Discusión:Afrochileno

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Que descaro que se haya intentado borrar un articulo tan bueno.--190.176.69.78 (discusión) 20:17 23 nov 2010 (UTC)[responder]


LOS AFRODECENDIENTES EN CHILE SE ENCUENTRAN EN EL VALLE DE AZAPA Y SON DISCRIMINADOS POR LOS PROPIOS CHILENOS QUIENES LOS IGNORAN Y MALTRATAN, DENUNCIADO HACE MUCHO COMO "GENOCIDIO ESTADISTICO".

Tu afirmación puede ser correcta, pero éstos a su vez tenían un origen en el Virreinato del Perú, organización político-administrativa del Imperio español, no así de la República del Perú. Del mismo modo, esos "afroperuanos" tienen su origen en el África negra y los actuales afrodescendientes de origen afroperuano tienen la nacionalidad chilena. ¡Saludos! --Igallards7 (discusión) 22:12 10 ago 2016 (UTC)[responder]

Enlaces rotos[editar]

Elvisor (discusión) 21:31 15 may 2013 (UTC)[responder]

Enlaces rotos[editar]

Elvisor (discusión) 16:29 24 nov 2015 (UTC)[responder]

Definición de afrochileno[editar]

Haré una mejor definición del término para entender sobre qué trata el tema. Espero sugerencias. --The Wise (discusión) 22:41 10 ago 2016 (UTC)[responder]

Enlaces externos modificados[editar]

Hola,

Acabo de modificar 3 enlaces externos en Afrochileno. Por favor tomaos un momento para revisar mi edición. Si tenéis alguna pregunta o necesitáis que el bot ignore los enlaces o toda la página en su conjunto, por favor visitad esta simple guía para ver información adicional. He realizado los siguientes cambios:

Por favor acudid a la guía anteriormente enlazada para más información sobre cómo corregir los errores que el bot pueda cometer.

Saludos.—InternetArchiveBot (Reportar un error) 18:09 31 may 2018 (UTC)[responder]

Cambio en el reconocimiento de la población afrochilena. Ley 21.151[editar]

El estado de Chile recientemente dio reconocimiento legal a la población afrochilena con la promulgación y publicación de la ley 21.151; "OTORGA RECONOCIMIENTO LEGAL AL PUEBLO TRIBAL AFRODESCENDIENTE CHILENO" (https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1130641), por tanto cambié donde decía lo contrario, en el quinto párrafo y lo actualicé según la legislación actual. A su vez modifiqué lo ultimo dicho en la sección "Discriminación y desadaptación" acorde a la ley.

Sobre la ley: 1.- Artículo 1.- La presente ley otorga el reconocimiento legal al pueblo tribal afrodescendiente chileno, y a su identidad cultural, idioma, tradición histórica, cultura, instituciones y cosmovisión. 2.- Artículo 2.- Se entiende por afrodescendientes chilenos al grupo humano que, teniendo nacionalidad chilena en conformidad a la Constitución Política de la República, comparte la misma cultura, historia, costumbre, unidos por la conciencia de identidad y discurso antropológico, descendientes de la trata trasatlántica de esclavos africanos traídos al actual territorio nacional entre los siglos XVI y XIX y que se autoidentifique como tal. — El comentario anterior sin firmar es obra de Álvaro Nicolás Cruz Rivera (disc.contribsbloq). 04:27 27 abr 2019 (UTC)[responder]