Nasciturus pro iam nato habetur, quotiens de commodis eius agitur

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Nasciturus pro iam nato habetur, quotiens de commodis eius agitur[1]​ es una máxima latina utilizada en el ámbito jurídico que hace referencia a una ley que garantiza o protege los derechos de un feto para heredar propiedades o bienes. La máxima se traduce como "El no nacido aún es considerado como nacido en cuanto se trate del aumento en su propio beneficio".

"Nasciturus" literalmente se traduce como "aquel que nacerá", y se refiere a un feto concebido, que aún no ha nacido. De acuerdo a este principio jurídico, el feto se presume nacido al propósito de herencia. El principio fue concretado en el Derecho romano y continúa siendo utilizado en la época actual en la mayor parte de los países europeos, latinoamericanos, Filipinas y Guinea Ecuatorial.[2]

Cuando es considerada como una excepción legal, se piensa aplicarla exclusivamente al propósito de la herencia, dadas ciertas condiciones para que esto sea válido, presumiblemente que el feto finalmente nazca[3]

Referencias[editar]

  1. «GLOSARIO JURÍDICO LATINO LETRA N». www.eumed.net. Consultado el 12 de enero de 2018. 
  2. «Origen Significado Principio Conceptus Pro Iam Nato Habetur Derecho Romano Recepcion Derecho Historico Español Vigente Codigo Civil». biblioteca.universia.net. Archivado desde el original el 12 de enero de 2018. Consultado el 12 de enero de 2018. 
  3. Bezos Belío, Indalecio (9 de enero de 2006). «1 SUCESIÓN MORTIS CAUSA. CLASES. LA HERENCIA. HEREDERO Y LEGATARIO DIFERENCIAS. LA HERENCIA YACENTE». 9 de enero de 2006. 

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