Sentencia 156

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Sentencia 156

Tribunal Supremo de Justicia
Tipo de texto Sentencia
Idioma Español
Autor(es) Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela
Creación 29 de marzo de 2017
En vigor Derogada
Ubicación Venezuela

La sentencia 156 del Tribunal Supremo de Justicia dejó sin efecto a la Asamblea Nacional de Venezuela entre el 29 de marzo y el 1 de abril de 2017, atribuyéndole a este los poderes legítimamente constitucionales de la Asamblea,[1]​ órgano legislativo del país, en ese entonces controlado por la oposición al gobierno de Nicolás Maduro,[2]​ mientras que el Tribunal Supremo considerase que la Asamblea continuara su «desacato»[3]​ (un estatus que el Poder Judicial impuso a la Asamblea por el incumplimiento de varias sentencias).

Dicha sentencia fue denominada «golpe de Estado» por Julio Borges, presidente de la Asamblea Nacional, «una ruptura del orden constitucional»,[4]​ por la fiscal general de la república, Luisa Ortega Díaz,[4]​ un «autogolpe» por el secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA)[5]​ y una asunción de «las competencias legislativas» y las «competencias de control político» de la Asamblea, según Cecilia Sosa, expresidenta de la Corte Suprema de Justicia.[6]

Fue derogada mediante otra sentencia poco tiempo después,[7]​ sin embargo, trajo como consecuencia, entre diversos factores, el comienzo de las protestas en Venezuela de 2017.

Antecedentes[editar]

En enero de 2016, el Tribunal Supremo dictó el desacato a la Asamblea Nacional, en la que la oposición poseía mayoría,[2]​ debido a la juramentación de tres diputados opositores que había sido prohibida por el TSJ por supuestas irregularidades en diciembre de 2015 y al incumplimiento de varias sentencias del Poder Judicial.[8][9][2]

En enero de 2017, el TSJ declaró nulas las actuaciones de la Asamblea Nacional desde el 5 de enero de 2016.[10]

El 28 de marzo de 2017, el TSJ, con la sentencia 155, anunció el retiro de la inmunidad de los diputados, lo que abrió la posibilidad de que estos pudieran ser enjuiciados, incluso ante tribunales militares.[11]

Sentencia[editar]

El 29 de marzo de 2017, la sentencia 156 estableció que el TSJ garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas por este mismo ente judicial o por el órgano que ella disponga, mientras persista la «situación de desacato» y de «invalidez» de las actuaciones de la Asamblea Nacional.[3]

Reacciones[editar]

En la comunidad internacional[editar]

Los gobiernos de Brasil, Chile, Colombia, Estados Unidos, México, Perú y Panamá manifestaron su rechazo a la atribución del Tribunal Supremo de Justicia a los poderes de la Asamblea Nacional.[12]​ El gobierno de Perú anunció el retiro definitivo de su embajador en Venezuela.[12]​ En Uruguay, algunos legisladores calificaron el hecho de «golpe de Estado», emitiendo un comunicado de rechazo.[12]​ La Organización de los Estados Americanos denunció un «autogolpe» por parte del gobierno de Maduro.[5]

En Venezuela[editar]

Cecilia Sosa, expresidenta de la Corte Supremo de Justicia, declaró:

«No existe ningún artículo de la constitución (venezolana) que le permita al Tribunal Supremo de Justicia en su Sala Constitucional asumir las competencias de la Asamblea Nacional. (El TSJ) asumió las competencias no sólo legislativas, asumió las competencias de control político».[6]

Nicolás Maduro negó la calificación de «autogolpe», asegurando que en Venezuela existían plenas garantías constitucionales.[13]

Consecuencias[editar]

El 1 de abril de 2017 el Tribunal Supremo devolvió las facultades a la Asamblea Nacional.[7]​ Posteriormente Luisa Ortega Díaz fue destituida por el Tribunal Supremo, después de haber denunciado que dichas atribuciones del TSJ constituyeron «una ruptura del orden constitucional»[4]​ abandonando el país después de eso.

El gobierno de Maduro posteriormente propuso una Asamblea Nacional Constituyente para cambiar la Constitución, en cuyas elecciones la oposición no se presentó, resultando electos mayoritariamente constituyentistas afines al gobierno. Dicha Asamblea se otorgó facultades legislativas de la Asamblea Nacional en agosto de 2017,[14]​ lo que en la práctica significó la pérdida parcial del poder de la Asamblea Nacional hasta las posteriores elecciones parlamentarias de 2020.

Véase también[editar]

Referencias[editar]

  1. «Disuelven Parlamento venezolano y acusan a Maduro de autogolpe». El Cronista. 31 de marzo de 2017. 
  2. a b c «La Asamblea Nacional de Venezuela declara el "abandono del cargo" del presidente Nicolás Maduro: qué significa y qué consecuencias puede tener». BBC Mundo. 9 de enero de 2017. 
  3. a b «Sentencia 156». Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. 
  4. a b c «¿Ruptura en el chavismo? Fiscal general de Venezuela confirma autogolpe de Estado». Panam Post. 31 de marzo de 2017. 
  5. a b Alonso, Nicolás (30 de marzo de 2017). «La OEA condena un “auto-golpe de Estado” en Venezuela». El País. ISSN 1134-6582. 
  6. a b Marysabel Huston-Crespo (30 de marzo de 2017). «¿Es legal lo que hizo el TSJ de Venezuela? Acá la respuesta». CNN en Español. 
  7. a b «Tribunal Supremo de Venezuela anuló la sentencia que disolvía el Parlamento». Diario La Nueva Mañana. 1 de abril de 2017. 
  8. «Juramentar a diputados de Amazonas puede invalidar la nueva Asamblea Nacional». Reporte Puerto Cabello. 5 de enero de 2016. Archivado desde el original el 1 de junio de 2016. 
  9. «PSUV pidió al TSJ declarar nula cualquier decisión de la AN». El Nacional. Archivado desde el original el 2 de junio de 2016. 
  10. Betsy Alvarado V. «TSJ declara nulas las actuaciones de la AN por persistir en desacato al Poder Judicial». Globovisión. 
  11. «Maduro da "golpe de Estado" al disolver el Parlamento». El Comercio. 30 de marzo de 2017. 
  12. a b c «Crece la condena mundial al golpe de Estado de Nicolás Maduro en Venezuela». Infobae. 30 de marzo de 2017. 
  13. «Nicolás Maduro negó un autogolpe y dijo que “hay plena vigencia de la Constitución”». Clarín. 31 de marzo de 2017. 
  14. «Venezuela: Constituyente asume el poder legislativo». Deutsche Welle. 18 de agosto de 2017. 

Enlaces externos[editar]