Discusión:Comarca del Mar Menor

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El problema comarcal en la Región de Murcia se caracteriza por una falta de acción legislativa, lo que promueve un debate en diferentes vertientes con relación a la comarca del Mar Menor entre otras. El tema de la comarcalización aparece en diferentes períodos históricos, por ejemplo en los republicanos; este renovado interés por las comarcas se presenta a partir de la mitad del siglo XX en el marco de una revisión del papel territorial al final de la etapa franquista. En la red se puede encontrar un artículo que trata con cierta profundidad el tema:

Por otro lado, ha existido y probablemente continúe un amplio debate sobre esta cuestión. En las páginas de discusión sobre el campo de Cartagena y otras pueden encontrarse diversas argumentaciones.--Nioger (discusión) 08:33 9 may 2008 (UTC)[responder]

Debe considerarse que aunque los Estatutos de autonomía españoles recogen la importancia y el valor de las comarcas, sólo han realizado algún desarrollo competencial en Aragón, Cataluña y Galicia. --Nioger (discusión) 10:28 9 may 2008 (UTC)[responder]

Creo que este artículo debería empezar mencionando que legalmente no existe esta comarca. Si nadie se opone, voy a modificarlo en este sentido. intetnaré ser lo más neutral y ajustado a la realidad posible.

--Nanosanchez (discusión) 21:43 31 mar 2009 (UTC)[responder]

  • Creo que el objeto principal de este artículo sería proporcionar información sobre este territorio, no debatir acerca de la legalidad o no de su existencia (tema excesivamente debatido); aunque esto no significa que no se muestren esas opiniones. He reorganizado la información con esa finalidad. --Nioger (discusión) 20:34 7 abr 2009 (UTC)[responder]

Hola Nioger. no estoy de acuerdo con el principio del artículo "La comarca del Mar Menor es una de las doce comarcas de la Región de Murcia (España).[1] Constituida por cuatro municipios". Esta información no es veraz.

  • Las comarcas tradicionales de la Región de Murcia han sido siempre cinco (Altiplano-Noroeste-Guadalentín-Murcia y Campo de Cartagena), no doce. Ninguna de estas comarcas es la Comarca del Mar Menor.
  • La comarca del Mar Menor tampoco existe legalmente. No ha habido ninguna ley que haya aprobado esta división administrativa de la Región ni que le haya atribuido tales o cuales municipios.
  • Geográfica y geológicamente, los municipios de San Javier, San Pedro y Torre Pacheco están dentro de una misma unidad que los de Cartagena, Fuente Álamo o La Unión.

Puesto que la comarca del Mar Menor no es una comarca tradicional de la Región de Murcia, no es una comarca legal y puesto que tampoco es una comarca natural no veo el objeto de nombrarla y dedicarle un artículo más que en el deseo de desgajar estos cuatro municipios de lo que siempre ha sido el Campo de Cartagena.

El Campo de Cartagena constituido por los siete (o seis si no se incluye a Mazarrón) municipios sí es, por lo menos, una comarca tradicional y natural que aparece en todos los atlas de España. Que en el futuro sea una comarca administrativa es otra historia. Mientras no existan legalmente las comarcas previstas en el estatuto de autonomía creo que debemos atenernos a la división tradicional de la Región de Murcia que es la que aparece en su disposición transitoria primera. La referencia de Fuentes Zorita no deja de ser una propuesta más sobre que no se llevó a cabo (entre otras cosas porque Fuentes Zorita dejó de ser consejero del gobierno autonómico ya hace mucho tiempo)

Creo que el artículo debería comenzar exponiendo esta realidad.

Por otro lado, me parece bien que hayas incluido como parte del articulado los contenidos sobre su debate.

Resumiendo: puesto que no se han desarrollado las comarcas "legales" lo que debe exponerse son las "naturales" o tradicionales.

--Nanosanchez (discusión) 00:29 8 abr 2009 (UTC)[responder]

Situación legal actual.[editar]

La estructura territorial de toda la Región de Murcia aparece en el desarrollo del Decreto N.º 102/2006. Tras su publicación en 2006 no existe otra norma que modifique esta organización territorial, por lo que se debería considerar como la vigente actualmente. Observando este plano se puede observar que en la región existen doce comarcas, así como la estructura municipal de la misma.--Nioger (discusión) 14:40 10 abr 2009 (UTC)[responder]

Este decreto desarrolla una parte de la Ley del Suelo de la Región de Murcia que puede consultarse en su texto refundido. Como puede comprobarse menciona a las comarcas en diferentes artículos. --Nioger (discusión) 21:22 16 abr 2009 (UTC)[responder]

No neutralidad[editar]

Coloco una plantilla de no neutralidad en el artículo por las siguientes razones:

- - El artículo muestra una división comarcal realizada en 1980 por José Salvador Fuentes Zorita y Francisco Calvo García-Tornel, sobre la que hay discrepancias de opiniones en otros autores.

- Legalmente no existen en la Región de Murcia las comarcas administrativas puesto que nunca se ha creado una ley en la Región que las regule. Cualquier referencia a ellas debe ser eliminada.

Se ha dado como argumento de autoridad la publicación de un mapa en un Decreto Administrativo del gobierno regional de Murcia sobre la ley del suelo. Este decreto para empezar es un documento administrativo, no legal. (Consultar Decreto). Existen otros documentos administrativos de similar rango al anterior que mantienen otra división administrativa de la Región Zonificación administrativa de la Consejería de Educación de la Región de Murcia

- Para reflejar correctamente el estado de la cuestión se debería hacer referencia a las diferentes posturas sobre comarcalización que mantienen diferentes autores, no decantarse por una sola.

Planteo hasta doce referencias referidas al Campo de Cartagena que ponen en cuestión la división que actualmente muestra la página.

[1][2][3][4][5][6][7][8][9][10][11][12][13]​. --Nanosanchez (discusión) 20:10 4 may 2009 (UTC)[responder]

Refencias[editar]

  1. Mapa del Campo de Cartagena en la web de la CARM
  2. http://www.torrepacheco.es/torrepacheco/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/0_2582_1.pdf Ley del Plan General de Ordenación Urbana de Torre Pacheco
  3. http://www.crccar.org/um/informacioncrccar.asp
    La Zona Regable del Campo de Cartagena se encuentra situada en el sudeste de España en la Comunidad Autónoma de Murcia, comprende una superficie de 41.562 Has, con 9.349 comuneros. Se extiende por los términos municipales de Cartagena, Fuente Alamo, Los Alcazares, Murcia, San Javier, San Pedro del Pinatar y Torre Pacheco en la provincia de Murcia, incluyendo también El Pilar de la Horadada en la provincia de Alicante.
  4. http://servicios.laverdad.es/vinosmurcia/campoctg.htm Denominación de origen Vinos de la Tierra del Campo de Cartagena: Cartagena, Torre Pacheco, La Unión y Fuente Álamo
    Está formado por los municipios de Cartagena, Torre Pacheco, La Unión y Fuente Álamo, con una superficie total cultivada de 88 hectáreas de viñedo, dedicándose 8 Has a Vinos de la Tierra. El Campo de Cartagena es una comarca formada por una amplia llanura bordeada de cadenas montañosas de poca altitud, a modo de barrera, que la limitan con el Mar Mediterráneo.
  5. http://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?sit=a,105,c,522,m,1075&r=CeAP-925-PORTADA_CENTRO_AMPLIADO Molinos del Campo de Cartagena en Sucina
  6. http://www.atlasdemurcia.com/index.php/secciones/8/comarca-de-cartagena-mar-menor Atlas de Murcia: Campo de Cartagena: Cartagena, Torre Pacheco, San Javier, Los Alcázares, San Pedro del Pinatar, Fuente Álamo y pedanías de Murcia
    Parte del Campo de Cartagena está vinculado histórica y administrativamente al municipio de Murcia. El resto se relaciona con la ciudad de Cartagena. Esta planicie termina por el este en el Mar Menor, extensa albufera cerrada al mar por la restinga de La Manga, conjunto que supone uno de los fenómenos naturales más intere- santes de las costas peninsulares. Así, delimitada geográficamente, la Comarca incluye el extenso municipio de Cartagena (558,3 km 2 ), los de tamaño intermedio Fuente Álamo (273,5 km 2 ) y Torre Pacheco (189,4 km 2 ) y los más pequeños de San Javier (75,1 km 2 ), La Unión (24,8 km 2 ), San Pedro del Pinatar (22,3 km 2 ) y Los Alcázares (19,8 km 2 ). En total 1.163,2 km 2 que en 2005 estaban habitados por 316.153 habitantes.
  7. http://www.coec.es/socios/area.asp Confederación Comarcal de organizaciones empresariales de Cartagena que incluye Cartagena, Fte.Álamo, La Unión, Los Alcázares, Mazarrón, La Unión, Torre Pacheco, San Javier
  8. [http://www.torrepacheco.net/index.php?option=com_content&task=view&id=25&Itemid=48
    Torre Pacheco es un municipio situado en el Sureste de la Región de Murcia, en la Comarca del Campo de Cartagena.
    ]
  9. Zona Pastoral del Campo de Cartagena – Mar Menor formada por los municipios de Cartagena, Los Alcázares, Torre Pacheco, San Javier, San Pedro, La Unión, Fuente Álamo y las pedanías de Baños y Mendigo, Corvera, Lobosillo, Los Martínez del Puerto y Sucina.
  10. [http://www.mma.es/portal/secciones/biodiversidad/conservacion_humedas/zonas_humedas/ramsar/pdf/33_fir_mar_menor_0.pdf
    El Mar Menor es una laguna litoral situada en el sudeste de la Región de Murcia, entre los paralelos 37' 50' y 37' 34' N y los meridianos O' 4 1' y O' 55' W. Forma parte de la unidad geográfica del

    Campo de Cartagena, cuya porción occidental es el Campo del Mar Menor, extensa llanura cuaternaria salpicada de pequeños cabezos montañosos y surcada por potentes ramblas que desaguan a la laguna (Albujón, Beal, Carrasquilla, Miranda, Matildes, Ponce, Atalayón, Los

    Alcázares).Ficha informativa sobre el Mar Menor del Ministerio de Medio Ambiente
    ]
  11. La Región de Murcia, a diferencia de otras tierras españolas, no ha tenido una tradición en la organización comarcal de su espacio, sino que ha sido una necesidad sentida en época reciente. Históricamente, sólo dos ciudades muy dinámicas comercial y administrativamente, Murcia y Lorca, llegaron a a dejar sentir su influencia más allá de los actuales límites murcianos, configurando sus redes de interacción socieconómica incluso superiores a los existentes hoy en día.

    Si a lo largo de los siglos no se aprecia una clara idea de comarcalización en el interior del territorio murciano, salvo para los casos anteriormente mencionados, el advenimiento de la restauración democrática en 1977 y la aplicación de los textos constitucionales de 1978 cuajan en el nacimiento de la Comunidad Autónoma de Murcia el 9 de junio de 1982, que llevó consigo el despertar de este nuevo ente administrativo la necesidad de potenciar una división espacial intermedia entra las compartimentaciones etablacidas oficialmente - la Región y el municipio - que fueran las comarcas. (...)

    Es así como en la Comunidad murciana empieza a consolidarse una división comarcal que los geógrafos habían hecho con anterioridad, y poco a poco los organismos oficiales, sin hacer un reconocimiento legal de las mismas, comienzan a organizar sus servicios a través de estas entidades intermedias, si bien con actuaciones desconexas entre ellas. Al mismo tiempo, los medios de comunicación - prensa, radio, televisión-, en su necesidad de agrupar las noticias de varios de sus municipios, recurren a las denominaciones comarcales propuesta en 1968 por el departamento de Geografía de la Universidad de Murcia: Campo de Cartagena, Huerta de Murcia, Bajo Guadalentín, Campo de Lorca, Cuenca de Mula, Vega alta del Segura, Sierras Occidentales - también llamado Noroeste murciano- y Altiplano de Jumilla y Yecla. Atlas del País-Aguilar 1993 VOL II (Vol.II) ISBN 84-86459-42-7
  12. [http://educarm.es/templates/portal/images/ficheros/fp/1/secciones/6/contenidos/290/comisionesterritorialesfp.pdf Zonificación administrativa de la Consejería de Educación de la Región de Murcia
    ZONA 2 (CAMPO DE CARTAGENA-MAR MENOR): Con dos subzonas, una con ámbito de influencia en el Campo de Cartagena (Cartagena, La Unión y Fuente Álamo) y otra con influencia en la zona del Mar Menor (San Pedro del Pinatar, San Javier, Los Alcázares y Torre Pacheco)
    ]
  13. [http://www.portalagua.com/servlet/aguaportal.H2OServlet?METHOD=ENTRADASCANALES&idCanal=5&subcanal=Proyecto%20de%20mejora%20de%20regad%EDos&idEntrada=113 Portal del Agua de la Región de Murcia;
    La topografía del Campo de Cartagena se caracteriza por ser una amplia llanura con una ligera pendiente hacia el mar, sin accidentes que señalar salvo la elevación del Cabezo Gordo en Balsicas y la Sierra de los Victorias, en el límite del término de Fuente Álamo.
    ]

.

¿Referencias acerca de qué?[editar]

  • Nº1 Mapa del Campo de Cartagena: aparte de la dificil lectura del mapa se habla básicamente sobre Pozo Estrecho.
  • Nº2 PGOU de Torre Pacheco: define su pertenencia a la comarca del Mar Menor con claridad. Cuando habla del Campo de Cartagena ¿no será que se refiere al definido en la ley de ordenación del litoral que define el Campo de Cartagena integrado por Torre Pacheco, Fuente Álamo, algunas pedanías de Murcia y algunas diputaciones de Cartagena?
  • Nº3 Comunidad de regantes: desde el trasvase Tajo-Segura existe esa organización que sin duda es la más racional para la distribución del agua por la orografía del terreno. Una muestra clara de ésto es la inclusión de Pilar de la Horadada que pertenece a la comarca de la Vega Baja.
  • Nº4 Vinos: supongo que existe esa denominación de origen y se refiere a los cultivos de vid en la zona. Es fácil encontrar vinos con denominación de origen que no coinciden exactamente con la delimitación comarcal.
  • Nº5 Molino de Arriba en Sucina: pone claramente que su producción se dirigía a la población del Campo de Cartagena, es de suponer que por el puerto de Cartagena también podrían llegar otro tipo de alimentos desde diferentes países.
  • Nº6 Esta referencia si parece adecuada: se trata de la postura defendida por algunos profesores universitarios frente a la defendida por Calvo y Zorita. Sin embargo se adoptó la de éstos últimos. Este diario sin embargo pretende mantener abierta la polémica en ese artículo.
  • Nº7 Confederación comarcal de empresarios: son un organismo privado que puede mantener la estructura que deseen, sin embargo debe considerarse que se trata de una confederación, o sea menos que una federación en cuanto a competencias globales.
  • Nº8 Se trata claramente de una guía de servicios publicitaria.
  • Nº9 Zona pastoral Campo de Cartagena - Mar Menor: es la zonificación que ha decidido la Iglesia Católica, con capital en el Vaticano. Tiene todo el derecho a establecer las zonas que desee aunque llama la atención el territorio del Arciprestazgo del Campo de Cartagena.
  • Nº10 Ficha informativa de los humedales de Ramsar: en este caso si se habla de unidades geográficas del Campo de Cartagena y del Campo del Mar Menor, pero en ningún momento de comarcas.
  • Nº11 Esta también parece adecuada y como la Nº6 nos lleva al debate sobre la comarcalización en el ambiente universitario.
  • Nº12 Esta referencia no se refiere a las comarcas sino a la organización educativa y a pesar de todo puede leerse que subdivide en las comarcas de Campo de Cartagena y Mar Menor. O sea refuerza la idea contraria a la defendida por quién la ha puesto.¿?
  • Nº13 Coincide con la Nº3, desde la que parece aportarse la información.
Parece que en estas referencias tengan un contenido político más que un deseo de obtener un buen artículo. Casi todas ellas han entrado en debates anteriores.--Nioger (discusión) 22:08 4 may 2009 (UTC)[responder]

Comentario a las referencias que aparecen en el artículo[editar]

  • Nº1 Datos de la publicación del estudio en que se fundamentó la división comarcal establecida por el Consejo Regional (órgano de gobierno democrático durante la preautonomía). A esta cabe añadir el primer libro mencionado en la Bibliografía.
  • Nº2 y 3 Son notas informativas.
  • Nº4 Se trata de un libro sobre el municipio del Los Alcázares que trata con alguna extensión el tema de la configuración de la comarca desde la perspectiva de ese municipio.
  • Nº5 Es un simple mapa informativo de la situación comarcal oficial.
  • Nº6 Enlace al título preliminar del Estatuto de Autonomía en el que define la existencia de una distribución comarcal, aunque no menciona específicamente los límites de las mismas. Articulo 3.2
  • Nº7 Enlace a mapa informativo de la estructura territorial con motivo del desarrollo de la ley del suelo. Decreto N.º 102/2006. Decreto legislativo 1/2005. Texto Refundido de la Ley del Suelo
  • Nº8 Artículo que trata sobre la producción agrícola en el Campo de Cartagena y que en su anotación nº1 establece sus límites territoriales pero sin figurar la fuente de la que ha obtenido esa información.
  • Nº9 Enlace a la Disposición del Estatuto de Autonomía que establece las cinco circunscripciones electorales. Disposición transitoria primera 2.a
Estas referencias deben enmarcarse en el texto del artículo. --Nioger (discusión) 09:43 5 may 2009 (UTC)[responder]

Frase no correcta[editar]

Se dice en el artículo

"La comarca del Mar Menor se crea por el gobierno regional en el marco del Consejo Regional de Murcia al establecer la división comarcal de la Región de Murcia"

Quería hacer algunas precisiones sobre este párrafo:

- En primer lugar, el Consejo Regional de Murcia no es el gobierno regional. Esa frase debería cambiarse.

- La competencia para la creación de las comarcas en la Región de Murcia corresponde en exclusiva a la Asamblea Regional de Murcia por medio de ley, no al gobierno regional por decreto que es lo que se expone en el artículo.

Art.3.2 del Estatuto de Autonomía:"Las comarcas gozan también de plena personalidad jurídica, así como de autonomía para el cumplimiento de los fines que les sean atribuidos por la Ley."
"Art.18.3. La Asamblea Regional, mediante Ley, determinará la distribución de estas competencias entre los distintos órganos de la Comunidad Autónoma y las condiciones para su cesión o delegación en las entidades territoriales a que hace referencia el artículo tercero de este Estatuto.."
Art.23.5 y 23.6: "Corresponde a la Asamblea Regional:

- Ejercer las competencias atribuidas por el presente Estatuto a la Región, en relación con la supresión y alteración de los términos y denominaciones de los municipios y la creación de otras entidades territoriales.

- Regular la delegación de competencias administrativas de la Región en uno o varios municipios o en las entidades territoriales a que hace referencia el artículo 3 de este Estatuto.."

La referencia aportada en el artículo es incorrecta y hace referencia a un periodo de la historia de la Región de Murcia pre-estatutario. Mientras no se apruebe la comarcalización en la Región de Murcia por el órgano competente que es la asamblea regional, el artículo deberá limitarse a mostrar las diferentes opiniones que sobre esa futura comarcalización pueda darse, y no una sola como hace hasta ahora.

Sugiero que el inicio del artículo comience con la siguiente frase, que ya estuvo puesta una vez pero alguien borró:

"La comarca del Mar Menor ha sido propuesta por algunos autores para la futura división comarcal, aún no aprobada por ley, de la Región de Murcia."

Cualquier otra frase que afirme asertivamente otra cosa no es exacta. Puesto que existen otros autores que proponen otras alternativas de Comarcalización en fechas posteriores a esa supuesta decisión del consejo regional de Murcia.

[www.atlasdemurcia.com] Parte del Campo de Cartagena está vinculado histórica y administrativamente al municipio de Murcia. El resto se relaciona con la ciudad de Cartagena. Esta planicie termina por el este en el Mar Menor, extensa albufera cerrada al mar por la restinga de La Manga, conjunto que supone uno de los fenómenos naturales más intere- santes de las costas peninsulares. Así, delimitada geográficamente, la Comarca incluye el extenso municipio de Cartagena (558,3 km 2 ), los de tamaño intermedio Fuente Álamo (273,5 km 2 ) y Torre Pacheco (189,4 km 2 ) y los más pequeños de San Javier (75,1 km 2 ), La Unión (24,8 km 2 ), San Pedro del Pinatar (22,3 km 2 ) y Los Alcázares (19,8 km 2 ). En total 1.163,2 km 2 que en 2005 estaban habitados por 316.153 habitantes.

y

Es así como en la Comunidad murciana empieza a consolidarse una división comarcal que los geógrafos habían hecho con anterioridad, y poco a poco los organismos oficiales, sin hacer un reconocimiento legal de las mismas, comienzan a organizar sus servicios a través de estas entidades intermedias, si bien con actuaciones desconexas entre ellas. Al mismo tiempo, los medios de comunicación - prensa, radio, televisión-, en su necesidad de agrupar las noticias de varios de sus municipios, recurren a las denominaciones comarcales propuesta en 1968 por el departamento de Geografía de la Universidad de Murcia: Campo de Cartagena, Huerta de Murcia, Bajo Guadalentín, Campo de Lorca, Cuenca de Mula, Vega alta del Segura, Sierras Occidentales - también llamado Noroeste murciano- y Altiplano de Jumilla y Yecla. Atlas del País-Aguilar 1993 VOL II (Vol.II) ISBN 84-86459-42-7

--Nanosanchez (discusión) 14:01 5 may 2009 (UTC)[responder]

Alegaciones sobre la supuesta "no neutralidad":[editar]

  • Respecto al primer párrafo: "... muestra una división comarcal .... sobre la que hay discrepancias de opiniones en otros autores." Se trata de la división comarcal establecida por el gobierno democrático preautonómico y se refleja en el artículo y en su página de discusión que existe la opinión de otros autores de informes sobre cómo debería de ser esa división comarcal. Así en la página de discusión se cita:* Morales Gil, Alfredo. «LAS COMARCAS Y LAS DIVISIONES COMARCALES». Jarique. Atlas de la Región de Murcia, cap. XXXII. 

En el artículo se citan esas discrepancias explícita e implícitamente en las Referencias nº2 y 8, y con mayor extensión en el apartado denominado Discusión sobre la existencia de la Comarca del Mar Menor. Creo que se trata de pruebas evidentes que permiten al lector conocer las diversas opiniones.

  • Respecto a la segunda objección: "Legalmente no existen en la Región de Murcia las comarcas administrativas puesto que nunca se ha creado una ley en la Región ..." Es cierto que desde la creación de la Comunidad Autónoma no se ha legislado sobre esta cuestión, pero ya se ha apuntado en el argumento anterior la base de su creación, en este caso se trata de un concepto de comarca como unidad territorial y de gestión como aparece recogido en Wikipedia. Respecto a la no legalidad de los decretos no puede existir comentario, ya que es un intento por ocultar la realidad de que la administración la considera como tal en sus decretos y lo que es más importante en la planificación de sus actuaciones e implantación de servicios.
Como breve comentario añadir que el artículo del BORM referenciado y referente a las comisiones territoriales para la gestión de la FP, establece una subdivisión para esta comarca, que al mismo tiempo posee equipos de inspección propios, equipos de orientación propios, instituciones para la formación continua de profesores propia, ...
En resumen el argumento de que no existe una ley específica aparece claramente reflejado al comienzo de esta discusión en la primera frase y en el primer párrafo de la Discusión ... mencionada anteriormente.
  • Respecto a la tercera objección: "... se debería hacer referencia a las diferentes posturas sobre comarcalización ..." creo que ha quedado patente que no se corresponde con la realidad del artículo. De todos modos antes de estas alegaciones he presentado un análisis de las referencias aportadas y de las existentes en el artículo.
  • Respeto a la redacción de la frase que se indica como no correcta siempre existirá posiblemente una forma de mejorarla, aunque se corresponde con una realidad. Sin embargo, la propuesta por el usuario que ha puesto el cartel es un artificio literario que no podría calificar de objetivo y neutral: implícitamente dice que la comarca no existe y además hace previsiones casi imposibles o al menos escatológicas.
Sólo un comentario sencillo sobre otra de las ¿imprecisiones? de este usuario: el gobierno preautonómico de la Región de Murcia fué un órgano elegido democráticamente en el marco del desarrollo constitucional y sus disposiciones deberían considerarse legales hasta que no sean derogadas o modificadas. Por otro lado el Decreto N.º 102/2006. es un desarrollo de la ley 1/2005 del suelo aprobada por la Asamblea Regional.--Nioger (discusión) 21:28 6 may 2009 (UTC)[responder]

Discusión general sobre comarcas[editar]

Hola. Se ha abierto una discusión para intentar llegar a un consenso global sobre las comarcas en la Región de Murcia. El resultado de la discusión probablemente afectará al contenido y estructura de este artículo ¡incluso puede que a su existencia!. Quien esté interesado puede participar en Wikiproyecto:Región de Murcia/Comarcas y su página de discusión: Wikiproyecto Discusión:Región de Murcia/Comarcas. Saludos. Martingala (discusión) 12:50 26 jun 2009 (UTC)[responder]

He trasladado mi propuesta desde allí ya que pienso que mejora, al menos en cierta medida, el artículo. Quizá aquí exista mayor participación. Saludos. --Nioger (discusión) 08:06 9 oct 2009 (UTC)[responder]

Comenzamos. La figura de la comarca del Mar Menor NO se encuentra reflejada en ningún documento oficial. Cuando usted hace referencia a "otros organismos", ¿se refiere al Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia?. No es veraz, sesgar la información, ninduneando a los ciudadanos legalmente incluidos en la comarca del Campo de Cartagena. ACuestasP (discusión) 07:31 2 dic 2016 (UTC)[responder]

Reforma del Artículo[editar]

Voy a comenzar proponiendo una reforma total de este artículo puesto que está reflejando un punto de vista No Neutral, ya que toma como base exclusivamente una sóla de las propuestas de comarcalización de la Región de Murcia, sin tener en cuenta que la mayoría de las propuestas de comarcalización realizadas hasta la fecha no reconocen la realidad de esta comarca.

El párrafo inicial en mi opinión debería comenzar así:

" La comarca del Mar Menor forma parte de una propuesta de comarcalización administrativa realizada por el COnsejo Regional de Murcia en 1980, si bien, no ha sido reconocida en otras propuesta de comarcalización de la Región de Murcia por otros autores. Hasta el momento, la comarcalización administrativa de la Región de Murcia, si bien estaba prevista en el Estatuto de Autonomía de 1982, no ha sido realizada.

Según esta propuesta, la comarca del Mar Menor estaría compuesta por los municipios de Los Alcázares, San Javier, San Pedro del Pinatar y Torre Pacheco y se encontraría situada junto al Mar Menor en la parte oriental de la comunidad autónoma; Tendría una extensión de 30.574 hectáreas y una población de 99.447 habitantes (según INE 2008). Recibe su nombre del Mar Menor que baña su costa y entre sus actividades económicas destaca el turismo.

La mayor parte de los autores (y aquí incluirías la fuentes) optan por incluir esta comarca dentro de la Comarca del Campo de Cartagena.

--Nanosanchez (discusión) 09:50 17 mar 2010 (UTC)[responder]

Creo que esa redacción por puesta por Nanosanchez es inadecuada y falsa ya que la comarcalización realizada por el Consejo Regional es oficial ya que la hizo en el ejercicio de sus competencias y no ha sido derogada. Otra cosa sería que se discuta si esa comercalización es la más adecuada y/o conveniente para la Región de Murcia. Tanto esa como la realizada por el Ministerio de Agricultura tienen su correspondiente base legal, lo que no quita para que existan otras propuestas de tipo más o menos académico, pero estas dos no son propuestas sino «comarcalizaciones» reales y como tales aparecen en las páginas oficiales de la comunidad autónoma. --Nioger (discusión) 13:46 17 mar 2010 (UTC)[responder]

Legal viene de "ley" que es justo lo que nos falta para decir que esa propuesta de comarcalización es legal. De momento no ha sido aprobada por la Asamblea Regional que es a quien correspondería. Creo que esta cuestión ya se discutió suficientemente y no merece la pena volverla a traer a colación. La redacción actual del artículo es claramente inaceptable por no neutral. --Nanosanchez (discusión) 20:05 17 mar 2010 (UTC)[responder]

Además de leyes existen decretos y una amplia variedad de manifestaciones legales, respecto a que es la Asamblea Regional quien debiera hacer una ley (que luego sancionarían instancias superiores) es algo evidente, pero no lo ha hecho aún; sin embargo si lo hizo el Consejo Regional y además era competente para ello, por tanto hasta que la Asamblea legisle es lo que hay. Desde mi punto de vista lo que resulta inaceptable es la redacción absolutamente parcial que propones.--Nioger (discusión) 20:27 17 mar 2010 (UTC)[responder]

Te remito a la discusión del Proyecto de Comarcas de la Región de Murcia: La mayoría de wikipedistas opinamos que la división comarcal del Consejo Regional no es más que una de las divisiones comarcales propuestas y no la única válida. De hecho, no es la única que ha aparecido en las normas de la administración regional. Por si no lo sabes, es que las leyes tienen una jerarquía normativa, y un decreto del gobierno regional no es una ley, y no es un acto legislativo sino administrativo. De todas maneras, creo que no debemos seguir dándole vueltas al asunto. Lo que no es lógico es que la wikipedia esté fijando la postura que mantiene uno solo de los wikipedistas en contra de la opinión de la mayoría. --Nanosanchez (discusión) 20:47 17 mar 2010 (UTC)[responder]

Sólo quería añadir una coletilla a un comentario tuyo anterior, que no quiero que se me pase: El Consejo Regional de Murcia era un órgan pre-autonómico, y sus disposiciones no eran leyes. Por tanto, todas sus decisiones quedan derogadas automáticamente en cuanto se opongan a una norma de superior rango jerárquico (el estatuto de autonomía, que es una ley orgánica). Si el estatuto de autonomía prevé una ley para abordar la división comarcal de la Región, cualquier cosa anterior que se oponga a esto queda automáticamente derogada. Te recomiendo un vistazo a algún manual de primero de derecho civil. En los primeros temas se suele explicar de forma sencilla cómo funciona la jerarquía de las leyes en nuestro derecho. --Nanosanchez (discusión) 21:14 17 mar 2010 (UTC)[responder]

He participado activamente en la discusión y la conozco en profundidad, he debatido en su página los puntos de interés, he buscado puntos de consenso y creo que la realidad no se corresponde con lo que dices. Respecto lo que afirmas sobre derogaciones creo que es un profundo error y como muestra un botón:el código penal. Resulta cansado que cada año en marzo el mismo wikipedista comience a despreciar la comarcalización que se muestra en las páginas «oficiales» (no histórico descriptivas) de la comunidad autónoma y en los libros de texto y por tanto la que aparece en el artículo de la Región de Murcia.--Nioger (discusión) 22:02 17 mar 2010 (UTC)[responder]


Nioger vuelve con el mismo argumento mil veces retorcido, pero la realidad es la que es. Lo que planteó el Consejo Regional fue una PROPUESTA, y en propuesta se quedó. Que a veces pueda utilizarse ésta y otras que han existido no significa legalmente que se establezca como LA comarcalización oficial, que por lo demás es una auténtica falacia. NO existe las comarcas administrativas en la Región de Murcia, no existe la comarcalización de tipo administrativo mientras no se APRUEBE oficialmente. Existen propuestas, y existen comarcas naturales delimitadas por la geografía, la etnografía y la historia. Por ejemplo el Campo de Cartagena. La Comarca del Mar Menor es un invento propuesto por Fuentes Zorita...repasemos la bibliografía al respecto en numerosos ATLAS de décadas anteriores: NO EXISTE, está integrada en el Campo de Cartagena. Y TODAS las propuestas, excepto, oh casualidad, la de Fuentes Zorita, incluyen los municipios del Mar Menor en el Campo de Cartagena. Cuando se haga la nueva redacción, conviene aclarar y resaltar bien éste punto.

--Duquedesesto (discusión)

Tachar de falso algo que viendo unos manuales de Derecho Civil, a mano en cualquier biblioteca, basta para saber y apoyar el punto de partida que propone el usuario Nanosanchez y tacharlo de totalmente verídico. Además parece que usted, Nioger, tampoco conoce el significado del término "Propuesta". Ruego que aparte de un manual de Derecho Civil, coja un Diccionario de la RAE o acuda a la misma web de la mencionada Real Academia. Una propuesta no puede ser algo absoluto y fijado, si no dejaría de ser propuesta, cosa que no ha dejado de ser...

Es más al ser una propuesta, la comarcalización no se ha desarrollado (ni en el sentido al que usted afférimamente apoya), si no que incluso se crearon propuestas comarcales posteriores, ninguna de ellas oficiales. Aquí te vuelvo a recomendar un libro que editó la CARM en colaboración con la Verdad, además lo puedes encontrar en formato digital: http://www.atlasdemurcia.com/index.php/capitulos/4/la-organizacion-del-territorio-las-comarcas/

Esa es la última propuesta que maneja la CARM, claro está sin ser oficial, pero mucho más actual y determinada por la propia autoridad regional... como ves la teoría de la Comarca del Mar Menor queda totalmente refutada y obsoleta como la propuesta de un señor hace 30 años y que ahora hay más propuestas encima de la mesa. Perroverde ct (discusión) 22:49 17 mar 2010 (UTC)[responder]

Sigo insistiendo en que la Comarcalización Administrativa propuesta por Fuentes Zorita, nunca aprobada por un órgano legislativo, es simplemente una propuesta. Por otro lado, hasta ahora no se ha aportado al debate el boletín oficial en el que haya sido publicada esta comarcalización, por lo tanto carece de fuentes que le den validez legal. Pero incluso, aunque hubiera sido aprobada legalmente en su momento por el Consejo Regional, el Estatuto de Autonomía de 1982, una norma de rango superior a la decisión administrativa del Consejo Regional, dejaría sin efecto esa decisión (que por cierto, todavía no sabemos qué rango legal tenía puesto que repito que no ha sido aportada al debate). No entiendo la referencia al Código Penal aportada por un wikipedista ni qué tiene que ver con este debate.

Creo que el artículo sobre la Comarca del Mar Menor no debe ser borrado, ya que esta comarcalización es usada a veces, no siempre por la administración regional para la prestación de servicios, pero sí que debe reformar profundamente para que no dé la sensación de "oficialidad" que impregna este artículo.

--Nanosanchez (discusión) 19:50 18 mar 2010 (UTC)[responder]

Bueno pues he cambiado el encabezamiento del texto, a ver qué os parece, me parece que refleja de forma exacta el estado de la cuestión. YO eliminaría el infobox para que no parezca que esta comarca es algo oficial, pero quería consultarlo con vosotros. Voy a proceder también a la eliminación de las categorías según la decisión tomada por votación en el proyecto de Comarcas de la Región de Murcia. --Nanosanchez (discusión) 20:41 18 mar 2010 (UTC)[responder]

He revertido la edición al estar el encabezamiento en paralelo con el consensuado en el Wikiproyecto:Comarcas de la región de Murcia para la comarca Vega Alta del Segura en condiciones similares.--Nioger (discusión) 20:57 18 mar 2010 (UTC)[responder]

Si entramos en una guerra de ediciones, daré aviso a un bibliotecario. Te recuerdo que todo esto ya se ha discutido aquí:

[[1]] y la redacción de los artículos no puede reflejar la opinión que mantiene un solo wikipedista en solitario. --Nanosanchez (discusión) 21:02 18 mar 2010 (UTC)[responder]

La redacción del primer párrafo es autoría de Usuario:Martingala como puede comprobarse aquí. El caso mencionado anteriormente es casi idéntico al de esta comarca: existe en la comarcalización hecha por el Consejo Regional y no en las otras.--Nioger (discusión) 21:51 18 mar 2010 (UTC)[responder]


Lo primero que hay que aclarar en el inicio del artículo es que la Comarca del Mar Menor es una PROPUESTA. Lo he editado y creo que se ajusta perfectamente a la realidad actual.

--Duquedesesto (discusión)

Aunque resulta cansado debo señalar que si fuese una mera propuesta lo sería igual que las comarcas agrarias ya que:
  • Es la división que aparece en la página oficial de la CARM (no confundir con las descriptivas).
  • Es la que aparece en la documentación que acompaña a la ley del suelo de la región.
  • Es la división utilizada de modo habitual por la CARM aunque no en la totalidad de los casos (p.e.: Consejería de agricultura y medio ambiente que se decanta por las comarcas agrarias).
  • Es la división que aparece en los libros escolares de educación primaria al hablar de las comarcas de la Región de Murcia.
  • Tiene carácter que yo calificaría de oficial al publicarse en el Boletín Oficial del Consejo Regional de Murcia y no haberse legislado después en la asamblea regional. (Consejo Regional con las competencias de la Diputación Provincial en este caso).

De momento esta es la situación y las referencias que hay en internet están más arriba. --Nioger (discusión) 10:47 19 mar 2010 (UTC)[responder]


Que se haya tomado de referencia en algunos aspectos no implica que sea oficial, ya que, al no ser aprobada, en modo alguno puede serlo. El problema aquí es que la Comarca del Mar Menor es una invención teórica reciente, y no está sustentada por una tradición histórica, etnográfica y hasta bibliográfica como sí lo está el Campo de Cartagena como ámbito geográfico y comarca natural. Cualquiera puede buscar el resto de propuestsa de comarcalización -incluso la última y más reciente- y se comprobará que el Mar Menor como comarca NO EXISTE, está siempre integrada en el Campo de Cartagena. También se utiliza el Campo de Cartagena como referencia comarcal y no se nos ocurre a ninguno de nosotros decir que es una comarca administrativa, puesto que nunca se ha aprobado NADA al respecto. En uno de los últimos grades proyectos de la Región que es el de los Tranvías y su conexión de Cartagena y toda su comarca, como cité anteriormente, se expone integrando absolutamente lo que sería la comarca del Mar Menor en la comarca del Campo de Cartagena. Es un proyecto OFICIAL, financiado por el ayuntamiento y la Comunidad Autónoma, y en su texto no se cita para nada la Comarca del Mar Menor, sí el Campo de Cartagena. Si siguieramos la argumentación de Nioger tendríamos que afirmar que sí existe como concepto administrativo y comarcal el Campo de Cartagena, lo cual es una completa falacia, idéntica al caso del Mar Menor. El problema es el que menciono anteriormente: existe una tradición histórica, bibliográfica y hasta popular en lo que respecta al Campo de Cartagena, que existe reconocido como tal desde hace siglos. No es el caso de la llamada "Comarca del Mar Menor".

--Duquedesesto (discusión)


He puesto el artículo EN DISCUSIÓN, mientras no se llegue a un acuerdo y se decida si se vuelve a redactar, que es lo que la mayoría ahora mismo apoya.

--Duquedesesto (discusión)

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Elvisor (discusión) 21:02 27 ene 2014 (UTC)[responder]

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