Discusión:Pilar de Borbón

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Efectos de la Pragmática de 1776 sobre la sucesión real española : las teorías carlista y isabelina discrepan sobre la forma de la decisión de las Cortes, pero coinciden en la necesidad de una decisión especial para eliminar a una persona de la línea sucesoral, sea por causa de matrimonio desigual, o por causa de renuncia. La Pragmática solo rige apellido, arma, títulos... "dimanados de la Corona". Hay que leerla, es muy claro. En 1847-1848, tres matrimonios desiguales fueron objeto de decretos aplicando la Pragmática : un desautorizado y meramente desigual, un desautorizado y "notable- y manifiestamente desigual", aquí la reina informaba : "De este decreto se dára cuenta á la Córtes en la próxima legislatura para que acuerden lo que estimen procedente en cuanto tiene relación con la sucesion á la Corona." El tercer matrimonio era autorizado y meramente desigual, y la reina satuó sobre titulaturas, y no pidió exclusión de la infanta y de su descendencia de la orden sucesoral.

SASTRÓN

El apellido Sastrón es de origen Francés. Entra en España por el Reino de Aragón hacia el año 1511 participando en la incorporación del Reino de Navarra a la Monarquía Católica. Tanto en su manto de armas como en su escudo, figuran entre otros elementos, dos flores de lis Fuente : www.heraldica.org, citando Colección legislativa de España, tomos 40 p.193 y 44 p.193.

En el caso de la infanta Da. Pilar, no tuvo ninguna decisión de las Cortes, lo que hace que nunca fue apartada de la línea sucesoral, que la Pragmática de 1776 no rige.

Duquesa de Segovia[editar]

Entiendo que este es un título personal y vitalicio, no hereditario. Si esto es correcto, sería útil especificarlo en el artículo. 208.87.248.162 (discusión) 21:52 5 abr 2011 (UTC)[responder]

Infanta de España[editar]

La infanta Pilar es infanta de España de nacimiento. El rey con el Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre de 1987 no hizo más que especificar los títulos de la familia real. En el decreto se dice que las hermanas de Su Majestad el Rey, Don Juan Carlos I de Borbón, serán Infantas de España y conservarán el derecho al uso del tratamiento de Alteza Real vitaliciamente. Pero no sus consortes ni hijos. No las creó Infantas en ningún momento, se les permite utilizar el título y el tramatimiento de Alteza Real de por vida y se especifica que sus hijos no lo heredarán. El rey con el real decreto legisló los títulos de la casa real que había hasta el momento. En este real decreto no se crean títulos. En el exilio de la familia real muchos familiares del rey se atribuian títulos sin que el entonces jefe de la casa real, el infante don Juan, los autorizara. para frenar esta practica el rey legislo los títulos mediante este real decreto pero no creo ninguno. — El comentario anterior sin firmar es obra de Baena (disc.contribsbloq).

Lo cierto es que se considera que Pilar y Margarita fueron creadas infantas por Real Decreto de 6 de noviembre de 1987 y no antes. El hecho de que se especificara en una disposición transitoria y cómo está redactada esta disposición son los causantes de esta consideración. Cuando se tratan los títulos y honores de Juan de Borbón, se habla de que «continuará vitaliciamente en el uso del título de Conde de Barcelona», pero cuando se refiere a las hermanas del rey, indica que «serán Infantas de España». La diferencia entre la «continuidad» para don Juan y la «futuridad» para Pilar y Margarita es evidente.
S.A.R. Doña María del Pilar de Borbón y Borbón, Infanta de España por Decreto de 6-XI-1987.
S.A.R. Doña Margarita de Borbón y Borbón, Infanta de España por Decreto de 6-XI-1987.
Elenco de grandezas y títulos nobiliarios españoles, 2001. p. 9
También ostentan la Dignidad de Infantas de España las hermanas del Rey, Doña Pilar y Doña Margarita de Borbón y Borbón, por aplicación de la Disposición Transitoria II del Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre
La Monarquía parlamentaria: Familia Real y sucesión a la Corona, 2008. p. 117
Durero (discusión) 22:58 14 jun 2013 (UTC)[responder]


No fueron creadas Infantas de España porque ya lo eran de nacimiento y como ejemplo adjunto el real decreto donde se crea Infante de España a Don Carlos de Borbón-Dos Sicilias y se especifica claramente que se le crea Infante;

JEFATURA DEL ESTADO 27905 REAL DECRETO 2412/1994, de 16 de diciembre, por el que se concede la Dignidad de Infante de España a don Carlos de Borbón-Dos Sicilias y Borbón-Parma. Las circunstancias excepcionales que conCUrren en Su Alteza Real don Carlos de Barbón-Dos Sicilias y Borbón-Parma, como representante de una línea dinástica vinculada históricamente a la Corona española. constituyen razones por las que le juzgo digno de la merced y Dignidad de Infante de España, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.°, 2, del Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, DISPONGO: Articulo único. Se concede la Dignidad de Infante de España a Su Alteza Real don Carlos de Barbón-Dos Sicilias y Borbón-Parma con los honores y tratamientos anejos a la citada Dignidad. Dado en Madrid a 16 de diciembre de 1994. JUAN CARLOS R. El Presidente del Gobierno. FELIPE GONZALEZ MARQUEZ

En este real decreto se deja bien claro que se concede la Dignidad de Infante de España a don Carlos de Borbón-Dos Sicilias y Borbón-Parma. En el decreto que regula los títulos de la familia real se especifica que las hermanas de Su Majestad el Rey, Don Juan Carlos I de Borbón, serán Infantas de España y conservarán el derecho al uso del tratamiento de Alteza Real vitaliciamente. Pero no sus consortes ni hijos. No se les concede nada porque son Infantas de España por nacimineto. Si se leé bien el real decreto 1368/1987, de 6 de noviembre dice al igual que en el caso del Condado de Barcelona que serán Infantas de España y conservarán el derecho al uso del tratamiento de Alteza Real vitaliciamente. De este modo su argumento de que no les da continuidad si no futuridad queda descartado. Si hubiese alguna duda llamen al Ministerio de de Justicia o a la misma casa real y les dirán que son Infantas de nacimiento. — El comentario anterior sin firmar es obra de Baena (disc.contribsbloq).

El Decreto por el que se otorga la dignidad de infante a Carlos de Borbón-Dos Sicilias no viene al caso. Máxime cuando es una Ley posterior al Decreto de 1987 y se basa en lo estipulado en el mismo. Es decir, que la forma de otorgar la dignidad en ese caso no tiene por qué ser la misma que para las hermanas del rey. En cuanto a la diferencia entre que el conde de Barcelona «continuará» siéndolo y que las hermanas del rey «serán» infantas, está bien clara. Si tú no lo ves así, queda como tu opinión personal, pero, mientras las referencias indiquen que Pilar y Margarita son infantas por el Real Decreto de 1987, así deberá aparecer en los artículos. Así que, por favor, deja de cambiar la redacción de los mismos. De lo contrario, se tomarán medidas para que no puedas modificar estas páginas. Durero (discusión) 17:40 18 jun 2013 (UTC)[responder]

Para empezar usted hace una interpretación personal del Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre. Cualquier persona que tenga conocimiento en leyes le dirá claramente que no se les hace Infantas. Lo son de nacimiento y en este decreto el rey regulo los títulos. Opinión personal es la que usted hace del decreto. En la que se ve que no tiene mucha idea de leyes. Cambiaré la redacción de los mismos si están mal, como es este el caso. Esto es wikipedia y no una página personal, de hecho ya me he puesto en contacto con la casa del rey para que ellos mismos hagan un escrito donde expliquen claramente la situación. Entonces lo pondré aquí, y se harán los cambios pertinentes porque esto no es una página personal suya. El decreto que he puesto de la creación de Don Carlos como Infante es un ejemplo claro y válido. Otra cosa es que usted no lo quiera ver y se ciña a una interpretación personal que hace. ¿Los hijos de los reyes porque no son Infantes desde ese real decreto? Es la misma situación.

Según reciba por escrito la contestación de la casa del rey la adjunto aquí y espero que quede el tema zanjado.

Le recuerdo que wikipedia es algo que hacemos todos y que usted no tiene en su poder la verdad absoluta, ni la capacidad de cortar al resto de modificar lo que esta mal.

Por educación le recomiendo que hable de usted a las personas que no conoce. — El comentario anterior sin firmar es obra de Baena (disc.contribsbloq).

Es cierto que aquí hay una «interpretación personal del Real Decreto», pero, desde luego, no es la mía. Por mi parte he aclarado una obviedad (los verbos utilizados) y me he remitido a lo que indican dos fuentes sobre este asunto. Si las referencias indican que las hermanas del rey son infantas por aplicación del RD de 1987, así deberá aparecer en sus artículos. No hay mucho más de lo que hablar. Durero (discusión) 18:43 18 jun 2013 (UTC)[responder]

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