Discusión:Flow (Argentina)

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Falta de neutralidad[editar]

Aviso de no neutralidad.

El artículo ignora totalmente las críticas y los diversos problemas con la compañía.186.19.82.2 (discusión) 21:38 1 feb 2011 (UTC)[responder]

Además hay una falsedad evidente. La corte suprema no anuló la fusión. El título de la cita es engañoso. Si se lee todo el artículo se ve qué es lo que la corte hizo:

"La corte rechazó el recurso presentado por la empresa Multicanal contra la resolución 577/2009 del Comfer por la cual se denegaba la aprobación requerida por la empresa cablevisión de fusión con multicanal y otras licencias.

Asimismo, también rechaza el pedido de grupo Clarín de contar con Inmunidad Jurídica en fusión Multicanal-Cablevisión y ratifica atribuciones de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia en dicho proceso."

Claramente no anula la fusión sino dos pedidos de la empresa sobre temas colaterales relacionados con la fusión.


Después del leer el artículo me queda claro que no es neutral, es totalmente crítico del holding y (de paso) del grupo Clarín. Para dejarl en Wikipedia habría que revisar toda la redacción. Sugiero que un revisor neutral (de otro país) revise toda la redacción.Brindis (discusión) 18:58 24 jul 2020 (UTC)[responder]

Coincido con lo expresado por Brindis15, hay que revisar la no neutralidad de este articulo.Vmsa (discusión)

"Problemas legales"[editar]

Esta es la sección:

Desde el año 2009, tras la sanción de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual posee inconvenientes legales debido al incumplimiento de la resolución 296/10 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

El 9 de marzo de 2011 fue anulada la fusión con Multicanal,ref y fue condenada a devolver una suma superior a los 240 millones de pesos (60 millones de dólares) a 3 millones de clientes, por incrementar las tarifas de su abono mensual de manera inconsulta, en violación de la Ley de Lealtad Comercial.ref La empresa desconoció la normativa y continuó cobrando su abono con la suba gracias al aval de una acción cautelar firmada por el juez Ricardo Bustos Fierro, lo que representa una ganancia adicional de 1.500 millones de pesos para la compañía (375 millones de dólares).ref

Es el único operador de cable que incumple con lo dispuesto en la resolución 296/10 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisualref ref (AFSCA), que establece un nuevo orden en la grilla de canales de la televisión paga y la incorporación de los canales CN23, Paka Paka, TeleSUR e INCAA TV en sus servicios básico y digital (en este último se exceptúa Paka Paka). Además, viola la Ley de Lealtad Comercial, tras subir injustificadamente y de manera inconsulta, el precio de su abono mensual.ref

Realmente me cuesta entender cómo alguien no ve la falta de neutralidad en la sección. Para empezar, ningún periódico (oficialista, opositor o neutro) puede decir si una empresa incumple una resolución, disposición o ley, eso corresponde al Poder Judicial. El periódico sólo emite una opinión al respecto.

Teniendo sólo esa fuente, Wikipedia no puede poner "la empresa desconoce la normativa", "incumple la resolución", etc. Puede poner "según el diario X, la empresa estaría violando la resolución Y".

El resto son detalles. Por ejemplo, el juez no "firma" la acción cautelar, dicta una sentencia cautelar. Y al final se vuelve a mencionar la suba del abono que se dice un párrafo arriba. —Fache (disc) 23:49 25 sep 2011 (UTC)[responder]

Fache:
  • La resolución 296/10 dicta que se debe reorganizar la grilla con los canales, Cablevisión no lo hizo. No lo dice el diario X o Y, lo dice la propia cablevisión al exponer su grilla y que esta difiera de la resolución 296/10.
Ah, por cierto, también lo dice la justicia ([1]).
  • Si una resolución dice que hay que hacer A, y alguien hace B. Y las fuentes dan testimonio de ambas cosas, aquí podemos decir con todas las letras que se "incumple la resolución".
De la misma manera, si la empresa dice que no existe una normativa, o presenta medidas cautelares contra esta. Y las fuentes dan testimonio de esto, aquí podemos decir con todas las letras que "la empresa desconoce la normativa".
  • En cuanto a lo de la cautelar. No es una sentencia, es sólo una medida de un juez que actúa en tanto y en cuanto no se resuelva la problemática de fondo. Ahí radica una diferencia de gran tenor.
  • En cuanto a lo de violar la ley de Lealtad Comercial, tenés razón está repetido. Ahora lo corroboro.
Saludos.G M os digo que no soy... 00:11 26 sep 2011 (UTC)[responder]
Primero lo más fácil, las cautelares también son sentencias (no son en juicios de pleno conocimiento, como bien decís, pero son sentencias).
Segundo, uno no puede incumplir lo que no está obligado a cumplir. Mientras Cablevisión cuestione judicialmente la aplicación de la resolución a su caso, frases técnicas como "incumple" no corresponden a un medio que pretende ser imparcial como Wikipedia. Vale aclarar que si la situación fuera tan simple como la planteás, el juez de primera hubiera rechazado la demanda in limine (sin entrar a analizarla). Pero me imagino que los bogas de Cablevisión argumentaron una infinidad de razones por las cuales la resolución no le aplica (entre ellas, que es inconstitucional).
Una mejor redacción, a mi criterio, sería así:
La empresa cuestionó judicialmente la normativa y continuó cobrando su abono con la suba gracias al aval de una sentencia cautelar dictada por (o "una medida cautelar concedida por") el juez Ricardo Bustos Fierro, lo que representa una ganancia adicional de 1.500 millones de pesos para la compañía (375 millones de dólares)
A 2011, es el único operador de cable que cuestiona la aplicación de lo dispuesto en la resolución 296/10 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisualref ref (AFSCA), que establece un nuevo orden en la grilla de canales de la televisión paga y la incorporación de los canales CN23, Paka Paka, TeleSUR e INCAA TV en sus servicios básico y digital (en este último se exceptúa Paka Paka).
Saludos. —Fache (disc) 00:52 26 sep 2011 (UTC)[responder]

Supuesto allanamiento[editar]

Hay que renombrar el apartado y aclarar este tema, porque el mismo juez dijo que «no se trató de un allanamiento» si no que fue lo que se dictaminó fue la intervención judicial a la empresa Cablevisión, pero el interventor no pudo tomar sus tareas adjudicadas por el juez por «amenazas» de parte de personal jerárquico de la compañía.G M os digo que no soy... 12:37 21 dic 2011 (UTC)[responder]

Enlaces rotos[editar]

Elvisor (discusión) 01:33 14 ago 2013 (UTC)[responder]

Enlaces rotos[editar]

Elvisor (discusión) 10:43 26 nov 2015 (UTC)[responder]

Guía de canales - confuso[editar]

¿Qué canal está en el 03? Figuran un montón, no se entiende. ¿Del 28 al 32 y el 75 son codificados, o no hay nada? Saludos.--181.27.191.248 (discusión) 21:56 19 feb 2016 (UTC)[responder]

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preguntas Alianza Con Cablevision Y DirecTV[editar]

Cablevision con Directv via satelite, Streaming de Audio y Video por Internet y Fibra Desde Cablevision domicilio en la calle General Hornos 690 en la Ciudad de Buenos Aires bueno es todo Saludos.--186.49.174.207 (discusión) 22:46 10 oct 2017 (UTC)[responder]

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Oración confusa[editar]

"El 18 de junio del 2011 fue creado un canal llamado Colonia Televisión,17​ un canal de TV abierta coloniense" no guarda ninguna relación con el tema del allanamiento y el link envía a Multicanal.