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Usuario:Petronas/Notas de copyvio

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Reseña breve[editar]

Estos son algunos de los copyvios, plagios y advertencias por los que el usuario Ari se ha molestado al punto de renunciar como miembro de wikipedia:


Precisiones[editar]

Derechos de autor de la http://www.marina.mil.pe[editar]
  • Sobre los derechos de autor ver lo siguiente: Página oficial del Ministerio de Defensa del Perú. Aquí consta el copyright que reza «Copyright © 2003 Ministerio de Defensa. Derechos Reservados.» En la primera página se accede pinchando en el tercer escudo a la derecha a Marina de Guerra del Perú. Es, por tanto, una página oficial del gobierno peruano con copyright plagiada. Toda documentación que sobre ella se vuelca (aún siendo cierto de lo que tengo mis dudas), es propiedad del Estado. Y volvemos al mismo sitio del que partimos en su momento con la violacón de los derechos de imagen.
Regulación de los derechos de autor en el Perú[editar]

De conformidad con la legislación peruana el Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor, tiene rango de Ley de Propiedad Intelectual junto a la Ley del Artista Interprete y Ejecutante 28131 del 10 de diciembre de 2003. A las obras propiedad del Gobierno o del Estado peruano se les aplican dichas normas y, expresamente, ha negado acogerse al proyecto creative commons que se ha implementado en Perú hace escasas fechas. La propia embajada del Perú en España ha tenido la amabilidad de informar que, debido a los problemas existentes por la presencia de imágenes del país sin origen ni licencia hospedadas en páginas web de Estados Unidos, se colgó en su día información sobre la aplicación de los derechos de autor en el portal de economía y relaciones exteriores del propio Gobierno para que la consulta sea cómoda. Precisamente en dicha información se advierte que La Ley de Derechos de Autor y el Decreto Supremo 061-62-DE regulan los derechos de autor en el Perú. Sin embargo la Constitución del país confiere a los tratados internacionales* un rango mayor que la ley nacional. Por otra parte, el Tribunal de Propiedad Intelectual del Perú y el Instituo Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual han resuelto en varias ocasiones en el sentido de reconocer los derechos de autor del Estado sobre sus propias obras. Finalmente, adiviertase como ejemplo el tratamiento dado a imágenes propiedad del Estado en una acuerdo entre dicho país y una entidad estadounidense para su exposición y reproducción aquí. Esta cuestión ha sido tratada ya aquí, en {{PD-Pe}} y en Commons con idénticos resultados.

Y poco más que decir. petronas 20:23 29 jul 2006 (CEST)