Discusión:Principio pro homine

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Concepto de principio pro homine[editar]

El encabezado que ofrece el tema de Principio pro homine, ofrece dos renglones introductorios que citan textualmente "... el principio pro homine entra en la categoría de los derechos humanos..." lo que proporciona una confusión entre lo que es un "principio" y un "derecho humano", desde el punto de vista jurídico hay una diferencia entre éstos conceptos, por lo que es un incongruencia decir que el "principio pro homine" cabe, esta dentro, se incluye en los derechos humanos, si bien es cierto guardan una relación directa, decir que uno incluye al otro, seria tanto como decir que son lo mismo. El principio pro homine es una criterio hermenéutico del cual se parte para la interpretación de los derechos que abarca el universo de los derechos humanos, ofreciendo un estudio amplio y exhaustivo de los mismos otorgando la protección más amplia en favor de los seres humanos.

Por lo que considero debe incluirse dicha explicación para no acarrear confusiones sobre el tema. http://www.sitios.scjn.gob.mx/reformasconstitucionales/sites/default/files/material_lectura/Metodolog%C3%ADa%20Pro%20Persona.pdf

http://repositoriocdpd.net:8080/bitstream/handle/123456789/594/CL_PintoM_PrincipioProHomine_1997.pdf?sequence=1

Errores jurídicos en el 1er párrafo: 1) Bien dice el comentario anterior a este, no es un derecho, es un principio. 2) los derechos humanos, inherentes al ser humano, no son otorgados, son reconocidos al ser incorporados en una constitución o una ley secundaria. Son connaturales al ser humano, los reconozca o no un Estado. 3) Las personas jurídicas (más correcto que "morales") desde luego que también gozan de algunos derechos humanos, p.e. derecho de audiencia o derecho al debido proceso en juicios fiscales, mercantiles e incluso penales, en que una empresa es parte.[editar]

--Strive (discusión) 16:25 30 ago 2018 (UTC)Texto en negrita'[responder]