Divinum illud munus

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Divinum illud munus
encíclica del papa León XIII
15 de mayo de 1897, año XX de su Pontificado


Español Sobre el Espíritu Santo
Argumento El poder residente y milagroso del Espíritu Santo
Ubicación [htt]ps://www.vatican.va/content/leo-xiii/la/encyclicals/documents/hf_l-xiii_enc_09051897_divinum-illud-munus.html Versión en latín
Sitio web Versión oficial en inglés
Cronología
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Divinum illud munus (en español, Sobre el Espíritu Santo) es la sexagésima tercera encíclica publicada por el Papa León XIII el 15 de mayo de 1897.[1]​ En la encíclica, el papa León aborda "el poder residente y milagroso del Espíritu Santo; y el alcance y la eficacia de su acción, tanto en todo el cuerpo de la Iglesia como en las almas individuales de sus miembros, a través de la gloriosa abundancia de sus divinas gracias" [2]​. Como tal, sirve como uno de los precursores del renacimiento pneumatológico católico del siglo XX.

Contenido[editar]

Al hablar de la doctrina católica sobre la Santísima Trinidad, León señaló que la Iglesia acostumbra a atribuir al Padre aquellas obras de la Divinidad en las que sobresale el poder, al Hijo aquellas en las que sobresale la sabiduría, y al Espíritu Santo aquellas en las que sobresale el amor [3]​. Sin embargo, enfatizó la unidad de las tres Personas Divinas, que no deben ser honradas por separado en el culto divino, ni ser consideradas como actuando por separado en la obra de la santificación.

Debemos orar e invocar al Espíritu Santo, porque cada uno de nosotros necesita mucho su protección y su ayuda. Cuanto más deficiente sea el hombre en sabiduría, débil en fuerzas, agobiado por las dificultades, propenso a pecar, tanto más debe acudir a Aquel que es fuente inagotable de luz, fuerza, consuelo y santidad[4]​.

La encíclica tiene las siguientes partes:

  1. El Espíritu Santo y la Encarnación
  2. El Espíritu Santo en las almas de los justos
  3. Sobre la devoción al Espíritu Santo
  4. Una novena anual decretada

Divinum illud munus sigue y amplía la carta de León Provida Matris ("sobre la devoción al Espíritu Santo"), mucho más breve, publicada el 5 de mayo de 1895, en la que introduce por primera vez la idea de una novena de Pentecostés.

Por lo tanto, a todos aquellos que, durante nueve días continuos antes de Pentecostés, dirijan algunas oraciones particulares al Espíritu Santo de forma diaria y devota, ya sea en público o en privado, les concedemos por cada día la indulgencia de siete años y otras tantas cuarentenas; y una indulgencia plenaria por una sola vez en cualquiera de los días mencionados o en el día de Pentecostés o en uno de los ocho días siguientes, siempre que se confiesen y comuniquen la oración a Dios según Nuestra intención, expresada anteriormente. Concedemos también que si alguien, por su piedad, vuelve a rezar con las mismas condiciones en los ocho días siguientes a Pentecostés, puede volver a beneficiarse de las mismas indulgencias. Además, decretamos y declaramos que tales indulgencias pueden aplicarse también como sufragio para las santas almas del Purgatorio, y que duran también para todos los años venideros; sin perjuicio de los requisitos habituales y legales.[5]

Véase también[editar]

Referencias[editar]

Enlaces externos[editar]