Distorsión del voto

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La distorsión del voto o distorsión de las preferencias electorales es una medida de la discrepancia entre los porcentajes de voto general de los electores a cada partido y los representantes parlamentarios obtenidos por cada partido. Se entiende informalmente que en un sistema con poca o muy pequeña distorsión los porcentajes de parlamentarios de cada partido serían casi idénticos a los porcentajes de voto obtenidos (proporcionalidad estricta).

Por muchas razones prácticas, la mayor parte de sistemas electorales han optado por métodos de reparto de escaño que se alejan de la proporcionalidad estricta. Tal vez el más popular de todos es la regla o sistema D'Hondt.

Medidas de la distorsión[editar]

Diversos investigadores han propuesto diferentes medidas cuantitativas para medir la distorsión de preferencias. En el acuerdo de que un sistema perfectamente proporcional la distorsión sería y para sistemas diferentes . Una medida de distorsión común en estudios de sistema electorales es la de Loosemore y Hanby (1971):[1]

(1)

donde:

es el número total de partidos.
es el porcentaje de voto del partido i-ésimo.
es el porcentaje escaños partido i-ésimo.
el umbral de votos con los cuales un partido obtendría todos los votos de una circunscripción.
el umbral de votos mínimo a partir del cual un partido obtiene escaño en una circunscripción.

Obviamente en la fórmula (1) si el porcentaje de escaños coincide exactamente con el porcentaje de voto para todo i, entonces D = 0, y D > 0 en otro caso.

Se puede demostrar que dentro de los diversos sistemas de reparto similares, el método D'Hondt es el que más distorsión produce.[2]

Referencias[editar]

  1. Loosemore, J., & Hanby, V. (1971): "The theoretical limits of maximum distortion: some analytic expressions for electoral systems". British Journal of Political Science, 1(4), 467-477.
  2. «maximum distortion and the problem of the first divisor of different PR systems». Archivado desde el original el 25 de marzo de 2016. Consultado el 3 de julio de 2015.