Discusión:Asociación de Internautas

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Veamos, iniciemos la "Discusión" (muy americano lo de "Discusión") sobre la página http://es.wikipedia.org/wiki/Asociación_de_Internautas. Como yo soy socio desde hace tiempo de esta Asociación (conocida como la "AI"), creo que algo podré aportar (si me dejais). La página referida la inició "Edub" (http://es.wikipedia.org/wiki/Usuario:Edub). Desconozco si él es también socio de la AI. Pero invito a Edub y a cualquier persona que lo desee a contribuir con la página http://es.wikipedia.org/wiki/Asociación_de_Internautas en la medida de sus posibilidades y conocimientos a partir de ahora.

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Uno de los principios fundamentales de Wikipedia es el de Punto de Vista Neutral. Por lo anterior Wikipedia no aconseja escribir artículos acerca de uno mismo, por la dificultad de escribir objetivamente acerca de uno mismo o del propio trabajo. Saludos. --Edub (discusión) 14:16 7 ene 2008 (CET)

Wikipedia aconseja no escribir, no prohibe hacerlo. Y a la vista del historial del firmante Edub todo indica que se da la circunstancia de tratarse de una persona con intereses particulares contra la Asociación de Internautas. Si bien algunas de las modificaciones introducidas por él en el artículo me han parecido hasta cierto punto correctas, hay otras en las que acabo de comprender la corrección. --Ángel Matilla Candás (discusión) 10:40 30 jun 2008 (UTC)[responder]

Esa suposición suya no tiene ni pies ni cabeza y no me voy a molestar ni en contestarla. En cuanto a usted, doy por supuesto como no me lo ha negado que sí es vocal de la junta directiva y administrador del foro, por tanto sí tiene intereses evidentes en este artículo. Wikipedia en efecto no prohíbe, mientras sus ediciones sean correctas no hay problema, pero el caso es que parece insistir en dejar solo como referencias páginas a la Asociación de Internautas sobre el caso de la denuncia, lo que va en contra de la neutralidad del punto de vista, y en aportar un enlace al foro del que es usted administrador cuando dicho foro es accesible desde la dirección que ya está en el artículo. Por tanto, si continúa con este tipo de ediciones será bloqueado. Saludos. Edub (discusión) 10:57 6 jul 2008 (UTC)[responder]

¿Por qué no son válidas mis referencias?[editar]

La suposición que Ud. dice no tener ni pies ni cabeza si tiene sentido desde el momento en que, de forma continuada e inexplicada, elimina cualquier referencia externa que dirija al lector a la web de la Asociación de Internautas reemplazándolas por referencias a medios de comunicación que en muchos casos citan la fuente original de la Asociación.

Al margen de otras cosas, tal como se ha dejado el artículo se da a entender que la condena ha sido sólo por un motivo cuando la realidad es que son dos indemnizaciones de 18.000 euros una para la SGAE y otra para Ud.

En segundo lugar, reemplazar en la aceptación del recurso la referencia a la web de la Asociación por otra del diario «El país» me parece como mínimo poco serio ya que dicho diario se refiere a un información facilitada por la propia Asociación, como se puede leer en el primer párrafo. Lo lógico es referirse a las fuentes originales. --Ángel Matilla Candás (discusión) 11:25 7 jul 2008 (UTC)[responder]

Me gustaría para empezar pedir a ambas partes que bajen el tono y recuerden presumir buena fe; empezar una discusión declarando las tendencias que se sospechan en el contrario es una infracción clara de dicha política. Dicho esto, espero que tengamos todos la capacidad para empezar de nuevo, de forma más constructiva.
El tema principal es que Edub tiene razón al indicar que no es aconsejable dejar únicamente como referencias los enlaces web hacia la asociación, tal como indican las políticas de WP:PVN y WP:EE, aunque estos realmente fueran las fuentes originales (que no lo he comprobado). Es simplemente una cuestión de formas y de respeto a las políticas, no es en ningún caso una falta de confianza ni debe entenderse como tal.
Veo dos posibles soluciones a esto, si ambas partes están de acuerdo:
  1. Dejar enlaces solo a los medios de comunicación que publicaran la noticia, preferentemente a aquellos que indiquen más de una referencia, si los hay.
  2. Dejar los enlaces hacia medios, hacia internautas.org, y hacia la SGAE si es que se llegaron a manifestar sobre el tema.
A mi personalmente me gusta más la segunda, siempre que no se convierta el artículo en un repositorio de enlaces. Pero lo primero y principal sin embargo creo que es el respeto a WP:PBF, antes de que esto escale y nos hagamos daño. Saludos, Richy - ¿comentarios? 12:05 7 jul 2008 (UTC)[responder]

Acepto, por lo que me toca, el "tirón" de orejas por el tono; intentaré rebajarlo. Por otra parte, la referencia que el usuario Edub incluye del diario «El país», en su primer párrafo dice literalmente:
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por la Asociación de Internautas contra la sentencia que determinaba su responsabilidad absoluta por alojar en su dominio la página web www.putasgae.org, en la que se vertían contenidos difamatorios contra la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), informó AI.
Sin incluir ningún tipo de enlace a la fuente. Ya me parece mal que se use una fuente en la que no se incluye el origen de la información aunque se haga referencia a ella; al menos déjense ambos enlaces (a los medios de prensa y a la Asociación) como muestra de neutralidad o inclúyanse otros enlaces a otros medios de comunicación de línea editorial diferente o, como bien dice Richy, a la propia SGAE si es que hizo algún comunciado sobre el tema en discusión.
A título personal siempre presupongo la buena fe de todo el mundo, tanto dentro de Wikipedia como en otras partes. Sin embargo, curiosamente, las modificaciones que se han introducido en este artículo por su parte han tratado, o esa ha sido mi impresión, de alguna forma de distorsionar la realidad. Por ejemplo: la sentencia recurrida son dos condenas, como indico más arriba, y no una sola de 36.000 euros. El Supremo podría decidir mantener una de ellas y anular la otra.
Añado una cosa más, en referencia a las políticas WP:PVN y WP:EE que cita Richy; en concreto Qué enlazar que en su punto 2 dice:
¿Es apropiado? (contiene información valiosa, enciclopédica y fiable sobre el objeto del artículo, permite contrastar lo contenido en él, amplía contenido, etc.)
En este caso concreto el enlace a la web de la Asociación estimo que sí ya que contiene información valiosa, enciclopédica y fiable al incluir el enlace al texto admisión recurso de casación dictado por el Tribunal Supremo, cosa que no hace el artículo de «El país», que únicamente hace referencia al mismo. Tal vez lo lógico sería usar como referencia externa ese texto de admisión
No pongo en duda las buenas intenciones y la honradez de las personas que modifican la información que yo vierto en estas páginas, pero es curioso que sólo se modifica una parte y siempre en el mismo sentido.--Ángel Matilla Candás (discusión) 09:05 8 jul 2008 (UTC)[responder]

¿Es más correcto así?[editar]

He estado dándole vueltas y he preferido reemplazar los enlaces a páginas de la Asociación por los enlaces a los documentos oficiales emitidos por los correspondientes Órganos Judiciales. Creo que de esta forma no se podrá decir que se sitúa información interesada en la página al ser un documento oficial sin valoración de ningún tipo. — El comentario anterior sin firmar es obra de Angel Matilla (disc.contribsbloq).

Perfecto. --Edub (discusión) 16:52 12 jul 2008 (UTC)[responder]