Usuario discusión:Indira Jones

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Re:J.R. Smith[editar]

Hola, muchas gracias por el aviso, ya está arreglado. Un saludo. --Pacoperez (discusión) 06:58 2 jun 2018 (UTC)[responder]

María Dolores Pradera[editar]

Hola. Gracias por colaborar en la discusión ficticia acerca del año de nacimiento de la artista, confusión que ella misma creó con mucho sentido del humor. Creo que está muy claro por fuentes bibliográficas y familiares y es absurdo que no pueda figurar 1924 en su biografía. Espero que lo entiendan. Un saludo.--Bassoret (discusión) 14:40 3 jun 2018 (UTC)[responder]

Re: Mauricio Pochettino[editar]

Que yo haya estudiado o no Derecho es un asunto que a Vd. no le incumbe. Critique mis ediciones, pero no a mí. Léase WP:NAP.

Como Vd. mismo reconoce, los argentinos que se nacionalizan españoles no tienen que renunciar a su nacionalidad argentina. Luego es evidente que nacionalizarse español no implica renunciar a la nacionalidad anterior. En consecuencia, nacionalizarse no implica renunciar a la nacionalidad anterior.

Un "argentino nacionalizado español" es un argentino que ha adquirido la nacionalidad española que no tenía anteriormente, nada más. Nacionalizarse significa adquirir una nacionalidad que no se tenía. No hay ningún implicación de renunciar a ninguna nacionalidad.

Es perfectamente posible tener nacionalidad francesa y española a la vez. Inglesa y española, no, porque Inglaterra no es un Estado soberano, forma parte del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Las nacionalidades no se ostentan, se poseen o se tienen. Ostentar no es sinónimo de tener ni de poseer (http://lema.rae.es/dpd/srv/search?key=ostentar).

Por último, le ruego se abstenga de volver a cambiar el artículo hasta que se alcance algún tipo de acuerdo, de acuerdo a WP:GDE. Díjolo LMLM > ¡Contáimelo! 01:45 12 jun 2018 (UTC)[responder]

Es muy sencillo: un español que adquiera la nacionalidad francesa y antes de tres años presente una declaración de conservación de la nacionalidad española, no pierde la nacionalidad española. Es decir, tendrá las nacionalidades francesa y española. Léase el artículo 24 del Código Civil, en su vigente redacción, según la Ley 18/1990 de 17 de diciembre, publicado en el BOE n.º 302, de 18 de diciembre de 1990, y en vigor desde el 7 de enero de 1991. (Nótese que se puede cambiar la nacionalidad francesa por cualquier otra nacionalidad. Y que es otro ejemplo más de cómo nacionalizarse no implica perder la nacionalidad anterior).
Ignoro las circunstancias personales exactas de Manuel Valls, pero es un razonamiento falaz asegurar que no se puede tener a la vez las nacionalidades francesa y española porque una persona en concreto no las tenga.
De otro modo una persona hija de español y francesa o francés y española tiene ambas nacionalidades por ius sanguinis.
Por último, ignoro a qué se refiere con lo de "arbitrar", quiénes sois los que cada vez son menos ni quiénes son los trolls (sic), que cada día son más. Díjolo LMLM > ¡Contáimelo! 10:01 19 jun 2018 (UTC)[responder]

Aviso[editar]

Hola, no veo particularmente productivas estas ediciones. Ten en cuenta que actualmente es una redirección al anexo, pero podría crearse sin mayores problemas un artículo, como tienen en otras Wikipedias en:Mayor of Madrid, fr:Maire de Madrid, it:Sindaco di Madrid. Si así fuera, el esfuerzo este (cuidado con las mayúsculas) no sería una tarea muy productiva. Tal como estaba antes de tu edición funciona el enlace y nos guardamos de esa posibilidad "potencial", y todo con poco, muy poco, coste adicional. Un saludo.--Asqueladd (discusión) 15:07 20 jun 2018 (UTC)[responder]

Es más, lo acabo de crear: Alcalde de Madrid. Un saludo.--Asqueladd (discusión) 15:36 20 jun 2018 (UTC)[responder]
Pues no estoy de acuerdo. Lo entiendo completamente al revés: que debe enlazarse principalmente a la entrada del cargo, que a su vez debe incluir el anexo. Como se hace con presidentes de comunidades autónomas u otros cargos, por ejemplo, independientemente de los premios Nobel.--Asqueladd (discusión) 16:32 20 jun 2018 (UTC)[responder]
Si me parece muy bien, y Mauricio Macri enlaza a Presidente de la Nación Argentina (y no a Anexo:Presidentes de la Nación Argentina), Enrique Peña Nieto a Presidente de México (y no a Anexo:Gobernantes de México), y Quim Torra a presidente de la Generalidad de Cataluña (y no a Anexo:Presidentes de la Generalidad de Cataluña)... Para gustos colores. Ahora bien, más que seguir una costumbre u otra por el hecho de seguirla (que ya ves tú...), yo veo más útil que al hacer clic en el enlace se te facilite la contextualización del cargo, y, desde allí, si quieres, se proporcione el acceso a una lista tabulada.--Asqueladd (discusión) 16:42 20 jun 2018 (UTC)[responder]

Ojo[editar]

Ese resumen de edición está fuera de lugar. Saludos. Matiras (discusión) 11:20 19 jul 2018 (UTC)[responder]

Echa un ojo a esto. Un saludo cordial.--Asqueladd (discusión) 11:45 19 jul 2018 (UTC)[responder]

Hola Indira. Tus reversiones en Màxim Huerta no son tolerables. Tómalo en cuenta para ocasiones posteriores y abstente de volver a editar allí sin hallar un consenso previo en la discusión. Gracias por tu comprensión. Furti (discusión) 13:13 19 jul 2018 (UTC).[responder]