Usuario discusión:Nautilus15

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Notificación de borrado rápido en «Jurand Abogados y Consultores Tributarios»[editar]

Hola, Nautilus15. Se ha revisado la página «Jurand Abogados y Consultores Tributarios» y esta cumple con los criterios de borrado rápido, por lo que se ha marcado con la plantilla {{Destruir}} para que sea borrada de inmediato por un bibliotecario. El motivo es el siguiente:

Por favor, revisa la política de borrado y solo si crees que el artículo en cuestión no se ajusta a lo descrito ahí, expón tus argumentos en esta página. Si creaste la página con la finalidad de hacer pruebas, por favor, utiliza nuestra zona de pruebas pública. Si eres un usuario registrado, también puedes usar tu taller de pruebas personal.

Gracias por tu comprensión. Lost in subtitles (discusión) 11:27 30 jun 2021 (UTC)[responder]

Hola. Tono promocional, enlaces externos en el texto, referencias que no referencian sino que realmente son enlaces a casos...--Lost in subtitles (discusión) 11:52 30 jun 2021 (UTC)[responder]

Borrado permanente de una página[editar]

Los enlaces externos usados en el artículo publicado hacen referencia a la información que se cita en el texto principal. Apenas han pasado 30 minutos entre la publicación de mi artículo y el baneo del mismo. Mi intención es crear la página del fundador de este despacho jurídico, pero ni siquiera he tenido tiempo antes de que se considere publicitario. No entiendo por qué es así si la información facilitada es totalmente neutral y falta de exageraciones o información innecesaria.

De todas formas, para solicitar que no se borre o se restaure tienes en esta página.--Lost in subtitles (discusión) 12:19 30 jun 2021 (UTC)[responder]

Re:Sobre el borrado del artículo Jurand Abogados y Consultores Tributarios[editar]

La argumentación comparativa resulta una falacia en Wikipedia. Claro que hay artículos peores...y que?. Eso es motivo para aceptar lo que sea? Hablar de abuso de autoridad es bastante ofensivo y resulta hasta ridículo. Pero en fin, con su primer y única contribución borrada, que no, que no se discuten los borrados con sus autores, si prefiere Ud. el camino de la polémica en lugar de el del aprendizaje, en fin....Veo que es periodista, pero editar en Wikipedia, venir de cero con una biografía en el espacio principal y pretender que todo está bien no es tan sencillo. Todo su mensaje me da a entender que no se ha detenido a siquiera leer nuestras políticas. Pero bueno, la verdad es que no estoy para polémicas ni discusiones estériles. Si quiere recurrir una vez más al tablón está en su derecho, y lo atenderá otro bibliotecario. Le deseo suerte. --Antur - Mensajes 14:20 1 jul 2021 (UTC)[responder]

Notificación de borrado rápido en «Juan Ramón Medina Cepero»[editar]

Hola, Nautilus15. Se ha revisado la página «Juan Ramón Medina Cepero» y esta cumple con los criterios de borrado rápido, por lo que se ha marcado con la plantilla {{Destruir}} para que sea borrada de inmediato por un bibliotecario. El motivo es el siguiente:

Por favor, revisa la política de borrado y solo si crees que el artículo en cuestión no se ajusta a lo descrito ahí, expón tus argumentos en esta página. Si creaste la página con la finalidad de hacer pruebas, por favor, utiliza nuestra zona de pruebas pública. Si eres un usuario registrado, también puedes usar tu taller de pruebas personal.

Gracias por tu comprensión. Lost in subtitles (discusión) 13:39 20 jul 2021 (UTC)[responder]

Borrado permanente de la página "Juan Ramón Medina Cepero"[editar]

Buenas tardes. No consigo entender por qué se ha tratado como promocional el artículo subido sobre el abogado y académico Juan Ramón Medina Cepero, donde narra su vida y obra referenciando más de 100 publicaciones. Agradecería, por favor, que se revisase el estado de la página para publicarla. En caso contrario, me gustaría saber que tiene mal para corregirlo, ya que, como digo, se trata de una descripción objetiva de su vida. --Nautilus15 (discusión) 15:31 20 jul 2021 (UTC)[responder]

Notificación de borrado rápido en «Juan Ramón Medina Cepero»[editar]

Hola, Nautilus15. Se ha revisado de nuevo la página «Juan Ramón Medina Cepero» y esta cumple con los criterios de borrado rápido, por lo que se ha marcado con la plantilla {{Destruir}} para que sea borrada de inmediato por un bibliotecario. El motivo es el siguiente:

  • G9: La página fue revisada y borrada con anterioridad, y esta aún no cumple con los criterios mínimos para permanecer en Wikipedia. Por favor, detente y no vuelvas a crear la página, a menos que ya no viole políticas de Wikipedia. Si insistes en crearlo, tu acción será considerada vandalismo (lo que nos obligará a bloquear tu cuenta).

Si creaste la página con la finalidad de hacer pruebas, por favor, utiliza nuestra zona de pruebas pública. Si eres un usuario registrado, también puedes usar tu taller de pruebas personal.

Gracias por tu comprensión. Ontzak (Jota Ke Irabazi Arte) 13:17 23 jul 2021 (UTC)[responder]

Advertencia[editar]

Te lo diré una sola vez. No vuelvas a crear un artículo como el de Juan Ramón Medina Cepero. No insistas en ello. Para acreditar relevancia enciclopédica se necesita una cobertura suficiente de fuentes fiables, independientes y publicadas. Lee esto. La enorme mayoría de las referencias que colocaste no cumplen el segundo requisito y desmienten tu resumen de edición: «aparecían, por desconocimiento, demasiadas referencias externar sobre sus publicaciones» (¡pero vuelve a ser igual!). Una larga lista de publicaciones en revistas no lo hace relevante. Ser profesor o abogado tampoco puede acreditar relevancia enciclopédica. Diría que está más cerca de un curriculum que de un artículo enciclopédico, y ya te lo ha explicado Antur en el Tablón. Espero lo entiendas, un saludo.--Marcos Okseniuk (discusión) 13:29 23 jul 2021 (UTC)[responder]