Discusión:Infantería de Marina (España)

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Tema del artículo[editar]

Yo lo que no entiendo es lo del soldado Lois este que no pinta nada. Si hizo algo heroico o que forma parte de la cultura de la armada que le hagan un artículo a él, pero me parece que no debe estar en el de la infantería de marina. Y menos en esa proporción de importancia respecto a Cervantes o Calderón. He rehecho el artículo para que trate únicamente sobre la Infantería de Marina española, ya que antes no se sabía si hablaba de esta en concreto o de todas en general. Para esto otro, he creado el artículo infantería de marina, en minúsculas.--Darz Mol (enviar un mensaje) 23:56 15 jun 2006 (CEST)

Tema del Artículo II[editar]

Traslade a 'Infantería de Marina (España)' para que no se creen confuciones, ya que hay otras infanterías de marina.--crpb 23:10 15 abr 2007 (CEST)

Textos copiados[editar]

La sección "Miembros famosos y Héroes" tiene tres textos identificados como copias de diversas páginas web:

Los textos "RAMA Y CANCELA" y "GENERAL DE BRIGADA DE I.M. EXCMO SR. DON RAMÓN GARCÍA RÁEZ" no los he podido encontrar, pero al estar escritos con el mismo... ejem, "estilo" (por llamarlo de alguna manera), hacen sospechar mucho. He preferido ocultar estos textos antes que borrarlos por si alguien tiene algo que decir.--Darz Mol (enviar un mensaje) 12:11 12 abr 2008 (UTC)[responder]

HEREDERA DE LA ANTIGUA UOE[editar]

Hola, mira bien en el boletín oficial del estado de cuando se creó la UNIRECOM, que no es en absoluto la heredera de nada. La UOE es la Unidad de Operaciones Especiales del Tercio de Armada. Asegúrate de que eso está bien, por favor.

La información la conseguí del boletín oficial del estado:

La Unidad de Reconocimiento sustituye dentro de la Brigada de Infantería de Marina a la Unidad de Operaciones Especiales en las labores de reconocimiento para dicha Brigada. Es heredera de las funciones de reconocimiento en beneficio de la brigada, el resto de funciones y el reconocimiento en beneficio de la Armada lo asume la nueva Fuerza de Guerra Naval Especial.

La Fuerza de Guerra Naval Especial es la heredera directa de la Unidad Especial de Buceadores de Combate y a la Unidad de Operaciones Especiales en todo lo relativo a operaciones especiales (reconocimiento, acción directa y asistencia militar) es una unidad de carácter estratégico.


Aquí está el BOE: Resolución 600/07817/2009, de 23 de abril, del Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, por la que se crea la Unidad de Reconocimiento de la Brigada de Infantería de Marina. La directiva 02/2008, de 31 de julio, del Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada establece un plan para la constitución de la Fuerza de Guerra Naval Especial de la Armada, que bajo dependencia orgánica del Comandante General de Infantería de Marina, aunará las capacidades del Mando de Guerra Naval Especial, la Unidad Especial de Buceadores de Combate (UEBC) y de la Unidad de Operaciones Especiales del Tercio de Armada (UOE). A su vez ordena la creación de una Unidad de Reconocimiento encuadrada en la Brigada de Infantería de Marina (BRIMAR). La Orden DEF/3771/2008, de 10 de diciembre, por la que se modifica la estructura orgánica y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire integra toda la Fuerza de la Armada en un único organismo, y transfiere las responsabilidades de preparación y alistamiento de las unidades de Guerra Naval Especial al Comandante de la Fuerza de Infantería de Marina, integradas ahora en la Fuerza de Guerra Naval Especial.

En esencia, el proceso de generación de la Capacidad de GNE supone la transición desde la organización actual, en la que conviven el Mando de Guerra Naval Especial (GNE), la UOE y la UEBC, a una situación final en la que se habrán creado la Fuerza de Guerra Naval Especial en Cartagena y la Unidad de Reconocimiento en el Tercio de Armada. De esta forma, la consiguiente transformación orgánica de la UOE significará la constitución de una nueva unidad de reconocimiento, que será estructurada y dispondrá de los medios humanos y materiales que permitan asumir las necesidades de reconocimiento de la BRIMAR. Por lo tanto, y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 2.9 a) del Real Decreto 1126/2008 de 4 de julio

DISPONGO: Primero. Creación de la Unidad de Reconocimiento de la Brigada de Infantería de Marina.

1. Se crea la Unidad de Reconocimiento de la Brigada de Infantería de Marina (URECON).

2. La URECON, con base de estacionamiento en San Fernando (Cádiz), estará encuadrada orgánicamente a todos los efectos en la Brigada de Infantería de Marina. Segundo. De la capacidad de reconocimiento en la Brigada de Infantería de Marina. La Unidad de Reconocimiento de la Brigada de Infantería de Marina integrará la capacidad reconocimiento de la BRIMAR. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución. Disposición final primera. Facultad de desarrollo.

1. Se autoriza al Almirante Jefe de Personal y al Comandante General de la Infantería de Marina a dictar en el ámbito de sus competencias las instrucciones que considere necesarias para el desarrollo de la presente disposición.

2. En el plazo de un mes, a partir de la publicación de la presente Instrucción, el Comandante General de la Infantería de Marina elevará la propuesta de desarrollo de esta Resolución en la que se concrete la estructura y se desarrollen los modelos de procesos de trabajo que se consideren necesarios.

3. Para la creación de la plantilla de la Unidad de Reconocimiento de la Brigada de Infantería de Marina se seguirá lo establecido en el Proceso de Trabajo 0611, de elaboración y actualización de plantillas orgánicas, debiendo quedar aprobada no más tarde del 15 de mayo de 2009.

Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Defensa». Madrid, 23 de abril de 2009.—El Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, Manuel Rebollo García. Resolución 600/07818/2009, de 4 de mayo, del Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, por la que se crea la Fuerza de Guerra Naval Especial. La necesidad de contar con una capacidad de operaciones especiales genuinamente marítima, que integre las aportaciones de las unidades existentes, y constituya la aportación de la Armada a la capacidad de operaciones especiales conjuntas, se plasma por primera vez en la Directiva 01/05, de 31 de enero, del Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, sobre Guerra Naval Especial (GNE). En esta directiva se estableció la estructura de GNE en la Armada, compuesta por el Mando de Guerra Naval Especial (MGNE), subordinado al ALFLOT, así como sus unidades operativas, que continuaban adscritas a sus respectivos mandos orgánicos. Las experiencias obtenidas desde entonces recomiendan que el MGNE cuente con unidades asignadas en permanencia, con objeto de garantizar su más alto grado de disponibilidad así como para facilitar los procesos de adiestramiento y generación de fuerza. La Orden DEF/3771/2008, de 10 de diciembre, por la que se modifica la estructura orgánica y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire integra toda la Fuerza de la Armada en un único organismo, la Flota. En consecuencia, el proceso de creación de la Fuerza de Guerra Naval Especial debe, ahora, considerarse enmarcado en el proceso de reorganización general de la Fuerza de la Armada con el que debe quedar acompasado. Procede por tanto continuar dicho proceso de integración y consolidación de la capacidad de GNE en la Armada mediante la integración del MGNE, la Unidad de Operaciones Especiales (UOE) de la Brigada de Infantería de Marina (BRIMAR) y la Unidad Especial de Combate (UEBC) del Centro de Buceo de la Armada (CBA) en una única entidad orgánica, Fuerza de Guerra Naval Especial, que concentre toda la capacidad de la Armada en el ámbito de la GNE. Por lo tanto, y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 2.9 a) del Real Decreto 1126/2008 de 4 de julio,

DISPONGO: Primero. Creación de la Fuerza de Guerra Naval Especial.

1. Se crea la Fuerza de Guerra Naval Especial (FGNE), que dependerá orgánicamente del Comandante General de la Infantería de Marina, quién será responsable de su preparación y alistamiento.

2. La Fuerza de Guerra Naval Especial estará basada en la Estación Naval de la Algameca, Cartagena, y estará constituida por los medios de mando y control, unidades de GNE, medios de apoyo de combate y de apoyo logístico necesarios para llevar a cabo de forma independiente los cometidos operativos que se le asignen, tanto en el ámbito específico como conjunto o conjuntocombinado.

3. Su Jefatura será ostentada por un Capitán de Navío del Cuerpo General de la Armada en servicio activo, o un Coronel de Infantería de Marina en situación de servicio activo. Segundo. Segundo. Misiones.

1. La FGNE proporcionará a la Armada su capacidad de Guerra Naval Especial y constituirá su aportación fundamental a las operaciones especiales conjuntas.

2. La FGNE deberá ser capaz de ejecutar los distintos tipos de misiones que establece la Doctrina Conjunta de Operaciones Especiales y la doctrina OTAN y UE. Estará especialmente capacitada y equipada para operar en el entorno marítimo y litoral, en grupos reducidos, a gran distancia de su base, en todo tiempo y condiciones de terreno, con apoyo muy limitado o sin apoyo de fuerzas propias.

Tercero. Integración en la estructura operativa.

1. La FGNE se empleará integrada en la estructura operativa bajo el mando que se determine.

2. Los Equipos de la Fuerza de Guerra Naval Especial podrán ser asignados a mandos de la estructura orgánica a efectos de adiestramiento o para el cumplimiento de misiones específicas permanentes en tiempo de paz.

Cuarto. Adaptación orgánica.

1. El MGNE y la UEBC se integrarán orgánicamente en la FGNE el 1 de junio de 2009, causando baja en esa fecha como unidades de la Armada.

2. La UOE se trasladará a Cartagena y se integrará en la FGNE el 1 de julio de 2009.

Disposición adicional única. Normativa aplicable al personal.

1. Al personal del MGNE y UEBC afectado por la reorganización resultante de la presente Resolución le será de aplicación lo dispuesto en el apartado seis de la norma primera de la Resolución 182/1997, de 19 de septiembre, del Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, por la que se establecen las normas para el personal militar profesional de la Armada afectado por la disolución, baja, cambio de base, traslado o reorganización de Unidades, Centros y Organismos.

2. Al personal de la UOE afectado por la reorganización le será de aplicación la norma segunda y tercera de la resolución anteriormente mencionada. BOD. núm. 100 26 de mayo de 2009 6.65559

Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución.

Disposición final primera. Facultad de desarrollo.

1. Se autoriza al Almirante Jefe de Personal y al Comandante General de la Infantería de Marina a dictar en el ámbito de sus competencias las instrucciones que considere necesarias para el desarrollo de la presente disposición.

2. Para la creación de la plantilla de la Fuerza de Guerra Naval Especial se seguirá lo establecido en el Proceso de Trabajo 0611, de elaboración y actualización de plantillas orgánicas, debiendo quedar aprobada no más tarde del 15 de mayo de 2009.

3. El Comandante General de la Infantería de Marina elevará la propuesta de desarrollo de esta Resolución en la que se concrete la estructura, se desarrollen los modelos de procesos de trabajo y se propongan los ajustes de plantilla orgánica que se consideren necesarios, que en ningún caso deberán suponer aumento de personal. Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Defensa». Madrid, 23 de abril de 2009. E Almirante Jefe de Estado Myor de la Armada, Manuel Rebollo García.

--Nadie0212

Título del Artículo[editar]

Yo creo que al artículo le quedaría mejor el nombre de "Infantería de Marina Española". Propongo discutir este tema.

--G36 (discusión) 16:23 12 mar 2010 (UTC) Strogoff (discusión) 15:10 2 oct 2010 (UTC)El correcto sería CUERPO DE INFANTERIA DE MARINA ESPAÑOLA. Es el nombre oficial. Insisto, el nombre oficial es: Cuerpo de Infanteria de marina Española. Es un cuerpo expecífico de la Armada y en las FFAA está descrito como tal.[responder]

Strogoff (discusión) 15:10 2 oct 2010 (UTC)El símbolo de identificación del Cuerpo de Infanteria de Marina Española no es la Bandera Nacional. Es el ancla con los dos fusiles cruzados y la corona real. Sería conveniente que se corrija.[responder]
en la pagina web de la armada el nombre que aparece es de Infantería de Marina. Si tienes alguna referencia de que se llame Cuerpo de Infanteria de Marina Española hazlo saber.Tarawa (Discusión) 08:45 3 oct 2010 (UTC)[responder]

Strogoff (discusión) 11:21 3 oct 2010 (UTC)Mira en el Boletin Oficial Del Ministerio de Defensa. Es ahí donde debes mirar. Siempre que se hace referencia a los cuerpos que forman las FFAA, se citan de esta manera: Cuerpos generales de los ejercitos, Cuerpo de Infanteria de Marina y Cuerpo de la Guardia Civil. Siempre. En el BOE también sale con esa denominación. Buscar en Google: BOE Ministerio de Defensa Cuerpo de Infanteria de Marina. Leer Ley reguladora del regimen del personal militar profesional (Cuerpos y Escalas Militares, disposiciones generales). Pagina Web de la Armada:Divisas y distintivos. Cuerpos específicos de la Armada. Strogoff (discusión) 12:13 3 oct 2010 (UTC)El patrón del Cuerpo de Infanteria de Marina es San Juán Nepomuceno. He intentado ponerlo pero no sale. Sería interesante que se anotara este dato. Gracias Strogoff (discusión) 15:39 3 oct 2010 (UTC)[responder]

si tienes referencias deja aqui el enlace exacto de la paginaTarawa (Discusión) 12:21 4 oct 2010 (UTC)[responder]

Strogoff (discusión) 13:41 4 oct 2010 (UTC)¿Cómo se hace? No sé como puedo añadir el enlace. Muchas gracias de antemano[responder]


Strogoff (discusión) 22:14 4 oct 2010 (UTC) Strogoff (discusión) 22:22 4 oct 2010 (UTC)[responder]

15:10 2 oct 2010 (UTC)Lo que se ha trasladado a cartagena es la escuela de infanteria de marina, en San Fernando continua el Tercio de Armada que es el núcleo de la infanteria de marina

Se ha palnteado por parte del Strogoff (discusión) el cambio de nombre de Infantería de Marina por el de Cuerpo de infantería de Marina envia unos enlaces en los que aparece Cuerpo de Infantería de Marina [1] tambien hay otros cuerpos Cuerpo de Ingenieros, Cuerpo de Artilleria, Cuerpo de Intendencia, Cuerpo de Suboficiales etc etc. mi opinon es la de no cambiar el nombre dejar el que esta Infanteria de Marina, ahora bien si hay un consenso para cambiar el nombre no sere yo el que lleve la contraria. saludos Tarawa (Discusión) 08:46 5 oct 2010 (UTC)[responder]

Strogoff (discusión) 14:24 5 oct 2010 (UTC)En el último enlace que he añadido, si pincháis en ministerio de defensa, aparece el Real Decreto 711/2010 donde se describe la estructura de las FFAA de España, los cuerpos que la componen y las especialidades existentes dentro de cada uno de estos cuerpos. Existe una diferencia entre Cuerpo y Unidad. La Legión, Regulares, Cazadores de Montaña, etc..., son unidades que se integran en el Cuerpo General de la Armas (especialidad infantería)del Ejercito de Tierra. Todas ellas comparten tropa, suboficiales y oficialidad, además de divisas . La Infantería de Marina constituye por sí misma un Cuerpo especifico de la Armada,con su tropa, suboficiales y oficialidad, distintivo y divisas propios. Este artículo de wikipedia va sobre la historia, estructura, función, etc..., de un cuerpo militar de la Armada que se denomina oficialmente Cuerpo de Infanteria de Marina. obviar la palabra "cuerpo" sería considerar a la misma una unidad más.Y eso no es verdad. Como bien ha informado tarawa, existen distintos cuerpos, además del Cuerpo de Infanteria de Marina en las FFAA y cada uno de ellos tiene un nombre oficial y es su nombre oficial el que debe aparecer en la cabecera de este artículo. Si os dáis cuenta, en la pagina dedicada al Real Madrid aparece su nombre completo (Real Madrid Club de Futbol)y no "El Madrid".Bueno, por mi parte no volveré a realizan ningún comentario más sobre este tema. Agradezco a Tawara y a Millars su ayuda y comprensión. A ver que opina el personal sobre el tema. Un saludo a todos[responder]

Strogoff (discusión) 00:17 4 ene 2011 (UTC)[responder]

He modificado el nombre del Comandante General de la Infanteria de marina. El General de División de Infanteria de Marina Juán Chicharro Ortega ha pasado a la reserva (incluyo referencia). El Nuevo COMGEIM es el General de Infanteria de Marina Pablo Miguel Bermudo y de Espinosa (Incluyo igualmente referencia). Un saludo.[2][3] Strogoff (discusión) 00:17 4 ene 2011 (UTC)[responder]