así la voz refleja la situación actual sobre el tema con la terminología usada.--Tenan (discusión) 17:22 26 oct 2018 (UTC)[responder]
Como dije antes, lo que aplica la ley es una cosa, la terminología de la ley es otra, ya que se trata de un texto de 1921.
Por esa misma razón, cuando hablamos de la excepción de si la persona gestante es "idiota", ponemos dicha palabra en comillas. Es la terminología usada en la ley vigente, pero sería inaceptable que wikipedia utilice este término.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 18:38 26 oct 2018 (UTC)[responder]
No es inaceptable que Wikipedia al recoger un texto legal use la terminología del texto. Es simplemente objetividad.--Tenan (discusión) 08:34 1 nov 2018 (UTC)[responder]
Es inaceptable que lo use Wikipedia si no es una cita directa, de nuevo te marco el caso de "idiota", si no es cita directa sería inaceptable aún si es la "terminología del texto". No existe la "objetividad" en el discurso. Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 09:43 1 nov 2018 (UTC)[responder]
La cita puede ser directa (comillas) o indirecta (la ley X dice que...). En ambos casos se respeta lo que dice la ley. Y no es inaceptable Wikipedia use un término al resumir una ley si tal ley usa ese término. Hay una conversación que abrí en el bar por si fuese de ayuda sobre estos temas. Y no es guerra de ediciones hacer un cambio puntual que simplemente dice lo que dice un texto sobre el que se habla. Y al revertir usted ha eliminado una aclaración en otro párrafo que es pertinente para circunscribirlo, y habría que poner de nuevo esa aclaración.--Tenan (discusión) 10:43 1 nov 2018 (UTC)[responder]
Tenan, un par de aclaraciones:
  • No importa si es por quitar o poner una coma o un sólo byte, si reversiones y vueltas a revertir, es una guerra de edición.
  • No lo plantaste en el Café, lo planteaste en un espacio de consultas, que no es para nada lo mismo.
Sobre el tema, que bueno que ya nos vayamos entendiendo con la cita directa y la indirecta. A diferencia de lo que dices, la cita indirecta explica lo que dice la ley, no necesariamente respetando los términos.
Vuelvo sobre el mismo ejemplo: el término "mujer idiota". Podemos poner la cita directa ("mujer idiota") o dar cuenta de lo que dice la ley (una persona que tenga alguna deficiencia profunda de las facultades mentales, congénita o adquirida, por ejemplo). Sin embargo, no podemos poner en una cita indirecta respetando los términos que utiliza el CP, es decir, nunca podríamos poner un mujer idiota sin usar las comillas porque entonces sería la enciclopedia la que estuviera utilizando un término que no corresponde (o también le podemos decir "obsoleto"), que no contempla ciertos aspectos de la realidad que han cambiado.
Bueno, en el caso del uso del término "mujer", es exactamente el mismo. La ley aplica a todas las personas con capacidad de concebir (sean mujeres o no), de eso no hay ninguna duda. La ley no lo dice expresamente porque no utiliza una terminología actual, sino que usa una "obsoleta" (podríamos decir, ya que "no contempla ciertos aspectos de la realidad que han cambiado"). Entonces, como enciclopedia debemos o citar directamente (no haciéndonos cargo de la terminología porque no es nuestra redacción) o citar indirectamente utilizando el término que corresponde a la actualidad, que no este obsoleto.
Espero que ahora hayas comprendido la posición. Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 12:55 1 nov 2018 (UTC)[responder]

En todos los casos la preferencia es hacia el término más usado, me parece evidente que en este caso es «mujer». De todos modos en indispensable recoger aquellos que resultan de los desarrollos históricos de cada problemática. Persona gestante es un término muy preciso y adecuado en ciertos usos, no en los estudios, estadísticas y en los informes periodísticos pero sí allí donde fue expresamente debatido en estos términos. Allí debe usarse el téminos específico con la debida ampliación y explicación, en nota al pie, exactamente como ocurre con el término «idiota». Mr. Moonlight (Tiene la palabra) 15:28 1 nov 2018 (UTC)[responder]

Sobre la intervención de EMans, ¿qué fuentes dicen que usar la palabra "mujer" es algo obsoleto y que es mejor usar "persona gestante"? Por ejemplo, la OMS usa mujer al hablar del tema... https://www.who.int/reproductivehealth/publications/unsafe_abortion/abortion_infographics/en/ Sin fuentes aquí nos colocamos en una propuesta novedosa, cuando Wikipedia no es para lanzar novedades.--Tenan (discusión) 08:30 2 nov 2018 (UTC)[responder]
Además, sobre el proyecto de ley de 2018, se usa el díptico "mujer o persona gestante", lo cual no ocurre en las leyes anteriores (la última en vigor). Es un anacronismo, al analizar leyes que no usaban "persona gestante" introducir tal expresión...--Tenan (discusión) 08:38 2 nov 2018 (UTC)[responder]
Díptico... bueno, expresión doble: si persona gestante incluyese mujer no haría falta usar esa expresión, y en el proyecto de ley de 2018 se usó...--Tenan (discusión) 07:53 3 nov 2018 (UTC)[responder]
@Mr. Moonlight: en realidad el término persona gestante es lo contrario de "preciso", es un término que engloba tanto a las mujeres cis como a las mujeres trans, así como a aquellas personas no binarias que tiene la capacidad de gestar. Por eso es que el uso tiene que ver, justamente, con no invisibilizar esas otras personas que son afectadas por la problemática del aborto, y sobre las cuales se legisla al hacerlo, utilizando únicamente el término mujer, ya que este deja afuera a todo una cantidad de personas. No siempre utilizamo el término más usado, eso es más para los nombres de los artículo, y siempre hay excepciones, esta debería ser una de ellas.
@Tenan: no sé a qué te referís con un díptico, porque el que conozco es Díptico (publicidad). En cuanto al anacronismo, lo mismo pasa con el término idiota, y no por eso lo utilizamos.
De cualquier manera, he planteado el tema en el Café, ya que es una discusión que implica a más de un artículo (en rigor, aplicaría a todos los Categoría:Aborto).
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 20:17 2 nov 2018 (UTC)[responder]
Ya vi lo del Café. Si puedo participo. Por lo que veo, se aborda un punto pero no el aquí planteado. El punto propuesto aquí es que al presentar una ley se usa la terminología de la ley y de las fuentes que analizan la ley, no una terminología ajena a la ley. Si una ley habla de "mujeres" en el tema del aborto, se indica. Si luego otra ley u otras fuentes hablan de "mujeres o personas gestantes", también se indica. No se trata de censurar nada, sino de reflejar lo que dicen los textos y las fuentes.--Tenan (discusión) 08:14 3 nov 2018 (UTC)[responder]

Conflicto con las estadísticas[editar]

Hola wikipedistas. Con motivo de los conflictos de ediciones que hay en este artículo, me gustaría que revisemos las estadísticas que se presentan y lleguemos finalmente a un consenso.

El Ministerio de Salud [1]​ explica que 31 de las muertes por aborto en el año 2016 podrían ser causadas por abortos voluntarios. Un error frecuente es interpretar que 43 fueron las mujeres que murieron por interrupción voluntaria del embarazo. Esa cifra también comprende las defunciones causadas por abortos espontáneos.

Por este motivo me parece poco neutral afirmar que el aborto (se entiende que se habla del inducido) es la "principal causa de mortalidad materna en el país".

En la sección "Estadísticas" de la versión actual, la fuente [1] me parece que está mal interpretada. El artículo claramente argumenta que, si bien hubo 43 muertes por aborto (en general) durante el año 2016, nueva información por parte del Ministerio de Salud indica que podrían ser menos de 31 muertes maternas las causadas por interrupción voluntaria del embarazo (tanto legal como ilegal).

También eliminé algunas cosas referidas a los medios porque no son fuentes de estadísticas fiables. Algunas publicaciones (como esta [2]) omiten/malinterpretan información y cometen el error que comenté al principio.

Wikipedia es un lugar en el que no podemos darnos el lujo de añadir información sensacionalista o malinterpretable. Si decimos que es la primera causa de muerte materna en el país, aclaremos que esto lo sostienen personas/organizaciones en particular y que esto contradice lo publicado por el Ministerio de Salud.

Algo que podemos hacer, es añadir diferentes estimaciones de diferentes organismos en la sección "Estadísticas" y ahí podemos mencionar con más profundidad el tema de las interpretaciones de los datos oficiales. Pero me parece que no debemos dejar el dato de las "43 muertes por aborto" en la introducción sin explicarlo correctamente, ya que se presta a confusion.

Saludos Airwolf AR (discusión) 22:37 4 mar 2019 (UTC)[responder]

@Airwolf AR: como podés ver en las secciones anteriores, tanto la introducción como muchos de los apartados fueron el resultado de un consenso que llevó tiempo.
Sobre las cuestiones que señalás:
  1. En el artículo se especifica directamente que las 43 muertes son "sin discriminar entre interrupciones voluntarias del embarazo y abortos espontáneos" y en la introducción aclara "debido a todos los tipos de aborto".
  2. El artículo no afirma que el aborto (sea el tipo que sea) es la principal causa de mortalidad en el país, lo dicen las fuentes y en el artículo están bien atribuidas las frases. Dice por ejemplo "siendo la principal causa de mortalidad materna en el país según funcionarios, distintos medios y la Sociedad Argentina de Medicina" con las fuentes de funcionarios, medios y la [ttps://tn.com.ar/sociedad/aborto-la-sociedad-argentina-de-medicina-se-manifesto-favor-de-la-despenalizacion_862634 SAM].
Espero haber evacuado tus cuestiones con respecto al artículo.
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 23:05 4 mar 2019 (UTC)[responder]
@ EMans: Gracias por responderme.
Aunque no me termina de convencer, entiendo lo de la introducción.
Sin embargo, creo que se podría profundizar más en la sección "Estadísticas". Para empezar, se podría agregar el dato que dice la fuente [3]. Pienso que se podría rescatar la sección que trata sobre estadísticas de mi edición, donde incorporaba esta información.
Saludos Airwolf AR (discusión) 23:46 4 mar 2019 (UTC)[responder]
@Airwolf AR: la edición que realizaste, estabas utilizando una de las palabras a evitar en wikipedia. Pero sí creo que hay que cambiar la redacción de esa sección, incluyendo lo que ya se encuentra en la introducción, por lo que propongo:
Un estudio solicitado por el Ministerio de Salud y dirigido por las etnógrafas Edith Pantelides y Silvia Mario estima que la cantidad de abortos clandestinos por año en Argentina es de 460 000. Para calcular ese número, se basaron en la cantidad de egresos hospitalarios por aborto (tanto inducidos como espontáneos) ocurridos en el año 2000, y le aplicaron determinadas fórmulas estadísticas. Este estudio salió en Notas de Población de la CEPAL, una revista de Demografía de América Latina peer to peer reviewed. Según el anuario del Ministerio de Salud de 2016 el 17,6% de la mortalidad materna se debe a embarazos terminados en aborto. Son 43 muertes maternas por embarazos terminados en aborto, sin discriminar entre interrupciones voluntarias del embarazo y abortos espontáneos.

Diferentes medios, funcionarios estatales, incluido el propio ministro de salud, y la Sociedad Argentina de Medicina, el aborto es la principal causa de mortalidad materna en el país.

El ministro de salud Adolfo Rubinstein afirmó que anualmente se registran 50.000 internaciones en establecimientos públicos por casos de interrupción del embarazo. Según la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto legal, Seguro y Gratuito, desde la recuperación democrática en diciembre de 1983 han muerto más 3000 mujeres como consecuencia de abortos inseguros. En 2016 se estimaba que, en Argentina, un aborto clandestino realizado en condiciones seguras se cobraría en el mercado ilegal alrededor de 1 000 dólares estadounidenses.
Estaba pensando que como nota al pie se puede agregar que "Posteriormente, el Ministerio de Salud aclaró que las muertes maternas por aborto inducido podrían ser menores a 31."
Saludos.--Mans «Que la revolución viene oliendo a Jazmín» 00:13 5 mar 2019 (UTC)[responder]
@ EMans: Gracias por la información. Desconocía que esa fuera una de las palabras a evitar.
Estoy de acuerdo con el el texto que proponés, queda mejor que el actual.
Me alegro de que hayamos llegado a un consenso. Esperemos que esto sea tenido en cuenta por otros wikipedistas. Por lo que ví este tema provocó cuasi guerras de ediciones. Lo vengo observando desde hace un tiempo.
Saludos Airwolf AR (discusión) 01:05 5 mar 2019 (UTC)[responder]

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Falta de periodos espeficicos para ejercer un aborto electivo y terapeutico (Violacion)[editar]

Falta la descripción de periodos específicos para poder realiza un aborto electivo sin ser considerado un delito. Esto es de importancia Bioética al poner a un producto sano con posibilidad alta de vida extrauterina en peligro, esto en el aborto electivo.

En el caso de Aborto terapéutico en caso de una violación (no punible), debe existir periodo específico para poder realizar la interrupción del embarazo sin entrar en un dilema ético respecto a la eliminación un producto saludable con alta posibilidad de vida extrauterina derivado de una violación, esto entra en conflicto con 3° articulo de la declaración Universal de los derechos humanos.

Aclaración[editar]

Hola. El resumen de edición me salió con problemas en dos ocasiones. Quería aclarar que el proyecto de ley aprobado hoy será formalmente una ley cuando el presidente Fernández lo promulgue. En Argentina ese es el procedimiento de creación de leyes. Hay que tener en cuenta que el presidente podría hasta vetar el proyecto aprobado, aunque difícilmente este sea el caso. Un saludo. --23ke (discusión) 16:46 30 dic 2020 (UTC)[responder]

Título de la voz, ¿traslado?[editar]

Una voz titulada "Aborto en Argentina" estaría dedicada a este fenómeno en general, a su historia, a su actualidad, y a su situación legal. Tal y como está ahora, parecería mejor que la voz se llamase "Situación jurídica del aborto en Argentina", o algo parecido, pues el tema central es el jurídico.--Tenan (discusión) 11:14 1 ene 2021 (UTC)[responder]

Te refieres al nombre del artículo?  Gaston Fer (discusión) 05:48 3 ene 2021 (UTC)[responder]
Sí, me refiero al nombre. Por eso la pregunta (o propuesta) es sobre un eventual traslado. Propongo trasladar la voz a "Situación jurídica del aborto en Argentina".--Tenan (discusión) 08:37 3 ene 2021 (UTC)[responder]
En contra En contra de trasladar el artículo, porque tiene una considerable cantidad de información referida a aspectos no jurídicos del aborto en Argentina, que de ese modo debería ser eliminada por ser ajena al tema. A favor A favor de crear un nuevo artículo titulado Situación jurídica del aborto en Argentina, o Evolución jurídica del aborto en Argentina, dejando en este artículo una síntesis de dicho aspecto del aborto en Argentina. No es necesario, pero es aceptable.-- Pepe Mexips 06:00 4 ene 2021 (UTC)[responder]
Trasladar no es igual a hacer desaparecer información. Y es buena la idea de desdoblar voces: una sobre el fenómeno del aborto en Argentina en general, y otra sobre su situación jurídica (que es lo que domina en la voz actual).--Tenan (discusión) 07:52 4 ene 2021 (UTC)[responder]

Si lo hacemos con este artículo deberíamos hacerlo con los Artículos de Otros países referente al aborto, como por ejemplo el de Paraguay Que apenas tiene información Gaston Fer (discusión) 04:03 5 ene 2021 (UTC)[responder]

Aunque También eso Podría Sobrecargar la página Gaston Fer (discusión) 04:04 5 ene 2021 (UTC)[responder]

A favor A favor Considero apropiado el traslado del artículo. Podríamos crear uno específico para describir la situación social y otro para darle mayor profundidad al aspecto jurídico. Creo que se debería hacer lo mismo con todos los artículos que traten sobre esta misma temática en otros países. De lo contrario, corremos el riesgo de hacer un artículo muy extenso, poco legible, y difícil de mantener. Airwolf AR (discusión) 00:21 20 feb 2021 (UTC)[responder]

Cayo la cautelar que frenaba la IVE en Chaco[editar]

Cayo la cautelar y el aborto es legal en Chaco bajo la ley 27610, como en el resto de Argentina. Pueden modificar la información y el mapa?

Fuentes:

https://www.chacodiapordia.com/2021/03/19/chaco-ya-tiene-aborto-legal-revocaron-un-fallo-contra-la-ley-de-ive/

https://www.letrap.com.ar/nota/2021-3-19-11-1-0-rechazan-una-cautelar-celeste-y-el-aborto-legal-rige-de-nuevo-en-chaco

https://palabrasdelderecho.com.ar/articulo/2361/Chaco-revocaron-la-cautelar-que-habia-suspendido-la-vigencia-de-la-Ley-IVE

Reciente apelación contra el fallo del juez Alfredo López[editar]

Hace poco se apeló el fallo del juez Alfredo López quien intentaba suspender la ley de aborto: https://www.diariojudicial.com/nota/89436. --2803:580:601:B700:2C3D:4A26:EC28:E3C8 (discusión) 01:19 13 jun 2021 (UTC)[responder]

Esta incidencia ya fue dejada sin efecto, como se puede ver acá.--Verent (discusión) 02:18 2 jul 2021 (UTC)[responder]

Incidencias[editar]

Querido Julio, Ya se que la medida Fue suspendida, pero en la Sección dice Incidencias, no si está Vigente o no, Ya se que hubo otras 33 y eres libre De poner las otras 31 pero desde mi sincera opinión es importante Señalar las incidencias que tuvo está ley, que no estén las otras 31 ( porque nadie Las quiso poner) no significa que está no deba estar

Atte Gastón Gaston Fer (discusión) 03:44 2 jul 2021 (UTC)[responder]

  1. «El Ministerio de Salud admite que el aborto no es la primera causa de muerte materna». Infobae. Consultado el 4 de marzo de 2019.