Usuario discusión:Lucertola~eswiki

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Tu cuenta será renombrada[editar]

01:17 18 mar 2015 (UTC)

Renombrada[editar]

09:49 21 abr 2015 (UTC)

Re:un bienio...[editar]

... son dos años. Si tu haces la cuenta del 1 de enero de 1919 al 31 de diciembre de 1920, hay un lapso de dos años calendario, es decir un bienio. Si hablas de 1918 a 1920, sería un lapso de tres años. Más que leyes y cosas de política, es aritmética elemental mi estimado. Le ruego que cuente bien, antes de continuar. Saludos. Taichi 03:45 11 ago 2015 (UTC)[responder]

Lamentablemente mi estimado, su aritmética elemental se desmorona con la realidad jurídica vigente en esa época, donde la Asamblea Legislativa elegía los designados para un bienio en sus sesiones ordinarias. Los bienios constitucionales tenían su vigencia durante dos años a partir del 1º de octubre de iniciado el cuadrienio presidencial, y luego en la mitad del período. Los bienios se contaban desde el 1º de octubre, y no desde el 1º de enero al 31 de diciembre. En el caso que analizamos el bienio era desde el 1º de octubre de 1918 al 1º de octubre de 1920. Le ruego que se instruya bien, antes de continuar. Saludos.--Lucertola~eswiki (discusión) 18:43 15 ago 2015 (UTC)[responder]