Discusión:Pisco (ciudad)

Contenido de la página no disponible en otros idiomas.
De Wikipedia, la enciclopedia libre
Esta página le interesa al Wikiproyecto Ciudades del Perú.

Villa y Puerto de la Independencia[editar]

Se encuentra en la seccion "Denominaciones y Titulos Locales:" Pagina 164 de aqui el titulo a la villa de Pisco junto con otros titulos y denominaciones a otros lugares del Peru. El titulo no es un cambio de nombre. No existe documento oficial alguno que le llame "Villa y Puerto de la Independencia" en vez de Pisco. Tampoco existe fuente valida que indique que "cambio de nombre" o "de ahora en adelante se llamará".

El texto del decreto es (se conservan mayusculas e italicas):

En vista del acuerdo de la junta departamental de Lima, sobre que la villa de Pisco se titule Villa y Puerto de la Independencia, ha dado la ley siguiente. DECRETO. La villa de Pisco se denominará Villa y Puerto de la Independencia.

La DRAE indica:

título: Renombre o distintivo con que se conoce a alguien por sus cualidades o sus acciones.
renombre: Epíteto de gloria, o fama que adquiere alguien por sus hechos gloriosos
denominar: Nombrar, señalar o distinguir con un título particular a alguien o algo.

Denominar no es cambiar de nombre sino, distinguir con un titulo y el titulo es fama por un hecho glorioso. "Villa y Puerto de la Independencia" es un distintivo de Pisco por el desembarco de la expedición libertadora.

Por ejemplo sobre el uso de titulos: "Ley disponiendo que la ciudad de Moquegua se titule Benemerita a la Patria" o "Disponiendo que el pueblo de Huancayo se titule Ciudad Incontrastable", éstas no cambian de nombre.

-- Arafael (discusión) 06:06 25 feb 2012 (UTC)[responder]

El decreto es claro: hubo un acuerdo para que la villa se pisco se titulara "Villa y Puerto de la Independencia", por lo que el Congreso decidió que se denominara "Villa y Puerto de la Independencia"; en otros términos, hubo un cambio del nombre oficial (no dice que es un agregado honorífico). Al respecto es importante destacar que, por regla general, la eficacia de las normas jurídicas, como el antedicho decreto, es a futuro (una que vez entran en vigencia, con su publicación, a menos que se indique algo distinto), así las cosas, el cambio se produjo a partir del mismo decreto (se llamaría así la villa, en lo sucesivo). Nota: en lenguaje jurídico, se utiliza la expresión "se denominará" como equivalente a "cambiará de nombre a" (esta último no se usa).
Ahora bien, lo anterior es sin perjuicio que, para la población, e incluso para las autoridades, la villa en cuestión aún fuese llamada o referida como "villa de Pisco" o "Pisco" (y así se consigna en algunas normas dictadas con posterioridad).
En resumen: hubo un cambio de nombre oficial, que no fue aceptado/respetado por la población e incluso por las autoridades posteriores. Lo anterior no es infrecuente, máxime la época en que fue dictado el decreto (1832), cuando el Estado recién estaba siendo instalado (junto a la institucionalidad respectiva).
Saludos, --Yakoo (discusión) 17:48 25 feb 2012 (UTC)[responder]
Antes de hacer mas cambios,
Esta interpretando la ley de acuerdo a un punto de vista particular, no del uso que hacen los legisladores.
Decir que en 1832 el estado peruano era "inmaduro" (por llamarlo así) puede ser un punto de vista particular. Aun así en 1895, cerca al siglo 20, ya no era "inmaduro" (por llamarlo así) y la zona tenía el nombre de "Villa de Pisco".
Vea como usan los legisladores "denominar", "titulo" y las italicas.
El pueblo del Callao se denominara "La fiel y generosa ciudad del Callao, asilo de las leyes y de la libertad" (en italicas). No hay cambio de nombre si no que se le agrega el titulo de "La fiel y generosa...".
Se denominara "Pueblo" (italicas) de San Antonio de Acobamba el caserio de este nombre en la provincia de Huarochiri. No hay cambio de nombre si no que se le agrega el titulo de "Pueblo".
Ud. escribe que "algunas disposiciones oficiales...", entonces debe tener fuentes de las "otras disposiciones oficiales" que le llaman "Villa y Puerto de la Independencia" en vez de "Villa de Pisco".
No hubo cambio de nombre, sino un titulo a la Villa de Pisco.
Mas bien...
Le presento lo siguiente, "Monografía de Pisco" de 1947 por el historiador pisqueño Mamerto Castillo Negrón (1910-2001), fuente valida, historiador, y declarado por la Municipalidad Provincial de Pisco como "Hijo Ilustre de las Letras Pisqueñas".
"LA VILLA DE PISCO ELEVADA A LA CATEGORIA DE CIUDAD. Después de la memorable revolución del noventa y cinco que dió como resultado orden y tranquilidad en el Perú con el gobierno de don Nicolás de Piérola, se viene para Pisco la época de ascención entre los pueblos que estaban relegados a tener aún la categoría de simple distrito con dos agregados que hacían honores justos a su merecimiento: uno que era "Villa y Puerto de la Independencia", otro que desde mil ochocientos sesenta y ocho (octubre 21) al crearse la provincia de Chincha, se reconoció la Villa de Pisco como capital de dicha provincia; categoría esta última que a raíz de la revolución del noventa y cinco."
Vea que el historiador dice que 'Villa y Puerto de la Independencia' es un agregado que le hace honor.
Vea que el historiador dice que es la "Villa de Pisco" la que es capital de Chincha. Tambien lo dice la ley.
Vea que el historiador dice que es la "Villa de Pisco" la que se eleva a "Ciudad" en 1895. Tambien lo dice la ley.
No dice que la "Villa y Puerto de la Independencia" se eleva a "Ciudad". Tampoco lo dicen los dispositivos legales.
No dice que la "Villa y Puerto de la Independencia" es la capital de Chincha. Tampoco lo dicen los dispositivos legales.
[1]
-- Arafael (discusión) 20:31 27 feb 2012 (UTC)[responder]
Me parece que Ud. es que está intepretando de forma particular el tenor literal de la ley en cuestión (a la que antes, erróneamente, me referí como decreto). Toda norma legal que establece el nombre de una localidad, región, etc. utiliza la fórmula "se denominará...". (véase el caso de Pisco Elqui). Ud. es quien dice que tal enunciado es equivalente a "título" (titular), aunque la RAE dice que denominar es "nombrar".
Respecto a lo que llama "inmadurez" del estado peruano, aquéllo no tiene sentido peyorativo, ni es una visión particular, si no que está basado en la historia compartida por todos nuestros países: luego de la independencia hubo periodos más o menos prolongados de inestabilidad y actuaciones dirigidas a la organización del Estado ("ensayos"), en los cuales se dictaban normas y al poco tiempo se olvidaban o reemplazaban por otras. En el caso peruano esa etapa corresponde, a grandes rasgos, al periodo 1821-1842 aprox. (en Chile sería más menos entre 1818-1830). Las fechas exactas pueden ser objeto de discusión, pero aquello no es relevante para estos efectos.
Respecto a la mención al supuesto uso de "denominar", "titulo", etc. de los legisladores peruanos, me parece que evidencia lo que digo, que esas normas establecen el nombre definitivo de las respectivas ciudades o localidades, mediante agregados, que mantienen lo esencial. Sería muy distinto que la ley en cuestión dijese, como lo hace en el caso del Callo, la villa de Pisco se denominará "Villla y Puerto de la Independencia de Pisco".
En caso alguno pretendo afirmar que el cambio de nombre a "Villa y Puerto de la Independencia" fuese definitivo o permanente. Es más reconozco que la comunidad no lo aceptó/recogió, y que las leyes posteriores así lo avalan (no se respetó o consideró el cambio). De lo contrario, no se explica porque el año 1898 no se dice que la " "Villla y Puerto de la Independencia de Pisco" se eleva a rango de ciudad...
Por último, hago presente que en los cambios he tratado de ser fiel a la fuente al indicar en el artículo "...a disponer por ley que se denominaría "Villa y Puerto de la Independencia"". Tal vez podemos tener diferencias en la oración que le sigue, pero antes de ver como lo resolvemos, me gustaría conocer la opinión de más personas...
Saludos, --Yakoo (discusión) 20:48 28 feb 2012 (UTC)[responder]
En el caso de Pisco Elqui la ley dice "se denominará en lo sucesivo":
"El pueblo de La Unión, del departamento de Elqui, se denominará en lo sucesivo, "Pisco Elqui"."
La DRAE dice "en lo sucesivo : En el tiempo que ha de seguir al momento en que se está."
Denominar tiene tres acepciones: (1) Nombrar (2) señalar (3) distinguir con un título.
La ley peruana en mención, habla de "titulo" y "denominar", no de "nombre" y "denominar"
La ley peruana tampoco habla de "en adelante" o "en lo sucesivo".
No creo que "estado inmaduro" sea peyorativo. Lo que si es punto de vista particular es: que sea inmaduro para dictar leyes y no cumplirlas.
Pero aun asi,
No queda de parte nuestra interpretar la ley, ni si el estado fue inmaduro y que nadie le hizo caso a la ley sgte:
"En vista del acuerdo de la junta departamental de Lima, sobre que la villa de Pisco se titule Villa y Puerto de la Independencia, ha dado la ley siguiente. DECRETO. La villa de Pisco se denominará Villa y Puerto de la Independencia."
La interpretación ya lo ha hecho el historiador pisqueño.
"LA VILLA DE PISCO ELEVADA A LA CATEGORIA DE CIUDAD. Después de la memorable revolución del noventa y cinco que dió como resultado orden y tranquilidad en el Perú con el gobierno de don Nicolás de Piérola, se viene para Pisco la época de ascención entre los pueblos que estaban relegados a tener aún la categoría de simple distrito con dos agregados que hacían honores justos a su merecimiento: uno que era "Villa y Puerto de la Independencia", otro que desde mil ochocientos sesenta y ocho (octubre 21) al crearse la provincia de Chincha, se reconoció la Villa de Pisco como capital de dicha provincia; categoría esta última que a raíz de la revolución del noventa y cinco."
Le propongo colocar algo similar a este párrafo.
-- Arafael (discusión) 13:45 29 feb 2012 (UTC)[responder]
El Ministerio de Educacion del Perú indica "Es el primer puerto en el que desembarcó el Ejército Libertador que comandara el General Don José de San Martín el 8 de setiembre 1820, por cuya razón el Congreso de 1832 lo denominó "Villa y Puerto de la Independencia", haciéndose así extensivo tal calificativo al pueblo y a la población ribereña".
No dice que "cambio de nombre", sino que es un "calificativo" (DRAE calificativo: Palabra que acompaña al sustantivo para expresar alguna cualidad).
-- Arafael (discusión) 13:58 2 mar 2012 (UTC)[responder]
Un observación: el último texto citado no es del Ministerio, sino que proviene de un sitio web con recursos educativos (materiales educativos), que puede tener diversos autores (en este caso, el mismo no figura).
Sin perjuicio de ello, el recurso al RAE podría tener más sentido en este caso (aunque otro diccionario de importancia perfectamente podría tener similar "peso"), ya que tendrías que citar la edición contemporánea para el determinar el sentido de "denominar" y "titular" en la ley de 1832 (que sería la 7ª edición)...
Saludos, --Yakoo (discusión) 20:31 2 mar 2012 (UTC)[responder]
En "Terminos y Condiciones" de la web del Ministerio: Todos los contenidos del Portal Educativo Nacional PerúEduca...son propiedad del Portal Educativo Nacional PerúEduca y/o de sus proveedores de contenidos...la reproducción, modificación, distribución y/o transmisión total o parcial de los contenidos está permitida siempre y cuando se cite expresamente la fuente: "Portal Educativo Nacional PerúEduca del Ministerio de Educación del Perú".
Con ello para citar el autor del texto es "Portal Educativo Nacional PerúEduca del Ministerio de Educación del Perú".
La DRAE, dice los mismos significados en la 6ta edición
Pero la interpretación de la ley de 1832 ya ha sido realizada por dos autores
el historiador pisqueño Mamerto Castillo Negrón en su obra "Monografía de Pisco" de 1947
y "PerúEduca del Ministerio de Educación" que recopiló información para lo mismo
y no dicen que es un cambio de nombre,
sino "un agregado que le hace honor" o "un calificativo"
-- Arafael (discusión) 19:54 5 mar 2012 (UTC)[responder]
Para constancia, según la 6ª edición el diccionario de la RAE (lo cito porque Ud. lo mencionó al inicio de esta sección):
- Denominar es: "Nombrar, señalar ó distinguir con algun título particular las personas o cosas".
- Titular es: "Lo que tiene algún título por el cual se denomina, o lo que da su propio nombre por título a otra cosa". "Poner título, nombre ó inscripción a alguna cosa".
En cuanto al portal PerúEduca, está confundiendo "autor" con "titular del derecho de autor". Como bien sabe, por ejemplo, la mayoría de las obras literarias contemporánea publicadas son de "propiedad" de las editoriales, pero ello no significa que sean "autores" (todo lo cual es, sin perjuicio de lo que disponga la ley sobre propiedad intelectual/derecho de autor de Perú).
Saludos, --Yakoo (discusión) 20:15 5 mar 2012 (UTC)[responder]
Aqui le muestro una tercera fuente REPÚBLICA DEL PERU. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA... (pesa 33MB)
En 1820, arribó o sus playes la Expedición Libertadora del General José de San Martín y fué en esta ciudad donde se creó la bandera y el escudo nacional; por esta razón, Pisco recibió el título de "Villa y Puerto de la Independencia". Luego de formar parte del Departamento de Ica, primero como Provincia litoral y después como capital de la Provincia de Chincha, Pisco pasó a ser en 1900 una Provincia del Departamento de Ica.
-- Arafael (discusión) 22:02 5 mar 2012 (UTC)[responder]
Aqui le muestro una cuarta fuente proveniente del mismo Congreso del Perú, que interpreta todas estas leyes y separa los "titulos" de los "cambios de nombre".
Esto confirma que nunca fue "renombrada" como anteriormente decía este articulo desde el 2006 y como puede ver aqui fue agregado sin referencias, lo cual ha promovido un dato erróneo por 6 años.
-- Arafael (discusión) 19:53 7 mar 2012 (UTC)[responder]
La fuente que cita no proviene del Congreso del Perú (como órgano o institución), es un documento que está alojado en el servidor del Congreso del Perú, cuyo autor sale mencionado al inicio del mismo, quien intentó sistematizar/categorizar diversas leyes, a propósito de la investigación solicitada, sobre los hérores nacionales.
Ahora bien, el año 2006 no existía el sistema de referencias actual, ni las exigencias que hoy nos hemos autoimpuesto... Además el sistema wiki permite corregir los eventuales errores en forma rápida, cuando son evidentes (situación que aquí claramente no se presenta). Al respecto, debe tenerse en cuenta que, desde el año 2006, el artículo fue editado más 200 veces, sin que nadie cambiara aquella parte, pues no lo señalado no es un invento ni es falso, atendido que el año 1832 se le tituló/denominó "Villa y Puerto de la Independencia". Ahora que ello constituyese un "agregado especial", y no un "cambio de nombre" la ley no lo dice (ni el sentido literal de su texto apunta hacia aquello).
Hago presente que estuve revisando las leyes que incluyen la frase "se denomine" en la base del Congreso del Perú, y allí puede encontrarse desde agregados, entrega de títulos de villa o ciudad u otros especiales y cambios de nombres...
De todo modos, sigo esperando el parecer de otros wikipedistas... No obstante ello, si propone una redacción que sea coherente con la fuente primaria (ley), podemos discutirla.
Saludos, --Yakoo (discusión) 21:24 7 mar 2012 (UTC)[responder]
El contexto de la fuente es: http://www.congreso.gob.pe/museo.htm / Congreso / "LA LEGISLACIÓN Y LOS HÉROES NACIONALES".
Estudio realizado por el jefe del Museo de la Inquisición y del Congreso:
LIC. FERNANDO AYLLÓN DULANTO http://www.peru.gob.pe/docs/PLANES/16/PLAN_16_Personal_D.L._728__2012_01_2012.pdf
-- Arafael (discusión) 22:23 7 mar 2012 (UTC)[responder]

Sección Clima[editar]

Esta sección ha sido traducida desde la versión en ingles de wikipedia, cualquier colaboración sumará al enriquecimiento de la sección Jpcea00 (discusión) 22:15 11 mar 2015 (UTC)[responder]

Enlaces externos modificados[editar]

Hola,

Acabo de modificar 1 enlaces externos en Pisco (ciudad). Por favor tomaos un momento para revisar mi edición. Si tenéis alguna pregunta o necesitáis que el bot ignore los enlaces o toda la página en su conjunto, por favor visitad esta simple guía para ver información adicional. He realizado los siguientes cambios:

Por favor acudid a la guía anteriormente enlazada para más información sobre cómo corregir los errores que el bot pueda cometer.

Saludos.—InternetArchiveBot (Reportar un error) 18:50 22 feb 2020 (UTC)[responder]