Usuario:Henri young/Taller

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Asociación Española de Gestores Fiscales y Gestores de Fincas (AGESFI)[editar]

Asociación Española de Gestores Fiscales y Gestores de Fincas
Acrónimo AGESFI
Género Asociación sin animo de lucro
Fundación 17 de junio de 2012
Sede central Calle Apolo, 68
Torrevieja (Alicante) EspañaBandera de España España
Presidente Víctor Rafael Chazarra Gil
Sitio web http://agesfi.es/

La ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE GESTORES FISCALES Y GESTORES DE FINCAS (AGESFI) se constituyo el 17 de junio de 2012, sin animo de lucro, con ámbito nacional, de acuerdo con lo establecido en el articulo 22 de la constitución, y al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas complementarias, esta inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior con el número 600.995.

Las dos actividades que representan son actividades de libre ejercicio, pero ambas tienen una alta responsabilidad social.

Fines[editar]

a) La representación, defensa y promoción de los intereses económicos, sociales, profesionales y culturales de los asociados, en todos los diversos aspectos de sus actividades.

b) La ordenación del ejercicio de sus profesiones en base a principios de Ética, Independencia y Responsabilidad.

c) Colaborar con las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias en los términos previstos en las leyes.

Historia[editar]

En la historia de la humanidad, siempre ha existido la obligación de pagar tributos y el derecho de propiedad.

Con la evolución estos se han ido regulando con Leyes tributarias y civiles, lo cual ha generado la necesidad de conocer e interpretar esas leyes, para poder cumplirlas y gestionarlas.

No vamos a hondar mucho en la historia, solo en la más reciente de las 2 profesiones que representan.

Definicion de profesiones regulada (definición oficial)[1]

La actividad o conjunto de actividades profesionales para cuyo acceso, ejercicio o alguna de sus modalidades de ejercicio se exija directa o indirectamente un Título y constituyan una profesión en un Estado miembro de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, además de Suiza.A los efectos de este procedimiento, el término Título abarca cualquier título, certificado u otro diploma o conjunto de ellos, expedido por una autoridad competente en un Estado miembro, que acredite:

  • que el titular ha superado un ciclo de estudios postsecundarios de una duración mínima de tres años, o de una duración equivalente a tiempo parcial, en una Universidad, en un Centro de Enseñanza Superior o en otro Centro del mismo nivel de formación y,
  • que posee las cualificaciones profesionales requeridas para acceder a una profesión regulada en dicho Estado miembro.

Ello siempre que la formación haya sido adquirida principalmente en alguno de los Estados indicados o el titular tenga una experiencia profesional de tres años acreditada por el país que haya reconocido el título.

Se equipararán a los títulos los documentos expedidos por una autoridad competente del referido Estado, reconocidos como de nivel equivalente en ese Estado, cuando sancionen una formación adquirida en los Estados indicados.

- La profesión de Gestor Fiscal[editar]

Fue surgiendo en España tras la publicación de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre[2]​, General Tributaria. Que provoco la necesidad en la sociedad de contar con un Gestor Fiscal que ayudase al obligado tributario a cumplir con sus deberes con la Hacienda Pública. La cual se fue desarrollando con el paso del tiempo hasta nuestros días. Pero que nunca a sido regulada, por lo que es una profesión no regulada y por tanto de libre ejercicio

- La profesión de Gestor de Fincas[editar]

Surgió mucho antes, con la publicación del Real Decreto de 24 de julio de 1889 [3]​por el que se publica el Código Civil. En su artículo 392 y siguientes se desarrolla el concepto de Comunidad de Bienes, así como su administración y conservación

Tras la Guerra Civil se introdujeron unas pequeñas modificaciones con la Ley de 26 de octubre de 1939[4]​, y se acuño por primera vez la llamada “propiedad horizontal”. Pero no fue hasta la Ley 49/1960, de 21 de julio[5]​, donde se desarrollo la Ley de Propiedad Horizontal.

Con el Decreto 693/1968, de 1 de abril[6]​, por el que se crea el Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas, se intento regular la profesión.

El Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre[7]​, por el que se regulaba el sistema general de reconocimiento de los títulos de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Comunidad Económica Europea que exigen una formación mínima de tres años de duración. Empezaba a vislumbrar que no se trataba de una profesión regulada al no tener estudios reconocidos.

La Orden Ministerial de 19 de mayo de 1995 por la que se desarrolla el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre[8]​, por el que se regula el sistema general de reconocimiento de los títulos de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Unión Europea que exigen una formación mínima de tres años de duración, en lo que afecta a las profesiones de Economista, Actuario de Seguros, Diplomado en Ciencias Empresariales, Profesor Mercantil, Auditor de Cuentas y Habilitado de Clases Pasivas. Esta orden aclaraba más la situación anterior.

Con Ley 8/1999, de 6 de abril[9]​, de Reforma de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, más concretamente con la nueva redacción del art.13.6 donde liberaba el ejercicio de la profesión.

La Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005[10]​, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales.

La Ley 2/2007, de 15 de marzo[11]​, de sociedades profesionales. Confirmaba que al no tratarse de una profesión regulada no podian formar sociedades profesionales.

La Ley 17/2009, de 23 de noviembre[12]​, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Paraguas). Regulaba el libre ejercicio de la profesión.

Y Ley 25/2009, de 22 de diciembre[13]​, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Omnibus). Adaptaba las diferentes discrepancias para liberar totalmente su ejercicio.

Por último, para aclarar y resumir lo expuesto en los parrafos anteriores les remito a la nota de prensa[14]​ y al informe sobre un Proyecto de Real Decreto[15]​ emitidos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Esta profesión tiene una gran controversia debido a que hubo un intento de regulación, pero hoy día no existe ninguna que la regule por lo que también es una profesión no regulada y por tanto de libre ejercicio y al igual que la anterior, ambas tiene diferentes denominaciones.

Referencias[editar]

  1. «Reconocimiento de títulos | Empleo | Ministerio - Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (es)». www.mineco.gob.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  2. «BOE.es - Documento BOE-A-1963-22706». www.boe.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  3. «BOE.es - Documento consolidado BOE-A-1889-4763». www.boe.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  4. «BOE.es - Documento BOE-A-1939-12087». www.boe.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  5. «BOE.es - Documento BOE-A-1960-10906». www.boe.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  6. «BOE.es - Documento BOE-A-1968-467». www.boe.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  7. «BOE.es - Documento BOE-A-1991-28262». www.boe.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  8. «BOE.es - Documento BOE-A-1995-12366». www.boe.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  9. «BOE.es - Documento BOE-A-1999-7858». www.boe.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  10. «BOE.es - Documento DOUE-L-2005-81828». www.boe.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  11. «BOE.es - Documento consolidado BOE-A-2007-5584». www.boe.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  12. «BOE.es - Documento consolidado BOE-A-2009-18731». boe.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  13. «BOE.es - Documento BOE-A-2009-20725». www.boe.es. Consultado el 14 de febrero de 2017. 
  14. «La CNMC publica el Informe sobre los nuevos Estatutos Generales de los Colegios de Administradores de Fincas y su Consejo Superior. | CNMC». www.cnmc.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 
  15. «IPN/CNMC/025/15 - PROYECTO DE R.D. QUE APRUEBA ESTATUTOS GENERALES DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES DE ADMINISTRADORES DE FINCAS Y DE SU CONSEJO GENERAL. | CNMC». www.cnmc.es. Consultado el 10 de febrero de 2017. 

Enlaces externos[editar]

Véase también[editar]