Diferencia entre revisiones de «Ley Lerdo»
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De la misma forma los grupos religiosos no podrán adquirir bienes raíces en adelante, a excepción de aquellos que sean estrictamente necesarios para el culto. Esta ley forma parte de las llamadas '''leyes de Reforma''' que establecieron la separación Iglesia-Estado, la abolición de los fueros eclesiásticos y la secularización del registro de nacimientos , defunciones y matrimonios (dando origen al Registro Civil). |
De la misma forma los grupos religiosos no podrán adquirir bienes raíces en adelante, a excepción de aquellos que sean estrictamente necesarios para el culto. Esta ley forma parte de las llamadas '''leyes de Reforma''' que establecieron la separación Iglesia-Estado, la abolición de los fueros eclesiásticos y la secularización del registro de nacimientos , defunciones y matrimonios (dando origen al Registro Civil). |
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La Ley es llamada Lerdo por el papel relevante que tuvo [[Miguel Lerdo de Tejada]] en su |
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Revisión del 01:32 5 jun 2010
La Ley Lerdo es el sobrenombre con el que es mejor conocida "La Ley de desamortización de las fincas rústicas y urbanas de las corporaciones civiles y religiosas de México" y fue expedida el 25 de junio de 1856, por el presidente Ignacio Comonfort.
Esta ley tenía como objetivo reactivar la economía y sanear las finanzas públicas del estado. Tiene un origen plenamente liberal y ante la gran cantidad de bienes inmuebles en poder de la Iglesia Católica deciden recuperarlas para el Estado y venderlas para obtener recursos. De acuerdo con los artículos de la ley, los arrendatarios de inmuebles eclesiásticos pueden comprarlos al Estado Mexicano por un precio calculado de acuerdo a la renta que pagan, y los
que no estuvieran arrendados, serían vendidos en una subasta pública.
De la misma forma los grupos religiosos no podrán adquirir bienes raíces en adelante, a excepción de aquellos que sean estrictamente necesarios para el culto. Esta ley forma parte de las llamadas leyes de Reforma que establecieron la separación Iglesia-Estado, la abolición de los fueros eclesiásticos y la secularización del registro de nacimientos , defunciones y matrimonios (dando origen al Registro Civil).
La Ley es llamada Lerdo por el papel relevante que tuvo Miguel Lerdo de Tejada en su formulación, reglamentación, interpretación y ejecución. Esta ley tuvo como consecuencia que muchas de las fincas quedaran en manos de extranjeros y dieran origen a los latifundios o grandes extensiones de tierra en años posteriores.