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Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires[editar]

La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es un organismo de control creado por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El artículo 137 de la Constitución establece que la Defensoría del Pueblo es un órgano unipersonal e independiente que no recibe instrucciones de ninguna autoridad, posee autonomía funcional y autarquía financiera y, la dota de iniciativa legislativa y legitimación procesal.[1]

La Ley N°3[2]​ de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regula su funcionamiento, estableciendo el procedimiento de designación y cese del/de la Defensor/a del Pueblo y de los/as Defensores/as del Pueblo Adjuntos/as y, las atribuciones previstas para su accionar.

La misión de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos y garantías e intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad y las leyes, frente a los actos, hechos u omisiones de la administración, de prestadores de servicios públicos y de las fuerzas que ejerzan funciones de policía de seguridad local.

Conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N°3, para el cumplimiento de sus funciones el/la Defensor/a tiene las siguientes atribuciones:

"a. Comprobar el respeto a los derechos humanos en unidades carcelarias y penitenciarias, dependencias policiales e institutos de internación o guarda, tanto públicos como privados sujetos al control de la administración.

b. Solicitar vista de expedientes, informes, documentos, antecedentes y todo otro elemento que estime útil a los efectos de la investigación, aun aquellos clasificados como reservados o secretos, sin violar el carácter de estos últimos.

c. Realizar inspecciones a oficinas, archivos y registros de los entes y organismos bajo su control.

d. Solicitar la comparencia personal de los presuntos responsables, testigos, denunciantes y de cualquier particular o funcionario que pueda proporcionar información sobre los hechos o asuntos que se investigan.

e. Ordenar la realización de los estudios, pericias y la producción de toda otra medida probatoria conducente al esclarecimiento de la investigación.

f. Fijar los plazos para la remisión de informes y antecedentes y para la realización de diligencias.

g. Requerir la intervención de la Justicia para obtener la remisión de la documentación que le hubiere sido negada.

h. Promover acciones administrativas y judiciales en todos los fueros, inclusive el Federal. Tiene legitimación para interponer la acción prevista por el art. 113, inc. 2), de la Constitución de la Ciudad y sus normas reglamentarias, contra la validez de leyes, decretos y cualquier otra norma de carácter general emanada de las autoridades de la Ciudad, anteriores o posteriores a la sanción de la Constitución de la Ciudad, para determinar si son contrarias a la misma o a la Constitución Nacional.

i. Ejercer la iniciativa legislativa

j. Proponer la modificación o sustitución de normas y criterios administrativos.

k. Solicitar, para la investigación de uno o varios casos determinados, el concurso de empleados y funcionarios de la Administración.

l. Requerir el auxilio de la fuerza publica para el desempeño de su labor de investigación.

m. Asistir a las comisiones y juntas de la Legislatura, en las cuestiones relativas a su incumbencia con voz pero sin derecho a voto

n. Dictar el Reglamento Interno, nombrar y remover a sus empleados y proyectar y ejecutar su presupuesto.

ñ. Determinar la estructura orgánico-funcional, la dotación de personal permanente y transitorio, el nivel de sus remuneraciones y el régimen de concurso público abierto por el cual se selecciona al personal permanente.

o. Realizar toda otra acción conducente al mejor ejercicio de sus funciones."

Designación de Autoridades[editar]

El/La Defensor/a del Pueblo es designado por la Legislatura [3][4]​de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires[5]​ a través del voto de las dos terceras partes del total de sus miembros. Es asistido por cinco Defensores/as del Pueblo Adjuntos/as, que no podrán ser todos del mismo sexo y que serán elegidos/as en la misma oportunidad y por igual procedimiento que el/la titular del el Organismo.

Autoridades Período 2014-2019

Defensor del Pueblo: Alejandro [6]Amor

Defensores/as del Pueblo Adjuntos/as: Gabriel Fuks, María América González[7]​, José Palmiotti, Arturo Pozzali y Oscar Zago. Lidia Saya (Marzo 2014 a Noviembre 2015) y Claudio Presman [8]​(Marzo 2014 a Junio 2017).

Autoridades Período 2008 - 2014

Defensora del Pueblo: Alicia Pierini

Defensores/as del Pueblo Adjuntos/as: Atilio Alimena, Andrés Elisseche, Gerardo Gómez Coronado, Graciela Muñiz y José Palmiotti, ,.

Autoridades Período 2003 - 2008

Defensora del Pueblo: Alicia Pierini

Defensores/as del Pueblo Adjuntos/as: Atilio Alimena, Gustavo Lesbegueris, Graciela Muñiz y Claudia Serio

Autoridades Período 1998 - 2003

Defensora del Pueblo: Alicia Oliveira[9]

Defensores/as del Pueblo Adjuntos/as: Antonio Brailovsky, Gustavo Lesbegueris, Diana Maffia[10]​ y Alejandro Nato. Rafael Veljanovich (Diciembre 1998 a Febrero 2001)

Quién puede hacer la denuncia[editar]

En la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires puede realizar una denuncia cualquier persona física o jurídica que se considere afectada por los actos, hechos u omisiones de la administración, de prestadores de servicios públicos y de las fuerzas que ejerzan funciones de policía de seguridad local. La nacionalidad, el lugar de residencia, la edad o la internación en un centro penitenciario o de reclusión no son impedimentos ni restricciones para presentar un reclamo.

Una denuncia puede realizarse a través de los siguientes canales:

Telefónicamente, 0800-999-3722 o al 4338-4900.

A través de nuestro Portal del Vecino, ingresando en https://vecino.defensoria.org.ar[11]​.

Por correo electrónico [1]

Personalmente, dirigiéndose a Av. Belgrano 673 de lunes a viernes de 9 a 18 horas, o en cualquiera de nuestras sedes [2][12]

Por correo, enviando una carta a Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Av. Belgrano 673 (C1092AAG) – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por fax, llamando al 4338-4900 interno 75

Referencias[editar]

  1. «Constitución CABA». 
  2. «Ley N° 3». 
  3. «Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires». 
  4. «Legislatura Ciudad Autónoma de Buenos Aires». 
  5. «Ciudad Autónoma de Buenos Aires». 
  6. «Alejandro Amor». 
  7. «María América Gonzalez». 
  8. «Claudio Presman». 
  9. «Alicia Pierini». 
  10. «Diana Maffia». 
  11. «Portal del Vecino». 
  12. «Defensoría del Pueblo».